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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de agosto de 2011 448803 44. J & A ALL BUSSINES S.R.L., Inhabilitación por nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1195-2011-TC-S1 del 08.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 45. JUMER QUALITY OFFER S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1199-2011-TC-S2 del 11.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución. 46. ROMULO OBREGÓN; ZARZO, Inhabilitación por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o inexacta, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1208-2011-TC- S2 del 13.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 47. SUMINISTROS MILENIUM S.A., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1220-2011-TC- S2 del 15.07.2011,sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución. 48. SECURITY ZAK S.A., Inhabilitación por quince (15) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1223-2011-TC- S4 del 15.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución. 49. CONSTRUCTORA CHALET S.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 1224-2011-TC-S1 del 15.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución. 50. SANTIAGO IRRAZABAL; GUILLERMO, Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1231-2011- TC-S1 del 18.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 51. SAAVEDRA DE LOS RIOS; MARTIN JOEL, Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1231-2011- TC-S1 del 18.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 52. CONSTRUCCIONES Y CONSULTORES AMV INGENIEROS EIRL, Inhabilitación por doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 1235-2011-TC-S2 del 18.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución. 53. MATERIALES DE CONSTRUCCION EL SOL E.I.R.L.,Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el literal b) del numeral 1 del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 1236-2011-TC-S2 del 19.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día de publicada la presente resolución. 54. JMLD S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal i) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 1242-2011-TC-S2 del 19.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 55. GALA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1246-2011- TC-S1 del 20.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 56. ZARABIA SUCASACA; MARIA DEL PILAR, Inhabilitación por catorce (14) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 1250-2011-TC-S3 del 20.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución. 57. PAUCAR TOLEDO; ANASTACIO SATURNINO, Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1251-2011-TC-S3 del 20.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 58. COMPANIA IMPORTADORA VAL S.A., Inhabilitación por quince (15) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, haber contratado con el Estado pese a estar impedido, infracción tipifi cada en el literal d) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 1257-2011-TC-S1 del 20.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución.