Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2011 (14/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

441023

Control Institucional de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D8, correspondiente a la Plaza 036, a partir del 1º de marzo del 2011; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y el articulo 9º en su numeral 8) de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; en concordancia con el literal d) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por Resolucion Defensorial Nº 029-2008/DP, modificado mediante Resolucion Defensorial Nº 019-2009/DP, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29555, Ley que implementa la incorporacion progresiva de las plazas y presupuesto de los organos de control institucional a la Contraloria General de la Republica y en atencion al encargo efectuado mediante Resolucion Defensorial Nº 0042011/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, haciendose efectiva a partir del 1º de marzo del 2011, la designacion del abogado MORDAZA MORDAZA HORRUITINER MORDAZA en el cargo de Jefe de la Oficina de Control Institucional de la Defensoria del Pueblo, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29555, Ley que implementa la incorporacion progresiva de las plazas y presupuesto de los organos de control institucional a la Contraloria General de la Republica. Articulo Segundo.- Darle las MORDAZA al abogado MORDAZA MORDAZA HORRUITINER MORDAZA en nombre de la Defensoria del Pueblo por su muy importante desempeno en las funciones encomendadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 627828-2

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan el uso de la "Ficha Registral Electronica" para la captura en vivo de datos e imagenes de tramites de DNI de menores
RESOLUCION JEFATURAL Nº 206-2011/JNAC/RENIEC MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2011 VISTOS: Los Oficios Nº 000715-2011/GOR/RENIEC y 000810-2011/GOR/RENIEC (23FEB2011 y 02MAR2011, respectivamente) e Informe Nº 000027-2011/GOR/ RENIEC (23FEB2011), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Oficio N° 000741-2011/ GI/RENIEC (06ABR2011) emitido por la Gerencia de Informatica, el Informe N° 000037-2011/GI/SGIS/RENIEC (06ABR2011) emitido por la Sub Gerencia de Ingenieria de Software, el Informe Nº 000513-2011/GAJ/RENIEC y Oficio N° 001032-2011/GAJ/RENIEC (03MAR2011 y 08ABR2011, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a los

articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como organismo con personeria juridica de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que conforme a lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es la entidad encargada de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Con tal fin, desarrollara tecnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la informacion; Que la Gerencia de Operaciones Registrales conforme a sus funciones debidamente senaladas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Entidad, mantiene estrecha coordinacion con la Gerencia de Registros de Identificacion, Gerencia de Registros Civiles, Gerencia de Procesos de Registros Civiles y Gerencia de Informatica, en el desarrollo progresivo de la automatizacion de las actividades y procedimientos registrales; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales, mediante los documentos del visto, manifiesta que la propuesta de la "Ficha Registral Electronica", consiste en la captura en vivo de los datos e imagenes de los tramites de DNI de menor, en las Oficinas Registrales y Agencias que cuentan con linea dedicada; para posteriormente ser remitidos a la linea de procesamiento de DNI para su calificacion y emision del DNI correspondiente; Que la propuesta formulada por la acotada Gerencia, resulta favorable y recomendable para brindar una atencion adecuada a los menores de edad, otorgando a su vez, una serie de beneficios a la Institucion como el uso eficiente de los recursos y sistemas informaticos, evitando la duplicidad en la numeracion de los formularios y codigo de barras, derivadas de las fallas de impresion de las fichas registrales pre impresas, disminuyendo los costos administrativos y operativos generados por la anulacion de fichas registrales con fallas de impresion, entre otros; Que la presente resolucion debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 01598-PCM, el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/ RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar y autorizar el uso de la "Ficha Registral Electronica" para la captura en vivo de tramite de DNI menores con numeracion autogenerada en las Agencias y Oficinas Registrales RENIEC, que cuentan con linea dedicada, de acuerdo al anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar vigente el uso de la Ficha Registral pre impresa, hasta que el uso del MORDAZA formato pueda ser estandarizado en todas las Agencias y Oficinas Registrales RENIEC, a nivel nacional. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Registros de Identificacion y de Informatica la implementacion de las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional

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