TEXTO PAGINA: 46
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457208 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Dictan medidas en materia de personal, bienes y servicios del OSINERGMIN para el Año Fiscal 2012 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 143-2011-OS/PRES Lima, 28 de diciembre de 2011 VISTA: La propuesta conjunta de la Ofi cina de Planeamiento y Control de Gestión y Ofi cina de Administración y Finanzas, respecto de las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público que le corresponde aprobar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minas (OSINERGMIN) para la ejecución de su presupuesto correspondiente al año fi scal 2012. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29812 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012” se aprueba el presupuesto anual de gastos que comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiendo medidas específi cas que regirá la gestión presupuestaria de los mismos; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la precitada Ley dispone en su literal e) que los organismos supervisores y reguladores de servicios públicos, mediante resolución de su respectivo titular, aprueban las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6.3 del artículo 6° de la Ley Nº 27332 “Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos” y en el primer párrafo del artículo 62° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y, Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia General. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Medidas en materia de personal 1.1 El ingreso de nuevo personal a OSINERGMIN estará permitido de acuerdo a lo siguiente: a) La designación en cargos de confi anza y de directivos superiores de libre designación y remoción, conforme a los documentos de gestión de la Entidad, a la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público y demás normatividad referida a la materia. b) La contratación se efectuará siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada. Entiéndase por plaza presupuestada al cargo contemplado en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) que cuente con el fi nanciamiento previsto en el Presupuesto Institucional y conforme al Presupuesto Analítico de Personal aprobado. c) Para el caso de la contratación a plazo fi jo para el reemplazo por cese del personal o suplencia temporal, quedando dichos contratos resueltos automáticamente cuando el personal materia de suplencia retome sus labores. Artículo 2°.- Medidas en materia de bienes y servicios 2.1 Los viajes al exterior que realicen los funcionarios de OSINERGMIN serán aprobados de conformidad con la normatividad vigente. En caso los viajes autorizados irroguen gastos al Estado, éstos deberán realizarse en categoría económica. 2.2 En ningún caso, el gasto mensual por servicios de telefonía móvil, servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de canales múltiples de selección automática (troncalizado) excederá al monto resultante de la multiplicación del número de equipos por Doscientos setenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 270,00), considerando dentro de dicho monto el costo del alquiler del equipo, así como al valor agregado al servicio, según sea el caso. La diferencia de consumo en la facturación es abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo conforme al procedimiento que se establezca en la mencionada Directiva. Esta restricción no es aplicable al Titular de la Entidad, Gerente General y Gerente Adjunto de Regulación Tarifaria. 2.4 La operación y uso de los teléfonos fi jos se hace mediante códigos individuales que permiten predeterminados privilegios de acceso (llamadas locales, nacionales o internacionales y a teléfono móvil), cuya utilización es de absoluta responsabilidad del propio usuario. En tal sentido, se dispone que: a) Las llamadas a teléfonos celulares, servicio nacional y servicio internacional estarán permitidas solo a los teléfonos asignados en los despachos de los titulares de la Alta Dirección, Gerencia General, Gerente Adjunto, Gerentes, Jefes de Ofi cina o funcionarios del mismo rango, Jefes de Unidad o de Área, así como sus respectivas secretarias. La excepción a esta norma será autorizada por el Gerente General. b) La Ofi cina de Sistemas informará mensualmente a cada Gerencia y Jefe de Ofi cina acerca del récord de llamadas telefónicas del personal de las mismas, a fi n de procurar un mejor control sobre dichos gastos. c) El servicio de roaming internacional no estará sujeto a restricciones cuando un funcionario de OSINERGMIN realice viajes al exterior y cuente con autorización expresa del Titular de la Entidad para la utilización de este servicio. Ord. CAP N° DENOMINACION DEL CARGO DEPENDENCIA Apellidos y Nombres Puntaje Obtenido Observación 4 168 REPRESENTANTE DE OFICINA DESCONCENTRADA ODSIS. - CAJAMARCA I Inga Palpa, Cristhian Roy 17.55 Ganador 5 176 REPRESENTANTE DE OFICINA DESCONCENTRADA ODSIS. - CAJAMARCA III Piedra Rios, Carlos Miguel 16.35 Ganador 6 178 ESPECIALISTA EN SISTEMA E INFORMÁTICA ODSIS. - CAJAMARCA III Requejo Navarro, Jersons Exfranshe 16.50 Ganador 7 179 REPRESENTANTE DE OFICINA DESCONCENTRADA ODSIS. - CERRO DE PASCO Cuellar Jauregui, Robert 16.20 Ganador 8 186 ESPECIALISTA EN SISTEMA E INFORMÁTICA ODSIS. - CUSCO Pineda Castro, Hernán Genaro 15.15 Ganador 9 220 ESPECIALISTA EN MERCADEO ODSIS. - LORETO Castro Arévalo, Ronny Fernando 15.65 Ganador 10 221 MEDICO SUPERVISOR ODSIS - LORETO Correa Avila, Cecilia 15.50 Ganador 11 246 MEDICO SUPERVISOR ODSIS - SAN MARTIN Campos Ortega, Juan Carlos 16.00 Ganador 735572-2