Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2011 (09/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de diciembre de 2011

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de diciembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas 726670-8

en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de diciembre del ano dos mil once OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas REGLAMENTO DEL OTORGAMIENTO DEL MORDAZA POR DESEMPENO DEL ANO 2011 A FAVOR DE HASTA EL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LAS FISCALIAS PROVINCIALES, SUPERIORES Y SUPREMAS DEL MINISTERIO PUBLICO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Del MORDAZA por Desempeno El MORDAZA por Desempeno es un incentivo que se otorga, por unica vez, a favor de hasta el diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en las fiscalias provinciales, superiores y supremas del Ministerio Publico, conforme a lo senalado en el articulo 4º del presente Reglamento, por los resultados alcanzados en el cumplimiento de metas y objetivos institucionales, lo que incluye la mejora en la gestion institucional durante el periodo evaluado. Articulo 2º.- Naturaleza del MORDAZA por Desempeno El MORDAZA por Desempeno no tiene caracter remunerativo, compensatorio, ni pensionable; y no se encuentra sujeto a cargas sociales. Asimismo, no constituye base de calculo para la compensacion por tiempo de servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas. Articulo 3º.- Monto de los recursos a distribuir El monto del MORDAZA por Desempeno que se otorga a cada beneficiario es equivalente a TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 500,00), el cual sera otorgado en el mes de diciembre de 2011. En ningun caso, el personal beneficiado recibira mas de un MORDAZA por Desempeno. Articulo 4º.- Alcance del MORDAZA por Desempeno El MORDAZA por Desempeno se otorga al personal que presta servicios en las fiscalias provinciales, superiores y supremas del Ministerio Publico, determinado segun el procedimiento establecido en el presente Reglamento, en un numero que no exceda el 10% del personal que presta servicios en las referidas fiscalias, calculado al final del periodo de evaluacion. Dicho otorgamiento incluye a las personas sujetas al Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS). El MORDAZA tambien se otorga al personal que MORDAZA cesado durante el ano 2011, pero que MORDAZA tenido la condicion de activo durante el periodo de evaluacion, y siempre que cumpla los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Articulo 5º.- De la Agrupacion Para efectos de la aplicacion del presente Reglamento, las fiscalias del Ministerio Publico sujetas al alcance del MORDAZA por Desempeno se encuentran distribuidas en cuarenta (40) grupos, cuya conformacion se detalla en el Anexo Nº 01: "Grupos establecidos para la competencia por el MORDAZA por Desempeno del Ministerio Publico". Articulo 6º.- De los Indicadores Para efecto de la evaluacion de desempeno para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno se utilizan

Aprueban el Reglamento del Otorgamiento del MORDAZA por Desempeno del Ano 2011 a favor de hasta el diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en las Fiscalias Provinciales, Superiores y Supremas del Ministerio Publico
DECRETO SUPREMO Nº 223-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, modificado mediante Decreto de Urgencia N° 041-2011, autoriza, entre otros, al Ministerio Publico a otorgar un MORDAZA por Desempeno por el cumplimiento de metas y objetivos institucionales, a favor de hasta el diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en las fiscalias provinciales, superiores y supremas del Ministerio Publico, el cual es otorgado en el mes de diciembre de 2011, en funcion a la evaluacion, medicion y calificacion del desempeno correspondiente. La referida MORDAZA dispone, asimismo, que el Ministerio de Economia y Finanzas reglamenta mediante decreto supremo el otorgamiento del citado MORDAZA, incluyendo disposiciones sobre indicadores y compromisos de gestion; Que, considerando que en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, aprobado por la Ley Nº 29626, se han consignado los recursos necesarios para atender el MORDAZA por Desempeno establecido en el numeral 8.1 del articulo 8º de la mencionada Ley, es necesario dictar las normas reglamentarias para que el Ministerio Publico pueda realizar las acciones conducentes a su otorgamiento; De conformidad con lo establecido por el articulo 118° numeral 8) de la Constitucion Politica del Peru; el articulo 8°, numeral 2, inciso e) de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, el numeral 8.1 del articulo 8° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, modificado mediante Decreto de Urgencia Nº 041-2011; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion del Reglamento Apruebese el Reglamento del otorgamiento del MORDAZA por Desempeno del ano 2011, a favor de hasta el diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en las fiscalias provinciales, superiores y supremas del Ministerio Publico, establecido en el numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, modificado mediante Decreto de Urgencia Nº 041-2011, el cual consta de doce (12) articulos, dos (2) disposiciones complementarias finales y tres (3) Anexos que forman parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Publicacion de los Anexos Publiquese los Anexos referidos en el articulo 1° del presente Decreto Supremo, en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe),

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