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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (23/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de diciembre de 2011 455384 - Zonas de Servicio, en función al peso de barrido que presente cada una de las seis casas vecinales. - El uso del predio, en función al peso de barrido que presente cada tipo de predio. El Informe Técnico precisa la categorización de los predios. - El frontis que presenten los predios. Artículo 6º.- Criterios de distribución del costo del servicio de recolección de residuos sólidos El costo que demanda la prestación del servicio se distribuirá considerando los siguientes criterios: 6.1. Para el caso de predios destinados a vivienda. - Zonas de Servicio, considerando el recojo de residuos sólidos que se efectúe en cada una de las seis casas vecinales. - El peso de residuos sólidos que presenten los predios de casa habitación. - El tamaño del predio, expresado como el área construida que presente el predio. - El número de habitantes del predio, expresado en el número promedio por cada una de las seis casas vecinales. 6.2. Para el caso de predios destinados a usos distintos a vivienda. - Zonas de Servicio, considerando el recojo de residuos sólidos que se efectúe en cada una de las seis casas vecinales. - El uso del predio, considerando el peso de residuos sólidos que presenten los predios distintos de casa habitación. El Informe Técnico precisa la categorización de los predios. - El tamaño del predio, expresado como el área construida que presente el predio. Artículo 7º.- Criterios de distribución del costo del servicio de mantenimiento de parques y jardines El costo que demanda la prestación del servicio se distribuirá considerando los siguientes criterios: - El nivel de afl uencia que presente el predio, para lo cual los predios del Cercado de Lima son agrupados en función a la categorización siguiente; Afl uencia muy baja; Afl uencia baja; Afl uencia media; Afl uencia alta; y, Afl uencia muy alta. El Informe Técnico precisa la categorización de los predios considerando el nivel de afl uencia que presenten. - La ubicación del predio con relación al área verde, criterio preeminente que permite asignar una tasa dependiendo de su nivel de cercanía con el área verde. Artículo 8º.- Criterios de distribución del costo del servicio de serenazgo El costo que demanda la prestación del servicio de serenazgo, se distribuirá en función a los siguientes criterios: El costo que demanda la prestación del servicio se distribuirá en función a los siguientes criterios: - Zonas de Servicio, considerando el servicio se distribuirá ojo de residuos sólidos que se efectúe en cada una de las seis casas vecinales. - El uso del predio, en función al índice de peligrosidad que presenten los predios. El Informe Técnico precisa la categorización de los predios. Artículo 9º.- Aplicación del esquema de subvención La presente Ordenanza prevé, de manera posterior a la aplicación de los criterios de distribución de los arbitrios, un esquema de subvenciones aplicable conforme los términos y condiciones previstas en el Informe Técnico. Artículo 10º.- Incentivos para el pago Establézcase para el ejercicio 2012 un descuento del cinco por ciento (5%) sobre el importe total de los arbitrios a pagar para aquellos contribuyentes que opten por la cancelación de las cuatro cuotas trimestrales del ejercicio 2012 dentro del plazo de vencimiento del primer trimestre. DISPOSICION TRANSITORIA ÙNICA.-Suspéndase por única vez y por excepción, la aplicación de lo establecido en el literal b) del artículo 8º de la Ordenanza 1533 publicada el 27 de junio del 2011, para efectos de la ratifi cación de las Ordenanzas que aprueben arbitrios correspondientes al Ejercicio 2012 DISPOSICIONES FINALES Primera.- Para efectos de la presente Ordenanza, resultan de aplicación las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 562, que aprueba el marco del régimen tributario de los arbitrios municipales en el Cercado de Lima. Segunda.- Los contribuyentes, de considerarlo necesario, podrán presentar una declaración jurada a fi n de modifi car la información consignada en la determinación de los arbitrios municipales. Tercera.- Facultar al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima – SAT, a dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2012. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 22 de diciembre de 2011 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 732903-2 Establecen fechas de vencimiento para el pago de tributos municipales correspondientes al Ejercicio 2012 ORDENANZA Nº1578 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre del 2011 el Dictamen Nº 244-2011- MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización; Aprobó la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2012 Artículo Primero.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2012 vence: - Pago al contado:29 de febrero. - Pago Fraccionado Primera cuota : 29 de febrero. Segunda cuota : 31 de mayo. Tercera cuota : 31 de agosto. Cuarta cuota : 30 de noviembre. Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo. La obligación de pago de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2012 vence: - Pago al contado : 29 de febrero. - Pago Fraccionado