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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (16/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de abril de 2011 441166 en la Línea de Transmisión de 60 kV S.E. Sihuas – S.E. Pomabamba, ubicada en los distritos de Cashapampa, San Juan y Pomabamba, provincias de Sihuas y Pomabamba, departamento de Ancash, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Salida / Llegada de la línea transmisión Tensión (kV) Nº de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) S.E. SIHUAS – S.E. POMABAMBA 60 01 35.14 16 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 365-2011 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. – HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 cláusulas y 03 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión Nº 365-2011 referido en el artículo 3º de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 629751-5 Otorgan concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables a favor de Energía Eólica S.A., a desarrollarse en el departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SUPREMA N° 029-2011-EM Lima, 15 de abril de 2011 VISTO: El Expediente N° 17266210, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, iniciado por Energía Eólica S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12061536 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Ofi cina Lima; CONSIDERANDO: Que, Energía Eólica S.A., ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Eólica Cupisnique, con una potencia instalada de 80 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la futura instalación citada en el primer considerando estará ubicada en el distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, mediante Resolución Directoral N° 008-2011- MEM/AAE, de fecha 07 de enero de 2011, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Eólica Cupisnique. Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 078 -2011-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Energía Eólica S.A., que se identifi cará con el código N° 17266210, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Eólica Cupisnique, con una potencia instalada de 80 MW, que estará ubicada en el distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Suprema y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo siguiente. Artículo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 366- 2011 a suscribirse con Energía Eólica S.A., que consta de 19 cláusulas y 5 anexos. Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión N° 366-2011, referido en el artículo 2° de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 629751-6 INTERIOR Designan representantes del Ministerio ante el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el VIII Informe del Estado peruano sobre cumplimiento de la “Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer” - CEDAW RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0423-2011-IN-0105 Lima, 14 de abril de 2011