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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (16/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de abril de 2011 441182 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 263-2010/UNT-R, de fecha 27 de diciembre de 2010; el informe Nº 037-2011-DGDAC, de fecha 18 de marzo de 2011; el memorando Nº 335-2011-SE, de fecha 24 de marzo de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, en cumplimiento al considerando precedente, mediante ofi cio de vistos, el Rector de la Universidad Nacional de Tumbes remite la información sobre la actual Estructura Académica de la Universidad que dirige; que comprende las Facultades de Ciencias Agrarias, Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas, Derecho, Ciencias Sociales e Ingeniería Pesquera y sus respectivas Escuelas Académico Profesionales, así como su Escuela de Posgrado; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores informa que la Universidad Nacional de Tumbes ha organizado su actual Estructura Académica, conforme a la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, sus Estatutos y respectivos Reglamentos Internos, por lo que propone la expedición de la resolución correspondiente; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución, conforme al anteproyecto presentado en el informe Nº 037-2011-DGDAC, por la que se declare que la Universidad Nacional de Tumbes cumple con lo previsto en el artículo 92º, inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a su actual Estructura Académica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Nacional de Tumbes cumple con lo previsto en el artículo 92º, inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a su actual Estructura Académica: FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS • Escuela Académico Profesional de Agronomía. • Escuela Académico Profesional de Ingeniería Forestal y Medio Ambiente. • Escuela Académico Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia. • Escuela Académico Profesional de Agroindustrias. • Escuela Académico Profesional de Ingeniería Agrícola. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD • Escuela Académico Profesional de Obstetricia. • Escuela Académico Profesional de Enfermería. • Escuela Académico Profesional de Nutrición y Dietética. • Escuela Académico Profesional de Laboratorio Clínico FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS • Escuela Académico Profesional de Contabilidad. • Escuela Académico Profesional de Administración. • Escuela Académico Profesional de Economía. • Escuela Académico Profesional de Finanzas. FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES • Escuela Académico Profesional de Derecho. • Escuela Académico Profesional de Gestión en Hotelería y Turismo. FACULTAD DE INGENIERIA PESQUERA • Escuela Académico Profesional de Ingeniería Pesquera. ESCUELA DE POSGRADO DOCTORADOS • Doctorado en Ciencias Ambientales. • Doctorado en Ciencias de la Salud. MAESTRIAS • Maestría en Administración y Gestión Empresarial. • Maestría en Acuicultura y Gestión Ambiental. • Maestría en Salud Comunitaria. • Maestría en Derecho con mención en Derecho Constitucional y Administrativo. • Maestría en Ciencias de la Salud con mención en Gerencia de Servicios de Salud. • Maestría en Ciencias con mención en Gestión Ambiental. • Maestría en Desarrollo Agrario Sostenible. • Maestría en Derecho con mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigación Oral. • Maestría en Derecho con mención en Derecho Civil y Comercial. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 629160-3 Declaran que la Universidad Privada del Norte cumple con lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la creación y organización de diversas maestrías en su Escuela de Posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0335-2011-ANR Lima, 29 de marzo de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La comunicación S/N, de fecha 16 de marzo de 2011; el informe Nº 045-2011-DGDAC, de fecha 25 de marzo de 2011; el memorando Nº 350-2011-SE, de fecha 29 de marzo de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 1653-2001-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores autoriza el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Privada del Norte; precisándose en el artículo 2º que la creación y funcionamiento de nuevos programas de maestría y doctorado requieren el cumplimiento de lo previsto por el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; Que, en cumplimiento de la norma precitada, mediante comunicación de vistos, el Rector de la Universidad Privada del Norte remite la documentación correspondiente a la creación y organización de los siguientes programas de maestrías en su Escuela de Posgrado, aprobados por Resolución Rectoral Nº 006-2011-UPN-SAC: