Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2011 (03/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de diciembre de 2011

carreras profesionales de Ingenieria Civil, Ingenieria de Sistemas, Marketing, Contabilidad y Derecho; Que, por Oficio Nº 008-2006-U.P.T.-PP recibido con fecha 16 de MORDAZA de 2006, se remite a CONAFU la documentacion de Implementacion Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional, adjuntando la documentacion correspondiente; Que, por Resolucion Nº 156-2006-CONAFU de fecha 13 de junio de 2006, se resuelve: Designar a los integrantes de la Comision Verificadora de la Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Privada de MORDAZA, quedando integrada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna, MORDAZA Castaneda Castaneda y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­Sanchez, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, por Resolucion Nº 334-2006-CONAFU de fecha 11 de octubre de 2006, se resuelve: Autorizar el Funcionamiento Provisional de la Universidad Privada de MORDAZA para brindar servicios educativos de nivel universitario; Que, con Resolucion Nº 381-2006-CONAFU de fecha 27 de noviembre de 2006, se resolvio: "DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Nº 334-2006-CONAFU de fecha 11 de octubre de 2006, y todos los actos administrativos posteriores a esta, a consecuencia de los vicios cometidos; y reponiendo el estado de las cosas al momento de cometido el vicio procedimental; Que, con Resolucion Nº 07 de fecha 21 de marzo de 2007, la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de la MORDAZA en el Expediente Nº 229-07, reformo el auto apelado y restituye la vigencia de la Resolucion Nº 3342006-CONAFU; Que, con Resolucion Nº 14 expedida el 05 de octubre de 2007, por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, resolvio: "Declarando FUNDADA la demanda de MORDAZA Constitucional de Amparo; interpuesta por el Representante de la Universidad Privada de MORDAZA, contra el CONAFU; Que, con Resolucion Nº 027 expedida el 14 de MORDAZA de 2008, por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, resolvio: "...REVOCAR la sentencia apelada contenida en la resolucion Nº 14, REFORMANDOLA la DECLARARON IMPROCEDENTE... la demanda interpuesta por la universidad..."; Que, mediante Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 29 de marzo de 2010, recaida en el Exp. Nº 05036-2008-PA/TC, resuelve: DECLARAR INFUNDADA la demanda de MORDAZA interpuesta por el Representante de la Universidad Privada de MORDAZA contra el CONAFU; Que, mediante Resolucion Nº 328-2010-CONAFU de fecha 04 de agosto de 2010, se resolvio dejar sin efecto la Resolucion Nº 156-2006-CONAFU, que nombraba la Comision Verificadora y designa a los integrantes la nueva Comision Verificadora de la Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Privada de MORDAZA, quedando conformada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Lama y Armenio Flaubert Galindez MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente; Que, mediante Carta s/n de fecha 16 de setiembre de 2010, el Presidente de la Comision Verificadora de la Implementacion Inicial, remite el Informe Final de Verificacion de la de Implementacion Inicial del Proyecto de Universidad Privada de MORDAZA, concluyendo que el Proyecto de la mencionada universidad ha cumplido con implementar satisfactoriamente lo programado para su funcionamiento de acuerdo a su PDI; Que, mediante Resolucion Nº 378-2010-CONAFU de fecha 15 de octubre de 2010, se resolvio: Aprobar el Informe de la Comision Verificadora, quedando pendiente que el Pleno del CONAFU realice la visita correspondiente in situ para ratificar el Informe de la Comision de Verificacion de la Implementacion Inicial, conforme lo establecido en el articulo 39º del Reglamento; Que, mediante Resolucion Nº 295-2011-CONAFU de fecha 17 de junio de 2011, se resolvio: Ratificar el Informe de Implementacion Inicial, encontrandose el Proyecto de Universidad Privada de MORDAZA MORDAZA para otorgarle la Autorizacion de Funcionamiento Provisional;

Que, el Proyecto de Universidad Privada de MORDAZA, en atencion a los considerandos MORDAZA expuestos, cumple con las dos condiciones establecidas por el literal i) de la Ley Nº 26439, ya que ha sido admitido a tramite con anterioridad al 28 de junio de 2010 y cumple con las condiciones y requisitos establecidos en la Resolucion Nº 387-2009-CONAFU para la emision de la resolucion de funcionamiento provisional a su favor; Que, el modelo Institucional adoptado por el Proyecto de la Universidad Privada de MORDAZA, es la de una Asociacion Civil sin fines de lucro, se rige bajo las normas de la Ley Nº 23733 y la Ley Nº 26439 Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­CONAFU por lo que; estando a lo dispuesto en la Ley 29780 literal i), el Proyecto de la Universidad Privada de MORDAZA se encuentra MORDAZA para otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento; Que, en sesion ordinaria de fecha 05 de octubre de 2011, despues de deliberar el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 637-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: 1) Otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional a la Universidad Privada de MORDAZA para brindar servicios educativos de nivel universitario; autorizandose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Civil, 2) Ingenieria de Sistemas e Informatica, 3) Marketing, 4) Contabilidad y 5) Derecho; 2) Aprobar el modelo institucional adoptado por la Universidad Privada de MORDAZA, especificando el regimen legal en el que se encuentra y la forma de su personeria juridica, 3) Disponer que la Promotora de la Universidad Privada de MORDAZA remita al CONAFU, MORDAZA certificada notarial de la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado tanto por el Presidente del CONAFU, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU y se r inscriba en los Registros Publicos, 4) Establecer que la Universidad Privada de MORDAZA, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad Privada de MORDAZA para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Ciclo Academico: Numero de Vacantes por ciclo academico Ciclo I 60 60 60 60 60 Ciclo II 60 60 60 60 60

Nombre de MORDAZA Ingenieria Civil Ingenieria de Sistemas e Informatica Marketing Contabilidad Derecho

Articulo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Privada de MORDAZA, organizada como Asociacion Civil sin fines de Lucro, bajo el Regimen Legal de la Ley Universitaria 23733 y 26439, debiendo proceder a inscribir la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, acompanado del Reglamento General de la Universidad, ante el registro Publico de Personas Juridicas de los Registros Publicos. Articulo Tercero.- DISPONER que la Promotora de la Universidad Privada de MORDAZA remita al CONAFU, MORDAZA

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