NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (29/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de setiembre de 2010 426575 de Educación, Entidad Promotora del referido Proyecto Universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingeniería Textil y de Confecciones, 2) Ingeniería en Energías Renovables, 3) Ingeniería Ambiental y Forestal, 4) Ingeniería en Industrias Alimentarias, 5) Gestión Pública y Desarrollo Social, bajo la Ley Nº 29074. Artículo Segundo.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los artículos 31º al 32º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU de fecha 12 de agosto de 2010. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 548921-2 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Designan representantes de las universidades del país ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República para el período 2010 RESOLUCIÓN Nº 0868-2010-ANR Lima, 3 de septiembre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Ofi cio S/N 2009-2010-CTC-CERCP/CR, remitido por el Presidente de la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República; los ofi cios Nº 1238-2010-R-UNFV, de fecha 12 de agosto de 2010, remitido por el Rector de la Universidad Nacional Federico Villarreal; Nº 1455-D-FD-2010, de fecha 19 de agosto de 2010, remitido por el Decano de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; el comunicado Nº 111/2010.R, de fecha 22 de abril de 2010, remitido por el Rector de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú; y el memorando Nº 733-2010-SE, de fecha 23 de agosto de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, mediante ofi cio de vistos, el Presidente de la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República, comunica que por Ley Nº 29435 se dispuso prorrogar por un año adicional el plazo de vigencia de la Comisión Especial Revisora del Código Penal, creada mediante Ley Nº 29153 y solicita a la Asamblea Nacional de Rectores la designación de representantes titulares y alternos para el período de sesiones programadas para el año 2010; de conformidad al inciso e) del artículo 3º y el artículo 4º de la citada Ley Nº 29153; Que, con ofi cios y el comunicado de vistos la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, la Universidad Nacional Federico Villarreal y la Pontifi cia Universidad Católica del Perú, designan a seis profesores de sus Facultades de Derecho para que integren la Comisión Especial Revisora del Código Penal; Que mediante memorando Nº 733-2010-SE, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone se elabore la respectiva Resolución de designación de representantes quienes integrarán la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República para el período 2010; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los siguientes profesionales, como representantes de las universidades del país ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República para el período 2010, de conformidad al literal e) del artículo 3º y artículo 4º de la Ley Nº 29153: Universidad Nacional Mayor de San Marcos • Dr. Víctor Mario Amoretti Pachas Titular • Dr. Mario Pablo Rodríguez Hurtado Alterno Universidad Nacional Federico Villarreal • Dr. Oscar Orlando Morales Vega Titular • Dr. Juan Carlos Jiménez Herrera Alterno Pontifi cia Universidad Católica del Perú • Dr. Iván Meini Méndez Titular • Roberto Pereira Chumbe Alterno Artículo 2º.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente de la Comisión Especial Revisora del Código Penal del Congreso de la República y a los profesores designados. Artículo 3º.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 548950-1 Declaran prohibida la reelección de docentes en el cargo de Rector y Decano de las Universidades Públicas COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0872-2010-ANR Lima, 8 de septiembre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTA: La Ley N° 28637, Ley que deroga las Leyes N° 26302 y Nº 26554 y restituye los artículos 35°, 36° y 37° de la Ley N° 23733, Ley Universitaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 109° de la Constitución Política del Perú establece que la ley es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el diario ofi cial;