Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2011 (23/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 4.- ACCIONES OBLIGATORIAS DE ASISTENCIA, PROTECCION Y DENUNCIA Son acciones obligatorias de asistencia, proteccion y denuncia las siguientes: EN INSTITUCIONES ALBERGUES: EDUCATIVAS Y/O

4.1. Por parte del Director de la Institucion Educativa y en coordinacion con las Unidades de Gestion Educativa Local y los Directores de las Instituciones Educativas y Directores de Albergue: 4.1.1. Ante comunicacion inmediata del inferior jerarquico sobre cualquier acto definido en el articulo MORDAZA, debera brindar asistencia y proteccion, coordinar con el servicio de salud mas cercano para que se brinde la atencion correspondiente, coordinar con el Ministerio Publico interponer la denuncia respectiva, comunicar de inmediato a los familiares, padres de familia o tutores en caso sea menor de edad. 4.1.2. Disponer que la victima no permanezca laboralmente cerca ni bajo dependencia del presunto responsable, para lo cual debera disponer las acciones necesarias de traslado, rotacion o suspension en el cargo que ejerce el presunto responsable y de ser necesario de la victima. 4.1.3. Disponer el inicio de las acciones de investigacion administrativa para determinar las responsabilidades del caso. 4.2. Por parte del Personal Docente, Administrativo o de Servicio: 4.2.1. Comunicacion inmediata al Director de la Institucion Educativa y/o superior Jerarquico de cualquier acto definido en el articulo MORDAZA, sin perjuicio de realizar la denuncia respectiva. EN OTRAS DEPENDENCIAS 4.3. Por parte de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces: 4.3.1. Efectivizar las disposiciones por las cuales la victima no debe permanecer laboralmente cerca ni bajo dependencia del presunto responsable, para lo cual cumplira con las acciones de traslado, rotacion o suspension en el cargo que ejerce el presunto responsable y de ser necesario de la victima. 4.4. Por parte del Superior Jerarquico o Jefe de la Oficina de Recursos Humanos 4.4.1. Frente a cualquier comunicacion inmediata del inferior jerarquico sobre cualquier acto definido en el articulo MORDAZA, debera brindar asistencia y proteccion, coordinar con el servicio de salud mas cercano para que se brinde la atencion correspondiente, coordinar con el ministerio publico y/o fiscalia e interponer la denuncia respectiva, comunicar de inmediato a los familiares, padres de familia o tutores en caso sea menor de edad. 4.4.2. Disponer que la victima no permanezca laboralmente cerca ni bajo dependencia del presunto responsable, para lo cual debera disponer las acciones necesarias de traslado, rotacion o suspension en el cargo que ejerce el presunto responsable y de ser necesario de la victima. 4.4.3. Disponer las acciones de investigacion administrativa para determinar las responsabilidades del caso. 4.5. Por parte del personal 4.5.1. Comunicacion inmediata al superior jerarquico del presunto responsable y/o Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de cualquier acto definido en el articulo MORDAZA, sin perjuicio de realizar la denuncia respectiva. Articulo 5.- ACCIONES OBLIGATORIAS DE DETERMINACION DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVA Y/O SANCION Verificado el hecho y realizada la denuncia, el Superior Jerarquico o Jefe de dependencia verificara si el presunto

responsable se encuentre bajo el regimen de la MORDAZA publica administrativa, en cuyo caso, de forma inmediata, pondra los hechos en conocimiento de la Comision de MORDAZA Administrativo Disciplinario, en caso se identifique que el supuesto agresor mantiene otro vinculo a traves de la prestacion de servicios u otros, pondra en conocimiento de la Oficina de Administracion o la que haga sus veces a efectos que proceda a: (a) Suspension del servicio o labor contratada (b) Evaluacion para la resolucion del contrato respectivo y (c) Determinacion de otras medidas disciplinarias acorde al regimen que le corresponda. DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Primera: En el caso que no exista oficina o persona encargada de los recursos humanos o de relaciones publicas, las acciones descritas en los numerales 3.4 y 4.4. de los articulos 3º y 4º respectivamente, seran cumplidas por el director o jefe de cualquiera de las dependencias del Gobierno Regional descritas en el articulo primero. Segunda: Las disposiciones contenidas en la presente MORDAZA son supletorias y complementarias al MORDAZA normativo legal nacional y regional vigente sobre proteccion de victimas y/o actuacion de funcionarios y servidores publicos. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de noviembre de 2011. HENRRY MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los nueve dias del mes de diciembre del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 731791-1

Aprueban Agenda Legislativa para el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA correspondiente al Periodo 2011-2014
ORDENANZA REGIONAL Nº 152 -AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el concepto de desarrollo actualmente debe ser enfocado bajo la vision de desarrollo sostenible o sustentable; siendo aquel, por el cual se concibe el bienestar de nuestra sociedad en MORDAZA con el medio ambiente y el crecimiento economico existente. Que, bajo esa optica todas las Naciones integrantes de la Organizacion de las Naciones Unidas ­ ONU han convenido en un plan ejecutable por cada una de ellas denominado Objetivos de Desarrollo del Milenio, que aborda ocho (08) propuestas, las cuales son: (a) Erradicar la Pobreza Extrema y el Hambre, (b) Asegurar la educacion universal, (c) Promover la igualdad entre generos, (d) Reducir la mortalidad infantil, (e) Mejorar la Salud Materna, (f) Combatir el VIH/Sida, La Malaria y otras enfermedades, (g) Promover la Sostenibilidad del Medio Ambiente (h) Fomentar una Asociacion Mundial; asi mismo el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ­ PNUD, ha acunado el termino Desarrollo Humano, por el cual se plantea que las Politicas de Estado esten dirigidas a alcanzar el bienestar de la sociedad no solo

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