Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2011 (29/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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· Reglamento de las Inscripciones de 1936. · Reglamento General de los Registros Publicos. 5. CONTENIDO DE LA DIRECTIVA En atencion a los antecedentes y consideraciones expuestos, se establecen las siguientes reglas: 5.1 Concesiones Inscribibles en el Registro de Concesiones para la explotacion de servicios publicos En el Registro de Concesiones para la explotacion de servicios publicos a que se refiere la Ley Nº 26366, se inscribiran las siguientes concesiones: a) Concesiones de obras publicas de infraestructura. b) Concesiones para la explotacion de servicios publicos. c) Otras concesiones que no MORDAZA inscribibles en registros especiales. 5.2 Lugar de Inscripcion de las Concesiones Las Concesiones senaladas en el numeral anterior se inscribiran en el Registro de Concesiones para la explotacion de servicios publicos de la Oficina Registral del lugar donde se encuentre la sede principal de la empresa concesionaria. 5.3 Actos inscribibles en la partida de la concesion En la partida de la concesion se inscriben los siguientes actos: a) Concesion b) Hipoteca c) Servidumbres reconocidas o impuestas a favor de la Concesion. d) La transferencia de la concesion. e) La caducidad de la concesion. f) La declaratoria de fabrica de las obras necesarias para la explotacion o aprovechamiento economico de la concesion. g) Las transferencias fiduciarias del derecho de concesion. h) Los demas actos o contratos que regulen, modifiquen o extingan la concesion o demas actos inscribibles, de acuerdo con el Codigo Civil, normas especiales y la presente directiva. 5.4 Titulo para la inscripcion de la concesion y contenido del asiento La inscripcion de la concesion se realiza en merito a los partes notariales o testimonio de la escritura publica del contrato de concesion, acompanado de la MORDAZA certificada del acta o acuerdo de adjudicacion o resolucion autoritativa respectiva, segun corresponda, salvo que se encuentre inserta en la escritura publica. En el asiento de inscripcion de la concesion se MORDAZA constar ademas de los datos previstos en el articulo 50° del Reglamento General de los Registros Publicos, las causales de suspension de la concesion contenidas en el contrato de concesion. 5.5 Anotacion de la concesion en las partidas registrales de los bienes Si los bienes que integran la obra publica o los que estan afectados a la concesion se encuentran registrados, en las partidas de inscripcion respectivas se extenderan anotaciones que publiciten la afectacion indicada, consignandose los datos de inscripcion de la concesion. En los casos en que los bienes mencionados en el parrafo anterior solo esten afectados parcialmente, la anotacion debera consignar tal situacion, precisandose la parte afectada a la concesion. 5.6 Inscripcion de la hipoteca a que se refiere el articulo 3° de la Ley N° 26885 La hipoteca a que hace alusion el articulo 3° de la Ley N° 26885 se inscribira en el Registro de Concesiones para la explotacion de servicios publicos, en la partida registral de la concesion respectiva. 5.7 Requisitos para la inscripcion de la Hipoteca. La inscripcion de la hipoteca que grava la concesion se realizara en merito a los partes notariales o testimonio de la escritura publica de constitucion de hipoteca sobre la concesion de obras publicas de infraestructura y servicios publicos, acompanada de la MORDAZA certificada de la autorizacion para la constitucion de la hipoteca otorgada

por el sector u organismo correspondiente, salvo que conste como inserto en la escritura publica de constitucion. El Registrador, no podra solicitar documentacion adicional alguna, salvo aquellos documentos necesarios para acreditar la representacion y las facultades de los representantes de los intervinientes. 5.8 Documentos adicionales que se adjuntan en los casos de inscripcion de hipoteca sobre el derecho de concesiones no inscritas Tratandose de la inscripcion de la hipoteca sobre el derecho de concesiones de obras publicas de infraestructura y servicios publicos no inscritas se adjuntara, ademas de los documentos senalados en el numeral precedente, el parte notarial o testimonio de la escritura publica del contrato de la concesion materia de la hipoteca y la MORDAZA certificada del acta o acuerdo de adjudicacion respectiva o resolucion autoritativa, segun corresponda, salvo que esta se encuentre inserta en la escritura publica del contrato de concesion. En este caso, previo pago de los derechos registrales, el Registrador procedera a inscribir de oficio la concesion MORDAZA de extender el asiento de inscripcion de la hipoteca. 5.9 Datos del asiento de Inscripcion de hipoteca El asiento de inscripcion de la hipoteca sobre una concesion de obra publica de infraestructura y servicios publicos contendra, ademas de los datos senalados en el articulo 50° del Reglamento General de los Registros Publicos, los siguientes: a) Los datos de identificacion del constituyente de la hipoteca, del acreedor y del deudor garantizado, en caso este sea distinto del titular de la concesion. b) El monto del gravamen o, en su caso, el criterio establecido para su determinacion. c) La MORDAZA de que la obligacion garantizada es determinada o determinable. d) La fecha de vencimiento del plazo del credito garantizado, cuando conste en el titulo. e) La forma de ejecucion de la hipoteca. 5.10 Inscripcion de servidumbres constituidas a favor de la concesion La inscripcion de las servidumbres constituidas a favor de la concesion, en la partida de esta, se realizara en merito a los siguientes documentos: a) Partes notariales o testimonio de la escritura publica del contrato en virtud del cual se constituye la servidumbre o, MORDAZA certificada de la resolucion administrativa que reconozca o imponga la servidumbre expedida por funcionario autorizado de la institucion que conserva en su poder la matriz. Cuando la normatividad asi lo establezca, debera acreditarse que la resolucion administrativa ha quedado firme o se ha agotado la via administrativa; b) Planos, georreferenciados a la Red Geodesica Nacional referida al datum y proyeccion en coordenadas oficiales, del area afectada con la servidumbre, acompanada de la respectiva memoria descriptiva. Si la servidumbre recae sobre predios registrados, se consignara en el asiento de inscripcion de la servidumbre el numero de las partidas de los predios afectados, extendiendose las respectivas anotaciones de correlacion en cada una de dichas partidas. El registrador del Registro de Concesiones para la explotacion de servicios publicos competente para calificar la inscripcion de la servidumbre en la partida de la concesion, tiene competencia nacional a efectos de extender las anotaciones de correlacion en las partidas de los predios afectados. 5.11 De la intervencion del area de Catastro de la MORDAZA Registral en la que se solicita la inscripcion de la servidumbre Para la inscripcion de la servidumbre en la partida de la concesion, el area de catastro debe informar con relacion a los predios sobre los que recae el gravamen precisando si se encuentran inscritos o no. Si el area afectada con la servidumbre esta localizada fuera del ambito territorial de la MORDAZA registral en la cual se solicita la inscripcion de la servidumbre, el registrador solicitara informe a la oficina de catastro de la MORDAZA o zonas registrales bajo cuya competencia territorial se encuentra dicha area. En este caso, el gerente de area

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