Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2011 (09/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES
FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA : SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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Que, de otro lado, el articulo 6º de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Programa de Modernizacion Municipal, del Ano Fiscal 2011, aprobados por Decreto Supremo N° 190-2010-EF, establece que los recursos del Programa de Modernizacion Municipal para el ano fiscal 2011 seran distribuidos a las Municipalidades que cumplan con las metas establecidas para dicho ano; Que, adicionalmente, el numeral 3.2 del articulo 3º del Decreto Supremo Nº 187-2011-EF, MORDAZA que incorpora disposiciones y modifica procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal y del Programa de Modernizacion Municipal, dispone que la transferencia de los recursos a favor de los Gobiernos Locales que hayan cumplido con las metas del ano fiscal 2011 del referido Programa, se realiza en forma conjunta con los recursos no asignados por el incumplimiento de las metas senaladas en el articulo 9º de los procedimientos aprobados por Decreto Supremo 190-2010-EF; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 017-2011EF/50.01 se aprobaron los resultados de la evaluacion del cumplimiento de las metas anuales del Programa de Modernizacion Municipal correspondientes al Ano Fiscal 2011; posteriormente, con la Resolucion Directoral Nº 0192011-EF/50.01 se incorporaron resultados adicionales a la evaluacion del cumplimiento de las metas del Programa, en razon a la informacion complementaria brindada por la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Consejo Nacional de la Competitividad y la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Direccion General de Presupuesto Publico se cuenta con los recursos para realizar las respectivas transferencias, conforme el articulo 45º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en cuyo efecto la transferencia de los recursos a los Gobiernos Locales, se realizara en el mes de diciembre del presente ano fiscal; De conformidad con lo establecido por el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, el numeral 3 del articulo 11° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 190-2010-EF que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de recursos del Programa de Modernizacion Municipal y su modificatoria; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 500 000 000,00) a favor de los Gobiernos Locales que se detallan en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante del presente decreto supremo; para financiar las acciones que desarrollen los citados Gobiernos Locales, de conformidad con el numeral 8.4 del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 190-2010-EF, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles

500 000 000,00 -------------------500 000 000,00 ============= En Nuevos Soles

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 5 : Recursos Determinados SUBTOTAL 500 000 000,00 ============

1.2 Los pliegos habilitados senalados en el Anexo N° 1 del presente decreto supremo, incorporan los citados recursos en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, conforme lo dispone la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, y sujetandose a lo establecido en el articulo 2° de la presente norma. Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° del presente decreto supremo, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida, dentro de los cinco (05) dias de aprobada, a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente decreto supremo. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente decreto supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Del plazo para la transferencia de recursos Los recursos a los que se hace referencia en el articulo 1° del presente decreto supremo, se transfieren a los Gobiernos Locales detallados en el Anexo N° 1 que forma parte integrante del presente dispositivo legal, en el mes de diciembre del presente ano fiscal. Articulo 5°.- Publicacion El Anexo que contiene la relacion de los Gobiernos Locales a los cuales se destinaran los recursos autorizados en el articulo 1° del presente decreto supremo, se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 6°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General FUNCION 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico

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