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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (29/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de setiembre de 2010 426565 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, se establece: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, por Resolución Nº 350-2009-CONAFU de fecha 30 de julio de 2009, en su parte resolutiva, artículo tercero: “RECONOCE al Doctor Ignacio Antonio Ramírez Vallejos como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana Simón Bolívar”; Que, con Ofi cio Nº 008-2010/USO-PD recibido con fecha 09 de julio de 2010, el Presidente del Directorio de la Universidad Peruana Simón Bolívar, comunica la renuncia del Doctor Ignacio Antonio Ramírez Vallejos, Presidente de la Comisión Organizadora de la referida Universidad. Asimismo pone en conocimiento a éste Consejo Nacional, en Sesión de Directorio el 10 de mayo de 2010, se acordó designar como nuevo Presidente de la Comisión Organizadora al doctor CARROLL DOUGLAS DALE SALINAS; Que, por Ofi cio Nº 0513-2010-CONAFU-CDAA de fecha 26 de julio de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos del CONAFU sugiere aceptar la designación como Presidente de la Comisión Organizadora al doctor CARROLL DOUGLAS DALE SALINAS, dado mediante Acuerdo de Directorio de la Universidad Peruana Simón Bolívar; Que, en Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 04 de agosto de 2010, por Acuerdo Nº 279 -2010- CONAFU acordó por UNANIMIDAD: RECONOCER al doctor CARROLL DOUGLAS DALE SALINAS como nuevo Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana Simón Bolívar; En atención a lo expuesto en los considerándos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER al doctor CARROLL DOUGLAS DALE SALINAS como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Peruana Simón Bolívar. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 549023-1 Reconocen Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad para el Desarrollo Andino CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 331-2010-CONAFU Lima, 04 de agosto de 2010 VISTOS: La Resolución Nº 109-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009, la Resolución Nº 257-2009-CONAFU de fecha 15 de mayo de 2009, el Ofi cio Nº 07003-2010- PROM-UDEA recibido con fecha 09 de julio de 2010, Ofi cio Nº 518-2010-CONAFU-CDAA de fecha 26 de julio de 2010, y el Acuerdo Nº 284-2010-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 04 de agosto de 2010; y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del país bajo su competencia, siendo órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, en el artículo 3º del Estatuto, establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas…”; en concordancia con el artículo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU:…o) Reconocer a las comisiones Organizadoras propuestas por los promotores, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demás normas; y designar a las comisiones organizadoras de las universidades publicas”;…..t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 19º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones del Representante Legal…”; Que, en el artículo 20º del Reglamento, establece que: “Para el reconocimiento del CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, establece: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, por Resolución Nº 109-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009, resuelve en su artículo segundo: “Requerir a la Promotora de la Universidad para el Desarrollo Andino, para que en un plazo de treinta (30) días hábiles, cumpla con remitir una nueva propuesta para el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad”. Que, mediante Resolución Nº 257-2009-CONAFU de fecha 15 de mayo de 2009, resuelve “OTORGAR a la promotora de la Universidad para el Desarrollo Andino, en un plazo adicional de quince días hábiles- contados a partir de la fecha del vencimiento inicial-; a efectos de que cumpla con presentar lo solicitado en el artículo segundo de la Resolución Nº 109-2009-CONAFU”; Que, con Ofi cio Nº 07003-2010-PROM-UDEA recibido con fecha 09 de julio de 2010, el Representante Legal de la Promotora de la Universidad para el Desarrollo Andino, propone al Magíster Miguel Ortiz Saybay para el cargo de Vicepresidente Académica de la Comisión Organizadora de la Universidad para el Desarrollo Andino; Que, por Ofi cio Nº 518-2010-CONAFU-CDAA de fecha 26 de julio de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos del CONAFU, sugiere al Pleno del CONAFU reconocer al Magíster Miguel Ortiz Saybay en el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad para el Desarrollo Andino, el cual reúne con los requisitos establecidos en la Ley Universitaria Nº 23733 y en el Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de las Universidades y Escuelas de Postgrado bajo la competencia de CONAFU aprobado mediante Resolución Nº 100-2005-CONAFU; Que, en Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 04 de agosto de 2010, por Acuerdo Nº 284-2010-