Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2011 (07/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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y MORDAZA Meiggs, denominado Patio Central, con frente a la linea del Ferrocarril Central, Lote "A", Distrito y Provincia del Callao, cuyo dominio se encuentra inscrito en la Partida Electronica N° 70345147, de la Oficina Registral Callao, conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR, el plano de Habilitacion MORDAZA de Oficio consignado con el Nº 20-2011-MPCGGDU-GPUC, asi como la Memoria Descriptiva con el cuadro de area siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS AREA BRUTA 153,956.00 m2 AREA UTIL AREA AFECTADA POR VIAS 153,464.00 m2 491.36 m2

Articulo Tercero.- DISPONER, que acorde a lo previsto en el articulo Nº 24 de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, la inscripcion registral debera ser gestionada por el propietario del predio que se habilita o sus representantes legales, dejandose MORDAZA que el valor de las obras de habilitacion MORDAZA ascendieron a la suma de S/. 75,900.00 (Setenta y cinco mil novecientos y 00/100 Nuevos Soles). Articulo MORDAZA .- DISPONER LA RESERVA de los Aportes Reglamentarios para que en concordancia a las disposiciones vigentes, la entidad del Estado que detenta su titularidad, cumpla con su entrega o la redencion en dinero conforme lo dispone la Ordenanza Municipal Nº 000056, del 1 de Noviembre de 2007. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, la cual estara a cargo de los interesados. Articulo Sexto.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion del MORDAZA de Habilitacion MORDAZA de Oficio, y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) para su conocimiento y fines de ley. Articulo Septimo.- CUMPLASE con notificar a la administrada conforme lo dispuesto en el articulo 20° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, para los fines de ley. Registrese, comuniquese, y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

725636-1 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1345-2011-MPC-AL
Callao, 30 de noviembre de 2011. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: el Informe Tecnico Nº 003-2011-MPC/ GGDU/GPUC/MYV, de fecha 18 de Noviembre del 2011, emitido por la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro adscrita a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, asi como el Memorando Nº 504-2011-MPCGGAJC/SGAA, de fecha 22 de Noviembre del 2011, emitido por la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 194° (modificado por la Ley Nº 28607), de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo, la economia local y la prestacion de servicios publicos de su responsabilidad, ello en MORDAZA con las politicas, planes nacionales y regionales de desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, asimismo, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es funcion exclusiva

de las Municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar fiscalizaciones de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica, de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley Nº 27972); Que, la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, publicada el 25 de septiembre del 2007, en su Articulo 24° sobre Habilitaciones Urbanas de Oficio senala que: "Las municipalidades provinciales en el ambito del Cercado y las municipalidades distritales, en su jurisdiccion, identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publicos. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario... estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana". Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las municipalidades a declarar de oficio la habilitacion MORDAZA de predios, que previamente la corporacion MORDAZA identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro de Predios como rusticos; Que, mediante Informe Tecnico N° 003­2011-MPC/ GGDU/GPUC-MYV, de fecha 18 de Noviembre del 2011, la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro adscrita a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, emite opinion informando que el terreno ubicado en la Av. Contralmirante MORDAZA Nº 472, Distrito y Provincia Constitucional del Callao, aun no han logrado la inscripcion registral de habilitacion MORDAZA de manera definitiva con las condiciones tecnicas actuales, manteniendo con ello su condicion de predio MORDAZA, pese a ser una MORDAZA MORDAZA consolidada que posee servicios publicos necesarios; senala ademas que el terreno materia de estudio de acuerdo al Plano de Zonificacion vigente esta calificado con zonificacion IEL - Industria Elemental y Liviana, compatible con el uso industrial actual, de propiedad del Estado, representado por la EMPRESA MINERA DEL CENTRO DEL PERU S.A. "CENTROMIN PERU S.A.", terreno ubicado en la Av. Contralmirante MORDAZA Nº 472, Distrito y Provincia del Callao, con un area util de 76,301.00 m2, que comprende un lote unico y no tiene afectaciones de vias; Que, de conformidad con el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018, con fecha 05 de Octubre de 1995, y la Ordenanza Municipal Nº 000021, de fecha 19 de Diciembre de 1999, que aprueba el Plano de Propuesta de Acondicionamiento Territorial Nº IV.1.1, el mismo que indica las Areas Urbanas y de Expansion MORDAZA, y de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 00015, de fecha 19 de Marzo del 2008, que aprueba el Cuadro de Coordenadas UTM de las Poligonales que determinan los Limites de las Areas Urbanas y las Areas de Expansion MORDAZA de la Provincia Constitucional Callao, el predio materia de la solicitud, se encuentra en area denominada MORDAZA y ademas cuentan con los servicios basicos. Que, asimismo, debe precisarse que conforme lo dispone la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, de acuerdo a los previsto en el articulo 2.2, se define como Bienes de Dominio Publico aquellos bienes estatales, destinados al uso publico como playas, plazas, parques, infraestructura vial, vias ferreas, caminos y otros, cuya administracion conservacion y mantenimiento corresponde a una entidad; aquellos que sirven de soporte para la prestacion de cualquier servicio publico como los MORDAZA, sedes gubernamentales e institucionales, escuelas, hospitales, estadios, aportes reglamentarios, bienes reservados y afectados en uso de la defensa nacional, establecimientos penitenciarios, museos, cementerios, puertos, aeropuertos y otros destinados al cumplimiento de los fines de responsabilidad estatal, o cuya concesion compete al Estado. Tiene el caracter de inalienables e imprescriptibles, sobre ellos el estado ejerce su potestad administrativa reglamentaria y de tutela conforme a Ley.

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