Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2011 (03/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de diciembre de 2011

denunciado y prescindir en parte del producido por la RPN, debido a que este ultimo no se ajusto a los parametros requeridos por dicha empresa por ser fabricado bajo la MORDAZA Tecnica Peruana Nº 321.125 (en adelante, la MORDAZA Tecnica Peruana de Biodiesel), la cual no exige ciertas especificaciones tecnicas necesarias para el optimo funcionamiento del biodiesel en zonas de baja temperatura. Debido a ello, el Comite Tecnico de Petroleo y Derivados, Combustibles Liquidos decidio modificar la referida MORDAZA, a fin de incluir parametros adicionales de control de calidad del biodiesel; (ii) respecto de la definicion del producto similar, si bien las especificaciones tecnicas del biodiesel producido localmente y el importado desde Estados Unidos presentan caracteristicas similares, su uso puede diferir dependiendo de factores como las condiciones de operacion de las maquinas, las condiciones ambientales (temperatura, presion, etc.), entre otros; y, (iii) el subsidio otorgado por el Gobierno de Estados Unidos a los productores, mezcladores, minoristas y usuarios finales de biodiesel, equivalente a US$ 1 por galon, culmino el 31 de diciembre de 2009, por lo cual no corresponderia aplicar medidas a las importaciones de biodiesel originarias de Estados Unidos. 19. El 24 de agosto de 2010, mediante Resolucion 159-2010/CFD-INDECOPI, la Comision califico el recurso de reconsideracion interpuesto por Petroperu contra la Resolucion 116-2010/CFD-INDECOPI como uno de apelacion y concedio dicho recurso. 20. El 18 de noviembre de 2010, Heaven Petroleum presento un escrito ante la Sala para que sea considerado al momento de resolver. II. CUESTIONES EN DISCUSION 21. Corresponde determinar lo siguiente: (i) si la empresa Petroperu se encuentra habilitada legalmente para adquirir el biodiesel fabricado por la RPN; (ii) si las especificaciones tecnicas del biodiesel nacional constituyen un factor que conllevaria a que no pueda ser considerado como producto similar al objeto de dumping; y, (iii) si dada la caducidad del subsidio otorgado por el Gobierno de Estados Unidos a los productores, mezcladores, minoristas y usuarios finales de biodiesel corresponde levantar los derechos impuestos a las importaciones de biodiesel originario de Estados Unidos. III. ANALISIS DISCUSION DE LAS CUESTIONES EN

Peruana de Biodiesel, la cual tiene como objeto "establecer las propiedades requeridas del Biocombustible Biodiesel en el lugar y oportunidad de entrega", y es aplicable al biodiesel cuando es usado en estado puro o como un componente de mezcla con combustibles destilados medios. Esta MORDAZA se remite al Reglamento del Biodiesel para establecer los parametros tecnicos que debe reunir el biodiesel para ser comercializado en el territorio peruano15. 26. Como bien lo ha explicado la Comision en el Informe 027-2010/CFD-INDECOPI, la MORDAZA Tecnica Peruana de Biodiesel fue el resultado del trabajo conjunto realizado por el Subcomite Tecnico de Normalizacion de Biocombustible16, el cual a su vez se encontro conformado, entre otras, por las empresas importadoras y las empresas productoras locales que forman parte del presente procedimiento. 27. Bajo estas consideraciones, todo biodiesel que cumpla con las especificaciones previstas en el Reglamento del Biodiesel y la MORDAZA Tecnica Peruana de Biodiesel es apto para la comercializacion dentro del MORDAZA nacional, no siendo exigible legalmente que el biodiesel presente propiedades adicionales a las ya previstas en la referida norma. 28. Asi pues, pese a que el biodiesel importado desde Estados Unidos puede poseer propiedades adicionales, mientras cumpla con los requisitos estipulados en la MORDAZA Tecnica Peruana de Biodiesel, no existiria ningun impedimento legal para que este sea utilizado como biocombustible y comercializado en el MORDAZA a fin de obtener un combustible B2. 29. El apelante tambien senalo que, debido a la existencia de parametros adicionales de control de calidad del biodiesel no incluidos en la MORDAZA Tecnica Peruana de Biodiesel, esta MORDAZA deberia ser modificada17. Al respecto, esta Sala constata que si bien actualmente se encuentra en evaluacion por el Comite Tecnico de Normalizacion (CTN 31. Petroleo y Derivados. Combustibles Liquidos) y el

III.1. Del alcance legal del Reglamento del Biodiesel 22. En su apelacion, Petroperu indico que la Comision no considero que dicha empresa se vio obligada a abastecerse del producto denunciado y prescindir en parte del de la RPN, debido a que este ultimo no se ajusto a los parametros requeridos por la refineria por ser fabricado bajo la MORDAZA Tecnica Peruana de Biodiesel, la cual no exige ciertas especificaciones tecnicas necesarias para el optimo funcionamiento del biodiesel en zonas de baja temperatura. 23. Segun el Acuerdo Sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio, un reglamento tecnico tiene caracter obligatorio12, al contener un conjunto de disposiciones que regulan el regimen juridico - administrativo aplicable a ciertos productos para hacer legalmente obligatorio su cumplimiento. 24. En el caso en concreto, en el ano 2007, el Poder Ejecutivo aprobo el Decreto Supremo 021-2007-EM, modificado por Decreto Supremo 064-2008-EM (en adelante, el Reglamento del Biodiesel), el cual constituye un reglamento especifico aplicable a la comercializacion y distribucion del biodiesel en el Peru. Este reglamento contiene las especificaciones de calidad que debe reunir el biodiesel, asi como las normas correspondientes a su comercializacion y distribucion a nivel nacional, y aquellas relativas al registro de las mezclas de dicho producto con combustibles liquidos derivados de los hidrocarburos13. 25. Asimismo, mediante Resolucion 094-2008/CRTINDECOPI14, el INDECOPI aprobo la MORDAZA Tecnica

12 ACUERDO SOBRE OBSTACULOS TECNICOS AL COMERCIO, Anexo 1.- Terminos y su definicion a los efectos del presente Acuerdo.(...) 1. Reglamento tecnico Documento en el que se establecen las caracteristicas de un producto o los procesos y metodos de produccion con ellas relacionados, con inclusion de las disposiciones administrativas aplicables, y cuya observancia es obligatoria. Tambien puede incluir prescripciones en materia de terminologia, simbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, MORDAZA o metodo de produccion, o tratar exclusivamente de ellas. 13 REGLAMENTO DEL BIODIESEL, Articulo 2.- Contenido Este Reglamento contiene: a) Las normas correspondientes a la comercializacion y distribucion de Biocombustibles puros y sus mezclas con combustibles liquidos derivados de los hidrocarburos tales como las gasolinas y Diesel Nº 2, por intermedio de los Distribuidores Mayoristas debidamente autorizados. b) Las Normas Tecnicas de calidad que se deben cumplir. c) Las normas correspondientes para el registro de las mezclas de Biocombustibles con combustibles liquidos derivados de los hidrocarburos ante la Direccion General de Hidrocarburos. 14 Publicada el 11 de MORDAZA de 2008 en el Diario Oficial "El Peruano". 15 Debe resaltarse que, si bien las normas tecnicas no son de cumplimiento obligatorio, sino que estas constituyen recomendaciones a los agentes de MORDAZA a efectos de ser mas competitivas, debe tenerse en consideracion que, en el presente caso, existe un reglamento que respalda lo contenido en la MORDAZA Tecnica Peruana de Biodiesel. 16 REGLAMENTO DE ELABORACION Y APROBACION DE NORMAS TECNICAS PERUANAS, Articulo 11.- Para los propositos de este Reglamento son de aplicacion las definiciones contenidas en la Guia Peruana GP-ISO/IEC 002 y adicionalmente las siguientes: (...) Sub Comites Tecnicos de Normalizacion (SC): Grupos creados por la Comision a sugerencia o no de los Comites Tecnicos, conformados por representantes de los sectores involucrados en una actividad definida, que bajo la supervision del Comite Tecnico de Normalizacion, elaboran una o varias partes concretas de su programa de trabajo, lo que incluye la elaboracion de proyectos de Normas Tecnicas Peruanas. (Subrayado agregado) 17 Petroperu adjunto un documento denominado "Acta - MORDAZA Reunion 2009" de fecha 9 de setiembre de 2009, elaborado por el Comite Tecnico de Petroleo y Derivados, Combustibles Liquidos.

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