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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de diciembre de 2011 454503 por Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, la administrada por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Título Profesional de Licenciado en Enfermería, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolución de Consejo Universitario que confi ere el Título Profesional de Licenciado en Enfermería; 5) Publicación en un diario de mayor circulación de la ciudad, del aviso de la pérdida del diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, del Informe Nº 011-2011-GT, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó el Título Profesional de Licenciado en Enfermería conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 7, encontrándose inscrito en el Folio Nº 306, con Resolución Nº R-1317-94-GT de fecha 05 de octubre de 1994; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 13 de septiembre de 2011; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 11 de octubre de 2011, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Doña: Denisse Calvo Rodríguez, solicitando duplicado de Diploma que le confi ere el Título Profesional de Licenciado en Enfermería de la Facultad de Enfermería, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la petición presentada por la Srta. DENISSE CALVO RODRIGUEZ, sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confi ere el Título Profesional de Licenciado en Enfermería de la Facultad de Enfermería. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL EN ENFERMERIA, POR MOTIVO DE PÉRDIDA a favor de Doña: DENISSE CALVO RODRIGUEZ, confi riéndole el TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN ENFERMERIA DE LA FACULTAD DE ENFERMERIA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. LAURO ENCISO RODAS Rector (e) 725042-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Instauran proceso administrativo disciplinario a ex Jefe del Proyecto “Fortalecimiento de Capacidades en Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional Cusco” PRESIDENCIA REGIONAL RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1346-2011-GR CUSCO/PR Cusco, 30 de noviembre de 2011 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO VISTO: El Informe Nº 003-2011-GR CUSCO/CPPAD de fecha 09 de noviembre de 2011, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la sede del Gobierno Regional Cusco conformada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 177-2011-GR CUSCO/ PR de fecha 11 de febrero de 2011. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 593-2010-GR CUSCO/ORAD/ OPER.D de fecha 14 de diciembre del 2010, la Ofi cina de Personal del gobierno Regional Cusco, remite el Informe Nº 214-2010-GR CUSCO/ORAD-OPER-D emitido por el Área Funcional de Acciones Técnico Normativas de la Ofi cina de Personal, que informa la comisión de falta administrativa de abandono de puesto de trabajo al insistir injustifi cadamente por seis (06) días consecutivos, y por el cual solicita la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios se sirva pronunciar sobre la determinación del grado de responsabilidad administrativa del ex servidor contratado por Proyecto de Inversión del Gobierno Regional Cusco, CHRISTIAN PEREZ VERA; Que, del estudio del expediente se tiene que mediante Informe Nº 214-2010-GR CUSCO/ORAD-OPER-D la responsable del Área Funcional de Acciones Técnico Normativas de la Ofi cina de Personal, emite informe señalando que el abandono de trabajo y la inasistencia en la cual manifi esta que realizadas las verifi caciones del caso, se detectó que el servidor contratado Christian Pérez Vera habría cometido la falta administrativa de abandono de puesto de trabajo, tanto más se tiene el Informe Nº 453-2010-GR CUSOC/GRPPAT/SGAT, por el que el Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial informa que habiendo sido verifi cado la inasistencia del Bach. Christian Pérez Vera y dado el tiempo transcurrido dicha Sub Gerencia, ha visto por conveniente encargar temporalmente al Ing. Francisco Iván Cucho Falconi, como responsable del Proyecto Fortalecimiento del Desarrollo de Capacidades en Ordenamiento Territorial. Asimismo se tiene que hasta la fecha de dicho informe no se sabe del paradero del servidor, y habiendo transcurrido seis (06) días de inasistencia y a la fecha no retornó, lo que constituye abandono del centro de trabajo de dicho servidor sin justifi cación alguna, sin tener conocimiento de su paradero pese a las indagaciones realizadas con sus familiares, así como mediante Ofi cio Nº 593-2010-GR CUSCO/ORAD/ OPER,D de 14 de diciembre del 2010, la Ofi cina de Personal solicita pronunciamiento sobre determinación del grado de responsabilidad administrativa el cual es atendido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional Cusco, mediante el documento del Visto, concluye que respecto del ex servidor contratado con cargo a proyectos de inversión Christian Pérez Vera, se ha identifi cado la existencia de responsabilidad administrativa prevista en