NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (29/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de setiembre de 2010 426572 Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 549034-1 Reconocen integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Ada A. Byron S.A.C. RESOLUCIÓN Nº 352-2010-CONAFU Lima, 18 de agosto de 2010 “UNIVERSIDAD PRIVADA ADA A. BYRON S.A.C.” VISTOS: La Resolución N° 136-2006-CONAFU de fecha 26 de mayo de 2006, la Resolución N° 148-2006- CONAFU de fecha 13 de junio de 2006, Ofi cio Nº 047- 2008-UPAB-CO/(e) recibido con fecha 30 de junio de 2008, Resolución Nº 421-2008-CONAFU de fecha 16 de octubre de 2008, escrito recibido el 11 de febrero de 2009, ofi cio Nº 462-2009-CONAFU-CDAA de fecha 21 de mayo de 2009, Resolución N° 446-2009-CONAFU de fecha 28 de agosto de 2009, Resolución Nº 238-2010-CONAFU de fecha 03 de mayo de 2010, Ofi cio N° 051-UPABSAC-CO/ P recibido en fecha 19 de julio de 2010, Ofi cio Nº 056- 2010-UPABSAC-CO/P de fecha 06 de agosto de 2010, el Ofi cio N° 573-2010-CONAFU-CDAA de fecha 13 de agosto de 2010, y el Acuerdo Nº 307-2010-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 18 de agosto de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de Autorización de Funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, en el artículo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal.”; Que, en el artículo 20º del Reglamento, establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, por Resolución N° 136-2006-CONAFU de fecha 26 de mayo de 2006, se resolvió en su artículo primero: Otorga la Autorización Provisional de Funcionamiento de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., en la ciudad de Chincha, departamento de Ica, para brindar servicios educativos de nivel universitario, a través de las carreras profesionales aprobadas, siendo éstas las siguientes: 1) Psicología, 2) Enfermería, 3) Ingeniería de Sistemas, 4) Administración y Finanzas y 5) Ingeniería en Industrias Alimentarias; Que, el modelo Institucional adoptado por la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., está bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 882 - Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, modifi cada por Ley Nº 27278, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley Nº 23733, sus normas complementarias y conexas la Ley Nº 26439 - Ley de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU; Que, por Resolución Nº 148-2006-CONAFU de fecha 13 de junio de 2006, se resuelve aceptar la propuesta de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C. y reconocer a la Comisión Organizadora, la cual estuvo integrada por los siguientes profesionales: Fortunato Basilides Sánchez Ramírez, David Víctor Portillo Pomalaza y Hernando Martín Campos Martínez, en calidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General, respectivamente; Que, mediante Ofi cio Nº 047-2008-UPAB-CO/(e) recibido con fecha 30 de junio de 2008, el doctor David Víctor Portillo Pomalaza, Presidente encargado de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., presentada el Proyecto de Desarrollo Institucional – Modifi cado de la referida universidad, incluyendo la propuesta de la conformación de la nueva Comisión Organizadora, para su respectiva evaluación; Que, en el artículo 3º del Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas a propuestas de los promotores…”; Que por Resolución Nº 421-2008-CONAFU de fecha 16 de octubre de 2008, se resuelve conformar la Comisión de Califi cación encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional Modifi cado de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., la misma que estuvo integrada por los siguientes profesionales: Rafael Serafín Castañeda Castañeda, Hipólito Macalopu Inga y Carlos Arturo Abramonte Ato, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que por escrito recibido el 11 de febrero de 2009, el magíster Rafael Serafín Castañeda Castañeda, Presidente de la Comisión de califi cación, encargada de evaluar el PDI Modifi cado de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C., presenta el Informe Final realizado por dicha Comisión, manifestado que se ha presentado la propuesta para el cargo de los integrantes de la Comisión Organizadora de la referida Universidad, proponiendo a los profesionales doctor David Víctor Portillo Pomalaza, doctora Gloria Isabel Rocha Rivero y al doctor Hernando Martín Campos Martínez, para ocupar el cargo de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General, respectivamente, de los cuales se reemplazó a la doctora Gloria Isabel Rocha Rivero por el doctor Domingo Percy Ortega Chacón, quien cumple con los requisitos exigidos por Ley; por lo que, la Comisión de Califi cación opinó que se reconozca al doctor David Víctor Portillo Pomalaza, doctor Domingo Percy Ortega Chacón y al doctor Hernando Martín Campos Martínez para ocupar el cargo de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General respectivamente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Ada A. Byron S.A.C.; Que, en el artículo 10° del Estatuto del CONAFU, establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especifi cadas en el Reglamento de la materia… t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, por ofi cio Nº 462-2009-CONAFU-CDAA de fecha 21 de mayo de 2009, la comisión de trabajo de la Consejería de Asuntos Académicos manifi esta que existiendo opinión favorable de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el PDI Modifi cado