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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de setiembre de 2010 425581 Ratifican Acuerdo de PROINVERSIÓN que incorpora al proceso de promoción de la inversión privada los Proyectos “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Selva”, “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Centro Norte” e “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Centro Sur” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 097-2010-EF Lima, 10 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28900 se otorga al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector Transporte y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, el numeral 7 del Artículo 7° del Reglamento de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL aprobado mediante Decreto Supremo N° 036-2008-MTC, establece, como una de las funciones del Directorio de FITEL, encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, la conducción de las licitaciones y/o concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser fi nanciados con los recursos del FITEL; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 275- 2010-MTC/03, N° 276-2010-MTC/03 y N° 277-2010- MTC/03, publicadas el 24 de junio de 2010, se encargó a PROINVERSIÓN la conducción de los procesos de selección para elegir a los operadores que tendrán a su cargo la implementación de los Proyectos “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Selva”, “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Centro Norte” y “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Centro Sur”, según lo dispuesto por el Directorio de FITEL mediante los Acuerdos de Directorio N° 04-2010/FITEL, N° 05-2010/FITEL, N° 03- 2010/FITEL, todos de fecha 25 de febrero de 2010; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 4 de agosto de 2010, acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada los Proyectos “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Selva”, “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Centro Norte” y “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Centro Sur” , bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo N° 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 674, el acuerdo a que se refi ere el considerando precedente, debe ser ratifi cado por resolución suprema; De conformidad con lo establecido en el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674 y la Ley Nº 26440; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 4 de agosto de 2010, mediante el cual se acordó: - Incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Selva”, bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. - Incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Centro Norte”, bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. - Incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del servicio Móvil - Centro Sur”, bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. Artículo 2°.- La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 542430-15 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 184-2010-EF Mediante Ofi cio Nº 554-2010-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 184-2010-EF, publicado en nuestra edición del día 4 de setiembre de 2010. DICE: (...) Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, a favor de la Municipalidad Provincial de Barranca, la Municipalidad Distrital de Supe y la Municipalidad Distrital de Lurín; hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 444 761,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinadas a la ejecución de los proyectos incluidos en el vigente Plan de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, de acuerdo al siguiente detalle: (...) A LA: En Nuevos Soles (...) PLIEGO 150204 : Municipalidad Distrital de Supe FUNCIÓN 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0045 : Promoción del Turismo PROYECTO 2.085603 : Puesta en Valor de la Pirámide Mayor (A1) y de la Pirámide Dual (C3) del Sitio Arqueológico de Miraya - Supe. FUENTE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 439 674,00 PROYECTO 2.085603 : Puesta en Valor de la Pirámide Mayor (A1) y de la Pirámide Dual (C3) del Sitio Arqueológico de Miraya - Supe.