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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (28/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de abril de 2011 441658 Constitución de la “Mancomunidad Municipal AMUVRAE”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización 633126-3 Inscriben a la Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 342-2011-PCM/SD Lima, 26 de abril de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 001-2011- MAA/P; el Informe Técnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011/MDCc de la Municipalidad Distrital Ccatca; la Ordenanza Municipal Nº 004-2011/MDO de la Municipalidad Distrital Ocongate; la Ordenanza Municipal Nº 008-2011/MDM de la Municipalidad Distrital Marcapata; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011/MDQ de la Municipalidad Distrital Quiquijana; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR”; y el Informe Nº 047-2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Ccatca, Ocongate, Marcapata y Quiquijana, en la Provincia de Quispicanchi, en el Departamento de Cusco; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico institucional: Recursos humanos, estructura funcional y organizacional, servicios prestados e inversión social a nivel distrital; Diagnóstico social demográfi co: población, oferta educativa, organización y prestación del servicio de salud, necesidades básicas insatisfechas, territorio y vivienda; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos, identifi cación de proyectos de inversión, horizonte de planeamiento y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, funciones, provisión de personal, recursos y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión, evaluación y análisis de viabilidad; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Construcción, ampliación y mejoramiento de la infraestructura vial, y de telecomunicaciones, b) Elaboración y ejecución de proyectos productivos, c) Elaboración y ejecución proyectos para el fomento de la cultura, el deporte, el turismo sostenible, la preservación del medio ambiente y la competitividad productiva, d) Fomento de la inversión privada, y de la promoción del empleo, e) Promover la participación vecinal en el desarrollo local y en la circunscripción de la mancomunidad municipal, y f) Elaborar y ejecutar proyectos, participando en la gestión de los servicios públicos de educación y salud; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Gestionar en forma mancomunada los recursos locales, provinciales, regionales, nacionales e internacionales, a efectos de ejecutar los proyectos priorizados por la mancomunidad, b) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios, c) Concertar con instituciones, del sector público y privado, de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución, de programas y proyectos, que favorezcan el desarrollo económico del distrito y d) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión, y de protección y apoyo a la población en riesgo. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Administrar y reglamentar, directamente o por concesión, el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, cuando esté en capacidad de hacerlo, b) Proveer los servicios de saneamiento básico rural, c) Construir y equipar postas médicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados y comunidades que los necesiten, en coordinación con la municipalidad provincial, organismos regionales y nacionales pertinentes, d) Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales educativos de la jurisdicción, de acuerdo a los Planes de Desarrollo Provincial y Regional concertados, y al presupuesto que se le asigne, e) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con la municipalidad provincial y los organismos regionales, nacionales e internacionales, f) Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente, g) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes y h) Promover actividades culturales diversas; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur- MACOVISUR”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Ccatca, Ocongate, Marcapata y Quiquijana, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 047-2011–PCM/SD-OGI- MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que