Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2011 (03/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de diciembre de 2011

como un instrumento de orientacion a todos los jueces de la Republica, y asi establecer de manera general los supuestos en los cuales no se presentan los causales de impedimento para resolver un proceso. Decimo Octavo: Que la directiva aprobada no pretende agotar todos los supuestos que no constituyan causales de impedimento o abstencion. Solamente se han consignado aquellos que hoy tienen mayor incidencia como motivos invocados por los jueces de la Republica. En consecuencia, lo que se busca con esta disposicion es evitar que los procesos se dilaten innecesariamente, cuando los jueces bien pueden resolverlos de manera objetiva y sin causar perjuicio alguno a las partes. Por estos fundamentos, estando al Acuerdo Nº 11982011 de la trigesimo novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, de conformidad con lo previsto en el articulo 82º, inciso 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 007-2011CE-PJ "Lineamientos que desarrollan la aplicacion del articulo 40º, inciso 11, de la Ley de la MORDAZA Judicial", que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Exhortar a todos los jueces del MORDAZA para que a partir de la publicacion de la presente resolucion, se cinan a los lineamientos establecidos al momento de considerarse impedidos de conocer un proceso. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, MORDAZA de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Organo de Control Institucional del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente
Nota: La Directiva Nº 007-2011-CE-PJ denominada "Lineamientos que desarrollan la aplicacion del articulo 40º, inciso 11, de la Ley de la MORDAZA Judicial" esta publicada en el MORDAZA de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe.

Que, mediante la resolucion administrativa de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone que el Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a cargo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asuma a exclusividad la tramitacion del Expediente Nº 107-2008 (caso Petro Audios), hasta su conclusion; denominandose Despacho "A". Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 4882011-P-CSJLI/PJ de fecha 21 de junio ultimo, se resuelve disponer el funcionamiento en forma transitoria del Despacho "B" del Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio, designandose como juez supernumeraria a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que continue conociendo con normalidad los asuntos de competencia del Tercer Juzgado Penal Liquidador, con excepcion del Exp. Nº 107-2003 (caso Petroaudios). Que, mediante el oficio de vistos, la Juez Yngrid MORDAZA MORDAZA comunica que con fecha 22 de noviembre del presente ano ha cumplido con elevar a la Cuarta Sala Penal Liquidadora Transitoria, con el respectivo informe final ampliatorio, el Exp. Nº 107-2008 (caso Petroaudios); asimismo, que con fecha 25 de noviembre ha elevado todos los cuadernos incidentales, no existiendo nada pendiente que tramitar. Asimismo, solicita que por motivos personales se de por concluido su nombramiento como Juez Supernumeraria. Que, en atencion a lo senalado y habiendose cumplido la finalidad prevista en la acotada Resolucion Administrativa Nº 157-2011, corresponde desactivar el Despacho "B" del Tercer Juzgado Penal Liquidador, debiendo continuar dicha judicatura con la tramitacion regular de los asuntos de su competencia. Que, en virtud a lo indicado y en uso de las facultades conferidas en los inciso 3 y 9 del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la desactivacion del Despacho "B" del Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Lima. Articulo Segundo.- ACEPTAR la declinacion de la doctora Yngrid MORDAZA MORDAZA al cargo de Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Tercero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la que debera continuar conociendo con normalidad los asuntos de competencia del mencionado organo jurisdiccional. Articulo Cuarto.- DISPONER la efectividad de la presente resolucion a partir del dia 28 de noviembre del presente ano. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion y la Oficina de Administracion Distrital. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) Corte Superior de Justicia de MORDAZA 724407-1

724693-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen desactivacion del Despacho "B" del Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de MORDAZA y designan Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 964-2011-P-CSJL/PJ MORDAZA, 30 de noviembre de 2011 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 157-2011-CE-PJ y Oficio Nº 107-08-3JPLT/CSJL presentado con fecha veinticinco de noviembre ultimo; y,

Designan Juez Supernumeraria del Trigesimo Juzgado Laboral de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 965-2011-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 1 de diciembre del 2011

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