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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (21/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de agosto de 2011 448804 59. CORPORACIÓN INDUSTRIAL H & R S.A.C., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la no suscripción injustifi cada del contrato y presentación de documentación falsa o información inexacta, causales tipifi cadas en los literales a) e i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1258-2011-TC-S3 del 21.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 60. SERCAM S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1263-2011-TC-S4 del 21.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 61. SERVICIOS UGAL S.A.C., Inhabilitación con doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en proceso de selección sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), infracción tipifi cada en el literal e) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N º 1017 ; según Resolución Nº 1266- 2011-TC-S3 del 22.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 62. HIDALGO MAGALLANES; JACOBO VICENTE, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber participado en proceso de selección sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en literal e) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el literal e) numeral 1 del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 1275- 2011-TC-S4 del 22.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 63. PANIURA TRUJILLO; CESAR, Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber participado en procesos de selección sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 1276-2011-TC-S4 del 22.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 64. CONSTRUCTORA AMAZONAS FORCE E.I.R.L., Inhabilitación por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipifi cada en el numeral 10) del artículo 294° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, según Resolución Nº 1281-2011-TC-S4 del 22.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de publicada la indicada resolución. 65. CORPORACIÓN FRANCO INDUSTRIAL SERVICIOS ARQUITECTURA S.A.C., Inhabilitación por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentación falsa y/o inexacta, infracción tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; según Resolución Nº 1288-2011-TC- S2 del 25.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 66. Z.C. INGENIEROS CONSULTORES S.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 1291-2011- TC-S1 del 25.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución. 67. NAGIFA S.A.C., Inhabilitación por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber participado en prácticas restrictivas de la libre competencia o en los supuestos de socios comunes no permitidos, según lo establece el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, infracción tipifi cada en el numeral 8) del artículo 294 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el artículo 52 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; respectivamente, según Resolución Nº 1294-2011-TC-S4 del 26.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 68. MARYTEX S.A.C., Inhabilitación por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber participado en prácticas restrictivas de la libre competencia o en los supuestos de socios comunes no permitidos, según lo establece el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, infracción tipifi cada en el numeral 8) del artículo 294 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el artículo 52 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM y Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; respectivamente, según Resolución Nº 1294-2011-TC- S4 del 26.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 69. LACTIFOR E.I.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1297-2011- TC-S4 del 26.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 70. SERVICIOS MULTIPLES HAZ PERU S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o información inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 1297-2011-TC-S4 del 26.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notificada la indicada resolución 71. SANTIAGO IRRAZABAL; GUILLERMO, Inhabilitación por doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución de la orden de servicio, por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, según Resolución Nº 1301-2011-TC-S2 del 27.07.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil de notifi cada la indicada resolución.