Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2011 (21/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de agosto de 2011

59. CORPORACION INDUSTRIAL H & R S.A.C., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato y MORDAZA de documentacion falsa o informacion inexacta, causales tipificadas en los literales a) e i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1258-2011-TC-S3 del 21.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 60. SERCAM S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1263-2011-TC-S4 del 21.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 61. SERVICIOS UGAL S.A.C., Inhabilitacion con doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), infraccion tipificada en el literal e) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N º 1017 ; segun Resolucion Nº 12662011-TC-S3 del 22.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 62. MORDAZA MAGALLANES; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en literal e) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el literal e) numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 1842008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 12752011-TC-S4 del 22.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 63. MORDAZA TRUJILLO; MORDAZA, Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en procesos de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 5) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1276-2011-TC-S4 del 22.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 64. CONSTRUCTORA AMAZONAS FORCE E.I.R.L., Inhabilitacion por diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos en procedimiento seguido ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, segun Resolucion Nº 1281-2011-TC-S4 del 22.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 65. CORPORACION MORDAZA INDUSTRIAL SERVICIOS ARQUITECTURA S.A.C., Inhabilitacion por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentacion falsa y/o inexacta, infraccion tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 1288-2011-TC-

S2 del 25.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 66. Z.C. INGENIEROS CONSULTORES S.R.L., Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, segun Resolucion Nº 1291-2011TC-S1 del 25.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion. 67. NAGIFA S.A.C., Inhabilitacion por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en practicas restrictivas de la libre competencia o en los supuestos de socios comunes no permitidos, segun lo establece el Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, infraccion tipificada en el numeral 8) del articulo 294 del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el articulo 52 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; respectivamente, segun Resolucion Nº 1294-2011-TC-S4 del 26.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 68. MARYTEX S.A.C., Inhabilitacion por seis (06) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en practicas restrictivas de la libre competencia o en los supuestos de socios comunes no permitidos, segun lo establece el Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, infraccion tipificada en el numeral 8) del articulo 294 del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el articulo 52 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; respectivamente, segun Resolucion Nº 1294-2011-TCS4 del 26.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 69. LACTIFOR E.I.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1297-2011TC-S4 del 26.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 70. SERVICIOS MULTIPLES HAZ PERU S.R.L., Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa o informacion inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1297-2011-TC-S4 del 26.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion 71. MORDAZA IRRAZABAL; MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en su derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion de la orden de servicio, por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, segun Resolucion Nº 1301-2011-TC-S2 del 27.07.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil de notificada la indicada resolucion.

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