Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2011 (28/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

441665

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Designan Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL 140-2011-MIMDES
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial 774-2010MIMDES se designo al senor MORDAZA MORDAZA LY CARRUITERO en el cargo de Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el que se acepte la misma y se designe a la persona que se desempenara en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, la Ley 29597 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 011-2004-MIMDES y el Decreto Supremo 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA LY CARRUITERO al cargo de Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

633130-1

PRODUCE
Prorrogan vigencia del Regimen Provisional de extraccion de los recursos jurel y caballa establecido por R.M. N° 025-2011-PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL N° 146-2011-PRODUCE
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Oficio Nº DE-100-124-2011-PRODUCE/ IMP del 13 MORDAZA de 2011 del Instituto MORDAZA del Peru, el Informe Nº 339-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch del 18 de MORDAZA de 2011 de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 069-2011PRODUCE/OGAJ-rzarate del 19 de MORDAZA de 2011 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que, el articulo 9° de la citada Ley establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias

cientificas disponibles y de factores socioeconomicos determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, por Decreto Supremo N° 011-2007-PRODUCE, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, en cuya Primera Disposicion Final, Complementaria y Transitoria se establece que el Ministerio de la Produccion, en base a las condiciones biologicas y oceanograficas, podra autorizar temporalmente la extraccion de los recursos jurel y caballa, exceptuandose de lo establecido en el numeral 7.6 del articulo 7° del citado Reglamento. Asimismo, senala que estos criterios podran adecuarse en razon de los reportes de las capturas por MORDAZA de pesca, asi como de los resultados de la evaluacion de los recursos que efectua el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE; Que, en la Resolucion Ministerial N° 025-2011PRODUCE publicada el 26 de enero de 2011, en atencion a las recomendaciones del IMARPE remitidas en el Oficio N° DE-100-017-2011-PRODUCE/IMP, se establecio un Regimen Provisional de extraccion de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus) en todo el litoral peruano, desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 31 de marzo de 2011, de alcance a las capturas provenientes de la actividad pesquera artesanal y de las embarcaciones pesqueras de mayor escala con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos jurel y caballa, cuyo listado de permisos de pesca vigente se encuentra en la pagina web del Ministerio de la Produccion, fijandose limites maximos de captura por cada recurso; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 035-2011PRODUCE publicada el 6 de febrero de 2011, modificada por la Resolucion Ministerial N° 039-2011-PRODUCE, se dispone la suspension de las actividades de extraccion del recurso jurel (Trachurus murphyi), desde las 00:00 horas del 7 de febrero hasta las 24:00 horas del 28 de febrero de 2011, en el MORDAZA del Regimen Provisional de extraccion dispuesto por la Resolucion Ministerial N° 025-2011PRODUCE; Que, la Resolucion Ministerial N° 058-2011-PRODUCE publicada el 26 de febrero de 2011, modifica el primer parrafo del articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 0252011-PRODUCE, determinando que el limite de captura establecido es de aplicacion para las capturas provenientes de las embarcaciones pesqueras de mayor escala y sera hasta la conclusion del Regimen Provisional de extraccion de los recursos jurel y caballa; ampliandose el limite de captura del recurso jurel a cuarenta y cinco mil (45,000) toneladas metricas; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 0992011-PRODUCE publicada el 20 de marzo de 2011, se suspendieron, a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de su publicacion, las actividades de extraccion del recurso jurel (Trachurus murphyi), en el MORDAZA del Regimen Provisional de extraccion establecido por la Resolucion Ministerial N° 025-2011-PRODUCE y modificado por la Resolucion Ministerial N° 058-2011-PRODUCE; Que, el Ministerio de la Produccion precautoriamente dispuso, mediante la Resolucion Ministerial N° 107-2011PRODUCE publicada el 25 de marzo de 2011, la prorroga hasta el 30 de MORDAZA de 2011 en todo el litoral peruano de la vigencia del Regimen Provisional de extraccion de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus), establecido por la Resolucion Ministerial N° 025-2011-PRODUCE y modificado por la Resolucion Ministerial N° 058-2011-PRODUCE. Asimismo, se amplio el limite aplicable a las capturas de embarcaciones de mayor escala, en aplicacion de la Primera Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2007-PRODUCE, hasta cincuenta y cinco mil (55,000) toneladas metricas del recurso jurel; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 124-2011PRODUCE publicada el 10 de MORDAZA de 2011, se suspendio a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de su publicacion, las actividades de extraccion del recurso jurel (Trachurus murphyi), en el MORDAZA del mencionado Regimen Provisional de extraccion; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 130-2011PRODUCE publicada el 13 de MORDAZA de 2011, considerando la informacion alcanzada por el IMARPE en su Oficio N° DE-100-095-2011-PRODUCE/IMP, se amplio el limite de

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