Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2011 (14/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para contribuir y promover el desarrollo integral y sostenible de la region; Que, la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, se establece disposiciones que aseguren la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante Ley Nº 29298, se modifican los Articulos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056, referidos a las instancias, alcances, fases y oficializacion de compromisos del MORDAZA del Presupuesto Participativo, precisando ademas que cada instancia del MORDAZA de programacion participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el MORDAZA de competencias establecido en la Constitucion Politica del Peru, y las correspondientes leyes organicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, modificado con D.S. Nº 132-2010-EF, se establecen los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion que permitan identificar los proyectos de inversion publica de impacto regional, provincial y distrital a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en sus respectivos procesos de Presupuesto Participativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, modificado con D.S. Nº 131-2010-EF, se aprueba un MORDAZA Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en sustitucion del que ha venido rigiendo desde noviembre del 2003 y en adecuacion de las modificaciones introducidas por la Ley Nº 29298, referidas a las instancias, alcances, fases y oficializacion de compromisos del MORDAZA de Presupuesto Participativo; Que, mediante el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 007EF/76.01, se establecen los lineamientos para llevar a cabo el MORDAZA del Presupuesto Participativo, el mismo que tiene caracter general y permanente, y de cumplimiento obligatorio; Que, el Presupuesto Participativo es un instrumento de politica y de gestion, a traves del cual las autoridades del Gobierno Regional Amazonas, asi como las organizaciones de la poblacion debidamente representadas, definen en conjunto, como y a que se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los objetivos del Plan de Desarrollo Estrategico, los cuales estan directamente vinculados con la vision y objetivos del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2009 al 2021; Que, es necesario establecer los lineamientos precisos para orientar el desarrollo articulado del MORDAZA del Presupuesto Participativo con un horizonte de mediano plazo, el cual capitalice las experiencias de los anteriores procesos y recoja los numerosos comentarios y sugerencias recibidos de Instituciones del Sector Publico de la Sociedad Civil, del Sector Privado y los ciudadanos interesados en general; Que, es tarea permanente el reforzamiento de las relaciones entre el Gobierno Regional y la Sociedad Civil, en el MORDAZA del ejercicio de la ciudadania a traves de mecanismos de democracia directa y representativa, que generan responsabilidades y compromisos compartidos, creando conciencia, respeto de los derechos y obligaciones del ciudadano como contribuyente y como actor en el funcionamiento del Estado y el desarrollo colectivo; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional Nº 005, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 013, de fecha 15 de marzo del 2011; y en uso de las atribuciones conferidas por el Inciso a) del Articulo Nº 37º, concordante con el Articulo Nº 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el "Reglamento que Regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional Amazonas para el Ano Fiscal 2012", conforme al texto integrado por cuatro (4) titulos, treintaicinco (35) articulos, siete (07) Disposiciones Complementarias y Finales y 01 Disposicion Transitoria, que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- APROBAR la conformacion del Equipo Tecnico, que se indica en el Art. Nº 11 del Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo,

al que debera incorporarse un Representante Acreditado de las Comunidades Campesinas y Nativas, respectivamente. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y al Equipo Tecnico, para que en coordinacion con el Consejo de Coordinacion Regional, las dependencias y areas involucradas den cumplimiento a la Ordenanza Regional, para lo cual realizaran todas las acciones pertinentes relacionadas al MORDAZA, entendiendose como tal: La convocatoria, inscripcion de agentes participantes, admision de proyectos, planificacion y adecuacion al Instructivo aprobado por el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo Cuarto.- DISPONER que a traves de la Secretaria del Consejo se publique la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, y el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 16 dias del mes de marzo del ano 2011. MORDAZA MORDAZA MONJE Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas a los 04 ABR. 2011. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 627356-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 034-2011-GRA/PR-GGR VISTO: El Expediente Nº 062-2010-GRA/OOT, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado de un terreno eriazo de 3.28 Has. ubicado a la altura del MORDAZA de Chaparra, distrito de Chaparra, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el Inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de

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