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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (09/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de diciembre de 2011 454648 FUNCIONAL 044 : Salud Individual SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0096 : Atención Médica Básica ACTIVIDAD 1.043489 : Mejorar la alimentación y nutrición del menor de 36 meses FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 765 986,00 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 328 280,00 ------------------- TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTAL 001 1 094 266,00 =========== SECCION PRIMERA : Gobierno Regional PLIEGO 440 : Gobierno Regional de Amazonas UNIDAD EJECUTORA 003 : Gerencia Subregional Condorcanqui PROGRAMA ESTRATEGICO 002 : Salud Materno Neonatal FUNCION 20 : Salud PROGRAMA FUNCIONAL 044 : Salud Individual SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0096 : Atención Médica Básica ACTIVIDAD 1.043488 : Reducción de la morbilidad y mortalidad materna FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 765 986,00 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 328 280,00 ------------------ TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTAL 002 1 094 266,00 ========== TOTAL PLIEGO 440 2 188 532,00 =========== TOTAL EGRESOS 3 046 002,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Modifi cación del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 194-2011-EF Modifíquese el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 194-2011-EF, en cuanto a la cadena de gasto incluida en dicho artículo, la cual queda redactada de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Objeto (...) A LA: En Nuevos Soles (...) PLIEGO 455 : Gobierno Regional de Moquegua UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Moquegua FUNCION 05 : Orden Público y Seguridad PROGRAMA FUNCIONAL 016 : Gestión de Riesgos y Emergencias SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0036 : Atención Inmediata de Desastres ACTIVIDAD 1.077985 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios 1 997 348,00 ------------------ TOTAL PLIEGO 455 1 997 348,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 5 157 953,00 =========” Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 726670-7 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 en el marco del Programa de Modernización Municipal DECRETO SUPREMO Nº 222-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, en su Primera Disposición Complementaria Final, crea el Fondo de Gestión y Modernización Municipal (2011-2013), de carácter intangible y destinado a fi nanciar el Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, señalando que la asignación de los recursos a favor de los Gobiernos Locales se sujeta al cumplimiento de metas y plazos, conforme a los procedimientos reglamentarios y criterios que se aprueben mediante Decreto Supremo del Ministerio de Economía y Finanzas; y que la incorporación de recursos a favor de los Gobiernos Locales se realiza mediante Decreto Supremo, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, previo cumplimiento de metas e informe de la Dirección General de Presupuesto Público del citado Ministerio; Que, para el fi nanciamiento del Programa de Modernización Municipal en el presente año, a través de la mencionada Disposición Complementaria Final, se autoriza la transferencia de la suma de QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 500 000 000, 00) al Fondo de Gestión y Modernización Municipal (2011-2013);