NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/09/2010)
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TEXTO PAGINA: 67
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de setiembre de 2010 425585 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la PNP a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 076-2010-IN Lima, 10 de septiembre de 2010 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 27-2010- DGPNP/INTERPOL-EM. del 24 de agosto de 2010, formulada por el Jefe de Estado Mayor de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, mediante la cual se recomendó la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Gonzalo Antonio CALDERÓN AGUIRRE y de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Luz Liliana VELARDE MIRABAL, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del 13 de setiembre al 17 de setiembre de 2010. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 065-2010- JUS del 31 de marzo de 2010, se resolvió acceder al pedido de Extradición Activa del procesado Ernesto Javier TAPIA COAGUILA, formulado por la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito de Violación Sexual en grado de tentativa, en agravio de menor de edad, y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y o estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje IP Nº 6240/10 del 23 de agosto de 2010, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Buenos Aires - Argentina, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional - INTERPOL - Lima - Perú, que las autoridades argentinas han concedido la extradición del procesado Ernesto Javier TAPIA COAGUILA; en ese sentido solicitaron designar a los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, trasladar y custodiar al citado reclamado desde la República de Argentina hacia nuestro país; Que, con Memorándum Múltiple Nº 253-2010- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 27 de agosto de 2010, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Gonzalo Antonio CALDERÓN AGUIRRE y de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Luz Liliana VELARDE MIRABAL, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, deI 13 de setiembre al 17 de setiembre de 2010, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Ernesto Javier TAPIA COAGUILA, solicitado por la autoridad judicial antes mencionada, por la presunta comisión del Delito de Violación Sexual en grado de tentativa, en agravio de menor de edad; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio Nº 1123-2010-DIRECFIN- PNP/DIVPRE del 31 de agosto de 2010, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remitió a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 245-2010-DIRECFIN- PNP-DIVDyB-DEPADM. del 31 de agosto de 2010, sobre Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 13 de setiembre al 17 de setiembre de 2010; asimismo la Unidad de Presupuesto del Estado Mayor de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hizo conocer que se formuló la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 558-2010- DIRECFIN-PNP/DIVPRE deI 31 de agosto de 2010, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Gonzalo Antonio CALDERÓN AGUIRRE y de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Luz Liliana VELARDE MIRABAL, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 deI artículo 10º de la Ley Nº 29465 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de DEBE DECIR: (5) Nota 1: En la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental se deberá tomar en consideración lo dispuesto en el Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 029-94-EM. En la Nota 2 del pie de página (5): DICE: Nota 2: El Estudio de Impacto Ambiental incluirá la descripción de las obras, instalaciones y medidas destinadas a remediar los impactos sociales sobre las comunidades y poblaciones afectadas por el proyecto, así como las acciones, obras, instalaciones y otras destinadas a compensar y/o a contribuir con el desarrollo social y comunitario de su área de infl uencia. Asimismo, el Estudio de Impacto Ambiental incluirá el marco normativo, la metodología de estudio y los restos arqueológicos identifi cados en el área del proyecto. DEBE DECIR: Nota 2: La Evaluación Ambiental incluirá la descripción de las obras, instalaciones y medidas destinadas a remediar los impactos sociales sobre las comunidades y poblaciones afectadas por el proyecto, así como las acciones, obras, instalaciones y otras destinadas a compensar y/o a contribuir con el desarrollo social y comunitario de su área de infl uencia. Asimismo, la Evaluación Ambiental incluirá el marco normativo, la metodología de estudio y los restos arqueológicos identifi cados en el área del proyecto. 541489-1