Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2010 (11/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de setiembre de 2010

Resolucion del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el articulo 1º de la misma; Que, de igual manera, el literal h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE y su modificatoria, establece que entre las funciones que corresponden al Ministro de la Produccion se encuentra la designacion y/o remocion de los titulares de cargos de confianza del Ministerio de la Produccion; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la designacion de la funcionaria a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 026-2007-PRODUCE, siendo por tanto necesario emitir el acto de administracion correspondiente; Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; En ejercicio de las atribuciones conferidas por el literal j) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la designacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Asesora Ad Honorem del Despacho del Ministerio de la Produccion, a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 026-2007PRODUCE, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Electronico del Ministerio de la Produccion: http://www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 541623-3

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion pesquera a favor de la empresa MORDAZA Za Fishing S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 555-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 17 de agosto del 2010 Visto el escrito con Registro Nº 00043562-2010 del 2 de junio del 2010 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA ZERILLO BAZALAR, en representacion de la empresa MORDAZA ZA FISHING S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 26920, mediante Resolucion Directoral Nº 265-2007-PRODUCE/DGEPP, del 22 de MORDAZA del 2007, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores pesqueros MORDAZA ZERILLO BAZALAR y su conyuge MORDAZA ROSSANA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SALVADOR II" de matricula Nº HO-23066-CM, de 95.35 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.), respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas adyacentes a la costa;

Que, mediante el escrito del visto el senor MORDAZA MORDAZA ZERILLO BAZALAR, en representacion de la empresa MORDAZA ZA FISHING S.A.C. solicito el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera denominada "SALVADOR II" de matricula Nº HO-23066-CM, en virtud al Certificado Compendioso de Dominio expedido por la SUNARP - MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, de la Partida Electronica Nº 11941985 del Registro de Propiedad de Embarcaciones en el que consigna a la empresa solicitante como propietaria de la citada embarcacion; Que, lo solicitado es concordante con el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de febrero de 2007, el cual establece que para las embarcaciones sujetas al Regimen de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, la transferencia del permiso de pesca, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, el mismo que senala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente de la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que, de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada por los solicitantes se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que resulta procedente aprobar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 538-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi del 1 de MORDAZA del 2010 y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-98-PE y demas normas modificatorias y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa MORDAZA ZA FISHING S.A.C., el cambio de titular del

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