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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (14/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de abril de 2011 441023 Control Institucional de la Defensoría del Pueblo, con Nivel y Categoría D8, correspondiente a la Plaza 036, a partir del 1º de marzo del 2011; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º y el artículo 9º en su numeral 8) de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en concordancia con el literal d) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP, modificado mediante Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29555, Ley que implementa la incorporación progresiva de las plazas y presupuesto de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República y en atención al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial Nº 004- 2011/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, haciéndose efectiva a partir del 1º de marzo del 2011, la designación del abogado Guillermo Manuel HORRUITINER MARTÍNEZ en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Control Institucional de la Defensoría del Pueblo, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29555, Ley que implementa la incorporación progresiva de las plazas y presupuesto de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República. Artículo Segundo.- Darle las gracias al abogado Guillermo Manuel HORRUITINER MARTÍNEZ en nombre de la Defensoría del Pueblo por su muy importante desempeño en las funciones encomendadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 627828-2 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan el uso de la “Ficha Registral Electrónica” para la captura en vivo de datos e imágenes de trámites de DNI de menores RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 206-2011/JNAC/RENIEC Lima, 13 de abril del 2011 VISTOS: Los Ofi cios Nº 000715-2011/GOR/RENIEC y 000810-2011/GOR/RENIEC (23FEB2011 y 02MAR2011, respectivamente) e Informe Nº 000027-2011/GOR/ RENIEC (23FEB2011), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Ofi cio N° 000741-2011/ GI/RENIEC (06ABR2011) emitido por la Gerencia de Informática, el Informe N° 000037-2011/GI/SGIS/RENIEC (06ABR2011) emitido por la Sub Gerencia de Ingeniería de Software, el Informe Nº 000513-2011/GAJ/RENIEC y Ofi cio N° 001032-2011/GAJ/RENIEC (03MAR2011 y 08ABR2011, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; Que conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es la entidad encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Con tal fi n, desarrollará técnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y efi caz de la información; Que la Gerencia de Operaciones Registrales conforme a sus funciones debidamente señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, mantiene estrecha coordinación con la Gerencia de Registros de Identifi cación, Gerencia de Registros Civiles, Gerencia de Procesos de Registros Civiles y Gerencia de Informática, en el desarrollo progresivo de la automatización de las actividades y procedimientos registrales; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales, mediante los documentos del visto, manifi esta que la propuesta de la “Ficha Registral Electrónica”, consiste en la captura en vivo de los datos e imágenes de los trámites de DNI de menor, en las Ofi cinas Registrales y Agencias que cuentan con línea dedicada; para posteriormente ser remitidos a la línea de procesamiento de DNI para su califi cación y emisión del DNI correspondiente; Que la propuesta formulada por la acotada Gerencia, resulta favorable y recomendable para brindar una atención adecuada a los menores de edad, otorgando a su vez, una serie de benefi cios a la Institución como el uso efi ciente de los recursos y sistemas informáticos, evitando la duplicidad en la numeración de los formularios y código de barras, derivadas de las fallas de impresión de las fi chas registrales pre impresas, disminuyendo los costos administrativos y operativos generados por la anulación de fi chas registrales con fallas de impresión, entre otros; Que la presente resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, el inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/ RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar y autorizar el uso de la “Ficha Registral Electrónica” para la captura en vivo de trámite de DNI menores con numeración autogenerada en las Agencias y Ofi cinas Registrales RENIEC, que cuentan con línea dedicada, de acuerdo al anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Dejar vigente el uso de la Ficha Registral pre impresa, hasta que el uso del nuevo formato pueda ser estandarizado en todas las Agencias y Ofi cinas Registrales RENIEC, a nivel nacional. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, de Registros de Identifi cación y de Informática la implementación de las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional