Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2011 (09/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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indicadores por grupos, senalados en el Anexo Nº 02: "Indicadores para la aplicacion del MORDAZA por Desempeno del Ministerio Publico, segun grupos". Estos indicadores tienen por objeto medir los cambios en la eficiencia, eficacia, cobertura o calidad de los servicios que realiza el Ministerio Publico. CAPITULO II DE LA EVALUACION PARA EL OTORGAMIENTO DEL MORDAZA POR DESEMPENO Articulo 7º.- Del organo responsable de la evaluacion La Comision de Alto Nivel dispuesta por Resolucion de Fiscalia de la Nacion Nº 11-2011-MP-FN es el organo responsable de la evaluacion de los indicadores para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno al personal del Ministerio Publico. Para tal efecto, la Oficina Central de Tecnologias de la Informacion del Ministerio Publico se encargara de brindar la informacion estadistica, conforme a los indicadores que corresponden a cada nivel y especialidad. Dicha informacion sera extraida de los siguientes sistemas de informacion: Sistema de Informacion de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF), Sistema de Gestion Fiscal (SGF), Sistema de Informacion Estadistica (SIE) y Sistema de Apoyo a la Funcion Fiscal de Control Interno (SIAFCI). Articulo 8º.- De la evaluacion La evaluacion de los indicadores para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno se realiza de acuerdo a los siguientes lineamientos: a) El Ministerio Publico publicara en su MORDAZA institucional, en un plazo no mayor a cinco (05) dias calendario contados desde la publicacion de la presente MORDAZA, la Directiva que establece las disposiciones internas para el adecuado registro de la informacion utilizada para los indicadores y el procedimiento realizado para su seguimiento, asi como el organo responsable de consolidar la informacion de los resultados de la evaluacion. Asimismo, comprendera los criterios utilizados para la seleccion de los beneficiarios en el caso establecido en el inciso e) del articulo 10º de la presente norma. Las disposiciones contenidas en la citada Directiva deben garantizar la veracidad del avance de cada fiscalia, asi como la eficacia y eficiencia del personal al interior de la misma. b) En un plazo no menor a cinco (5) dias calendario, previos a la remision del "Informe de Evaluacion de Desempeno" a que hace referencia el inciso c) del presente articulo, el Ministerio Publico MORDAZA a conocer, mediante publicacion en su MORDAZA institucional, el resultado de la evaluacion mostrando el valor de cada uno de los indicadores por fiscalia, el valor del indicador final y el ranking de fiscalias por grupo, senalando las fiscalias ganadoras. c) En un plazo de quince (15) dias calendario posteriores a la publicacion del presente Reglamento, el Titular del Ministerio Publico remite a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas el "Informe de Evaluacion de Desempeno". En este informe se debera establecer lo siguiente: (i) La conformidad al cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente reglamento: (ii) El resultado de la evaluacion y la seleccion de las fiscalias ganadoras al interior de cada grupo, de acuerdo a los lineamientos senalados en el Anexo Nº 03 "Guia Metodologica para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno". (iii) La justificacion respecto a que las fiscalias premiadas MORDAZA las que alcanzaron mejor desempeno al interior de su agrupacion. (iv) La justificacion respecto a que el porcentaje de personas premiadas al interior de cada grupo no supere el diez por ciento (10%) del personal que integra el respectivo grupo. (v) La justificacion respecto a que el personal premiado en cada fiscalia ha cumplido con los requisitos senalados en el articulo 11º del presente reglamento.

El "Informe de Evaluacion de Desempeno" debera contar con la opinion favorable de la Oficina Central de Planificacion y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica, o quien haga sus veces, en la entidad. Asimismo, MORDAZA de dicho informe debera remitirse al Organo de Control Institucional del Ministerio Publico, y ser publicado en su MORDAZA institucional. Articulo 9º.- Periodo de evaluacion La evaluacion para la seleccion de las fiscalias cuyo personal sera beneficiario del MORDAZA por Desempeno se efectua en el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de octubre del ano 2011. CAPITULO III DE LA ASIGNACION DEL MORDAZA Articulo 10º.- De la determinacion del personal beneficiario El personal beneficiario del MORDAZA por Desempeno se determina de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Las fiscalias que conforman cada grupo, senalados en el articulo 5° del presente reglamento, seran evaluadas segun los indicadores que les corresponda por especialidad, establecidos en el Anexo N° 02: "Indicadores para la aplicacion del MORDAZA por Desempeno del Ministerio Publico, segun grupos". b) En el MORDAZA de evaluacion de cada fiscalia se toma en cuenta el numero de trabajadores que laboran en MORDAZA, considerandose ademas al personal sujeto al Decreto Legislativo N°1057, que regula el Regimen Especial de CAS. c) El numero de personal beneficiado con el MORDAZA por Desempeno al interior de cada grupo, no debera superar el diez por ciento (10%) del personal que conforma el grupo. d) Al interior de cada grupo se determina como beneficiarios del MORDAZA por Desempeno al personal de la fiscalia que obtuvo el primer lugar en el grupo, asi como al personal de las siguientes fiscalias, hasta premiar al numero de beneficiarios referido en el inciso c) precedente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento. e) Si como resultado de la aplicacion del procedimiento senalado en los incisos precedentes, no hubiera posibilidad de beneficiar a todo el personal de la MORDAZA dependencia ganadora del grupo, sino solo a un numero limitado de personas, el responsable de dicha fiscalia debera seleccionar a los beneficiarios del MORDAZA por Desempeno en el grupo, de acuerdo a los criterios dispuestos en la Directiva a que se refiere el inciso a) del articulo 8º de la presente norma. Articulo 11°.- Requisitos para participar El personal beneficiario determinado de acuerdo a lo senalado en el articulo 10º precedente, tiene derecho a recibir el MORDAZA por Desempeno siempre que reuna todos los siguientes requisitos: a) Haber laborado, en forma efectiva, al menos la mitad del periodo de evaluacion mas un (01) dia, en las fiscalias que resulten ganadoras, de conformidad con el procedimiento establecido en el articulo 10º del presente reglamento. b) No haber sido objeto de sancion disciplinaria por el organo competente del Ministerio Publico, durante el periodo de evaluacion. c) No haber sido separado, suspendido o destituido del ejercicio de sus funciones por el organo competente, durante el periodo de evaluacion. d) No haber sido sentenciado por delitos dolosos durante el periodo de evaluacion. Articulo 12°.- Del Financiamiento El MORDAZA por Desempeno se financia con cargo al Presupuesto Institucional de Ministerio Publico. Para tal efecto, el Ministerio de Economia y Finanzas transferira los recursos necesarios para su otorgamiento con cargo a lo establecido en el articulo 44º de la Ley Nº 28411, Ley

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