Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2011 (07/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de diciembre de 2011

Que, conforme a lo establecido en los articulos 191 y 192 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Organica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, Los Gobiernos Regionales son personas Juridicas de derecho publico con autonomia politica economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, de acuerdo con el Informe Tecnico N°071-2001G.R.MOQ/DIREPRO-ILO/DEPP del Director de Extraccion y Procesamiento, que hace mencion al Decreto Legislativo, Nº 1047 El Ministerio de la Produccion, es competente en pesqueria, acuicultura, industria y comercio interno. Es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesqueria industrial, acuicultura de mayor escala, normalizacion industrial y ordenamiento de productos fiscalizados. Y es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, segun corresponda, en materia de pesqueria artesanal, acuicultura de menor escala y de subsistencia, promocion de la industria y comercio interno en el ambito de su jurisdiccion, habiendose establecido en el sector pesqueria las siguientes politicas, contempladas en el Plan Estrategico Sectorial Multianual del Sector Produccion 2011-2015. 1. Incrementar el consumo de pescado y productos pesqueros de mayor disponibilidad. 2. Promover el desarrollo de MORDAZA de valor de productos pesqueros y acuicolas. 3. Impulsar la competitividad y sostenibilidad de la actividad pesquera artesanal. 4. Implementar el Plan de Accion del Plan Nacional de Desarrollo Acuicola. 5. Asegurar la presencia de la flota de bandera nacional en el desarrollo de actividades extractivas en altamar. 6. Gestionar las pesquerias con un enfoque eco sistemico, en base a la mejor evidencia cientifica y a los aspectos economicos sociales. 7. Fortalecer el sistema sanitario y de calidad de productos pesqueros y acuicolas. 8. Gestionar y promover la Politica Nacional Ambiental para la conservacion de los ecosistemas y la sostenibilidad de las actividades pesqueras y acuicolas. 9. Fortalecer la complementacion entre las politicas y planes del Sector Produccion en todos los niveles de gobierno. 10. Fortalecer las capacidades de los Gobiernos Regionales. Que, estando MORDAZA la determinacion de los sistemas de ordenamiento en el sector pesquero y acuicola, conviene senalar que los Gobiernos Regionales, segun el MORDAZA legal vigente, cumplen funciones generales y especificas. Entre las funciones generales podemos destacar la funcion de Planeamiento por la cual se disena politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa. Y siendo que las funciones especificas se desarrollan en base a las politicas regionales concordadas con las politicas nacionales sobre la materia, se puede destacar las siguientes: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia pesquera y produccion acuicola de la region. b) Velar y exigir el adecuado cumplimiento de las normas tecnicas en materia de pesqueria. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes. c) Vigilar el estricto cumplimiento de las normas vigentes sobre pesca artesanal y su exclusividad dentro de las cinco millas marinas. Dictar las medidas correctivas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes. Que, si bien estas funciones, entre otras, se encuentran plasmadas en los documentos de gestion basicos de la institucion sectorial, Direccion Regional de la Produccion, no se ha podido aun desarrollar un "PLAN ESTRATEGICO DE DESARROLLO DE LA PESCA ARTESANAL Y ACUICULTURA EN LA REGION MOQUEGUA", el cual constituiria un documento de gestion de suma importancia que permitiria clarificar la politica regional sectorial e impulsar su implementacion de manera consistente,

institucionalizada, articulada, coordinada y concordada con el Plan de Desarrollo Concertado regional y el Plan Operativo Institucional, estableciendose las bases para la implementacion de una politica de desarrollo productivo de largo plazo con participacion activa de las demas entidades del Gobierno Regional y Local, segun sus competencias vinculadas y con el sector privado empresarial y no empresarial. Que, de acuerdo con el Informe Legal N°119-2011DRAJ/GR.MOQ, queda MORDAZA que se debe partir de la mision que tiene el Gobierno Regional, cual es la de organizar y conducir la gestion Publica Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Region; a cuyo proposito el articulo 6º de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, precisa que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, asi mismo, el informe legal aludido al referirse a los principios rectores de las politicas y la gestion regional, destaca el MORDAZA de competitividad, en merito al cual el Gobierno Regional tiene como objetivo la gestion estrategica de la competitividad regional, promoviendo para ello un entorno de innovacion, impulsando alianzas y acuerdos entre los sectores publico y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboracion entre empresas instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formacion de ejes de desarrollo y corredores economicos, la ampliacion de mercados y la exportacion. Que, los incisos a) y b) del articulo 52º de la Ley Nº27867, al referirse a las funciones especificas del Gobierno Regional en materia pesquera senala que este es competente para Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia pesquera y produccion acuicola de la Region; asi como para administrar, supervisar y fiscalizar la gestion de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdiccion. Que, la pesca artesanal es una actividad economica de gran importancia en la economia regional por su contribucion en la generacion de empleo, su efecto multiplicador en el desarrollo de otros sectores economicos asi como su significativo aporte en la seguridad alimentaria de la poblacion, pero que actualmente esta en crisis, por lo que corresponde que el Gobierno Regional intervenga a fin de garantizar el desarrollo armonico y sostenible de dicho sector. En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; el Reglamento Interno del Consejo aprobado con la Ordenanza Regional Nº001-2011-CR/GRM, en merito al analisis y debate sobre la necesidad impostergable de contar con el "Plan Estrategico de Desarrollo de la Pesca Artesanal y Acuicultura en la Region Moquegua", el Consejo Regional de MORDAZA en sesion ordinaria del 03 de Noviembre, con el MORDAZA unanime de sus miembros y con la dispensa de tramite de aprobacion del Acta ACUERDA: Articulo Primero.- Disponer que el Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA elabore el "Plan Estrategico de Desarrollo de la Pesca Artesanal y Acuicultura en la Region MORDAZA, que permita implementar en el corto, mediano y largo plazo las politicas en materia de pesca artesanal y produccion acuicola de la Region. Articulo Segundo.- Recomendar que para la elaboracion del Plan Estrategico de Desarrollo de la Pesca Artesanal y Acuicultura en la Region MORDAZA, se compatibilice los objetivos en torno al ordenamiento de los recursos pesqueros de acuerdo a la realidad regional, para lo cual se recomienda solicitar al Ministerio de la Produccion a traves del Vice ministerio de Pesqueria la

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