Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2011 (28/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2011

De conformidad con la Ley N° 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion y la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 16 705 780,00), para el desarrollo de las competencias de la funcion especifica considerada en el literal n) del articulo 51° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 211 : Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal 001 : Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI 19 : Vivienda y Desarrollo MORDAZA 041 : Desarrollo MORDAZA 0090 : Planeamiento y Desarrollo MORDAZA 1.116628 : Formalizacion de Predios Rurales 1 : Recursos Ordinarios 16 705 780,00 ============ 16 705 780,00 =========== En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas Gobiernos Regionales 19 : Vivienda y Desarrollo MORDAZA 041 : Desarrollo MORDAZA 0090 : Planeamiento y Desarrollo MORDAZA 1.116628 : Formalizacion de Predios Rurales 1 : Recursos Ordinarios 16 705 780,00 =========== 16 705 780,00 =========== :

nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados, instruiran a la Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Adecuacion de los instrumentos de gestion De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposicion Final del Reglamento de la Ley N° 28273, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2004-PCM y la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, los Gobiernos Regionales deberan dictar las disposiciones necesarias a fin de adecuar sus instrumentos institucionales y de gestion en virtud de la transferencia de las funciones, ademas de establecer en sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos, lo dispuesto en la Resolucion Ministerial N° 0811-2009-AG. Articulo 5°.- Del Refrendo El Presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro de Vivienda Construccion y Saneamiento y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUNCION PROGRAMA FUNCIONAL SUBPROGRAMA FUNCIONAL ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS

633628-3

EDUCACION
Incorporan diversas instituciones educativas al Programa Nacional de Recuperacion de las Instituciones Educativas Publicas Emblematicas y Centenarias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0154-2011-ED
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009 se crea en el Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora: 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el Programa Nacional de Recuperacion de las Instituciones Educativas Publicas Emblematicas y Centenarias, el cual comprende acciones de rehabilitacion, remodelacion y equipamiento de su infraestructura educativa, autorizandose su implementacion; Que, de conformidad con el articulo 7 del citado Decreto de Urgencia, se establece que por Resolucion Ministerial del Sector Educacion, se podra incorporar otras instituciones educativas al Programa Nacional de Recuperacion de

1.2 Los Pliegos habilitados en la Seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego se detallan en el Anexo: "Transferencia de Partidas del COFOPRI a favor de Gobiernos Regionales para el Financiamiento de la Funcion Especifica Contemplada en el Literal n) del Articulo 51° de la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 2°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de

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