Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2011 (29/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

456747

Que, por Oficio Nº 027-2011-DM-PD recibido con fecha 25 de agosto de 2011, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente del Directorio de la Promotora, remite a este Consejo Nacional las subsanaciones a las observaciones de la Parte A y B del Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, en cumplimiento de lo solicitado y dentro del plazo concedido; Que, por Informe Legal Nº 292-2011-CONAFU-CJ de fecha 08 de setiembre de 2011, la Comision Juridica del CONAFU informa que el administrado ha levantado las observaciones formuladas con respecto a la Parte B del Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, por lo que la Comision Juridica opina que el mencionado proyecto se encuentra apto para su admision a tramite correspondiente a su Parte "B"; Que, con Oficio Nº 794-2011-CONAFU-CDAA de fecha 13 de setiembre de 2011, la Comision Academica, informa que el Presidente del Directorio de la Promotora, remite el levantamiento de observaciones al Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, el mismo que ha cumplido con levantar las observaciones planteadas a la Parte A y B, por lo que sugiere al Pleno del CONAFU: Admitir a tramite la solicitud el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, correspondiente a su parte "A y B" y se proceda a la conformacion de la Comision Calificadora; Que, el articulo 11º del Reglamento, establece: "Con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, de acuerdo al MORDAZA vigente, programando una entrevista de los promotores y los miembros del Consejo Directivo propuestos con los Consejeros del CONAFU, con la finalidad de conocer, sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto. Luego el expediente sera puesto a consideracion del Pleno del CONAFU para su admision a tramite; Que, con fecha 12 de octubre de 2011, se llevo a cabo la entrevista de los Promotores y la Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, con los miembros del Pleno del CONAFU, en cumplimiento con el articulo 11º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Escuelas de Postgrado No Pertenecientes a Universidades, aprobado mediante Resolucion Nº 534-2008-CONAFU de fecha 19 diciembre de 2008; Que, en la sesion de fecha 03 de noviembre de 2011, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 662-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Gerente General de la Promotora de la "Derrama Magisterial Sistema de Seguridad y Bienestar Social del Magisterio", con los siguientes Programas de Postgrado: Maestria en Educacion y Maestria en Gestion Publica, bajo el Regimen Legal del Decreto legislativo Nº 882 y Designar a los miembros de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, quedando integrada por el Consejero del CONAFU Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Presidente, Dr. MORDAZA Rodenas Seytuque en calidad de Secretario y Dr. MORDAZA Hiber MORDAZA MORDAZA en calidad de Vocal; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Gerente General de la Promotora de la "Derrama Magisterial - Sistema de Seguridad y Bienestar Social del Magisterio", con los siguientes Programas de Postgrado: Maestria en Educacion y Maestria en Gestion Publica, bajo el Regimen Legal del Decreto legislativo Nº 882.

Articulo Segundo.- DESIGNAR a los miembros de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, la misma que estara integrada por los siguientes profesionales:

NOMBRES Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA Rodenas Seytuque Dr. MORDAZA Hiber MORDAZA MORDAZA

CARGOS Presidente Secretario Vocal

Articulo Tercero.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado de la Derrama Magisterial, organizada como Persona Juridica de Derecho Privado, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882 y las normas que resulten aplicables de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General

733763-1

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Modifican la Res. N° 1365-2011-ANR, sobre conformacion de Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION N° 1500-2011-ANR
MORDAZA, 13 de diciembre de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La Resolucion Nº 1365-2011-ANR, de fecha 25 de noviembre de 2011; el memorando Nº 1112-2011-SE, de fecha 09 de diciembre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 201.1 del articulo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que los errores material y aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision, debiendo adoptarse las mismas formas y modalidades de comunicacion o publicacion del acto original; Que, el articulo 2º de la Resolucion Nº 1365-2011ANR, dispone conformar una Comision de Orden y Gestion para la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica, presidida por el Dr. MORDAZA MORDAZA Amat Olazabal; Que, por error material involuntario respecto a los nombres del referido profesional, se consigno el apellido MORDAZA, debiendo ser Olazaval; Que, mediante memorando Nº 1112-2011-SE, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion por la que se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.