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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de abril de 2011 441659 aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR”; integrada por las Municipalidades Distritales de Ccatca, Ocongate, Marcapata y Quiquijana, en la Provincia de Quispicanchi, en el Departamento de Cusco; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR”, como sigue: - Presidente: Armando Quispe Qquenaya, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ocongate. - Director: Bernardino Lipe Percca, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ccatca. - Director: Amador Rolando Flórez Andia, alcalde de la Municipalidad Distrital de Marcapata. - Director: Domingo Pacco Melo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Quiquijana. Artículo 3º.- Designación de Gerente General Inscribir la designación del Señor Bernardino Farfán Flores, como Gerente General de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR”. Artículo 4º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Apu Ausangate del Corredor Vial Interoceánico Sur-MACOVISUR”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 5º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 6º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización 633126-4 DEFENSA Autorizan viaje de oficial FAP a República Dominicana para participar en la “LI Reunión PREPLAN” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 153-2011-DE/ Lima, 27 de abril de 2011 VISTO: La papeleta de trámite NC-35-SGFA-Nº 1014 de fecha 28 de febrero de 2011 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante el sitfagrama OEN-011-049-001 del 181300Z de febrero de 2011 el ofi cial de enlace de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América ante el Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), Mayor USAF EDGARDO CRUZ VELEZ, y la Fuerza Aérea de la República Dominicana, han formulado la invitación para que dos (02) delegados de la Fuerza Aérea del Perú participen en la “LI Reunión PREPLAN” del SICOFAA, que se realizará del 08 al 13 de mayo de 2011 en la ciudad de Punta Cana - República Dominicana; Que, la Fuerza Aérea del Perú, mediante sitfagrama OEN-059-014 del 282100Z de febrero de 2011, ha manifestado al ofi cial de enlace de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América ante el SICOFAA, que en esta oportunidad solo participará un ofi cial FAP en la “LI Reunión PREPLAN”, habiendo sido designado para tal efecto el Coronel FAP JOSE ANTONIO RUBIO TRAVI, ofi cial de enlace de la Fuerza Aérea Peruana ante el SICOFAA; Que, la participación del Coronel FAP JOSE ANTONIO RUBIO TRAVI, en la indicada reunión, le permitirá aprovechar la oportunidad para reunirse en forma simultánea con los otros miembros integrantes del SICOFFA, para tratar en forma directa asuntos de interés para el país en el ámbito aeroespacial y formular la agenda para la próxima Conferencia de Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (CONJEFAMER); Que, la citada comisión se encuentra incluida en el rubro 5.-Medidas de Confi anza Mutua, ítem 132, del plan anual de viajes del Sector Defensa AF-2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011 DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a la República Dominicana, al Coronel FAP JOSE ANTONIO RUBIO TRAVI, para que participe en la “LI Reunión PREPLAN” del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), que se realizará del 08 al 13 de mayo de 2011 en la ciudad de Punta Cana - República Dominicana. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Punta Cana (República Dominicana) - Lima US$ 886.00 x 1 Persona (Incluye TUUA) Viáticos: US$ 200.00 x 6 días x 1 Persona Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el títular, del sector describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 633628-4