Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo con el articulo 34º del Decreto Supremo mencionado, en el caso de las Municipalidades, el Reglamento de Organizacion y Funciones debera aprobarse mediante Ordenanza Municipal. En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se aprobo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de actas la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad de San MORDAZA, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Disponer que el texto del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado en el articulo precedente y que forma parte de la presente Ordenanza, sea publicado en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanborja.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Articulo 3º.- Dejar sin efecto las Ordenanzas Nº 394-MSB y Nº 419-MSB, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones y su Modificatoria de la Municipalidad de San Borja. Articulo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal. Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Asesoria Juridica opino favorablemente respecto al proyecto del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad de San MORDAZA, el cual se ajusta a los lineamientos del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP). Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el MORDAZA proyecto de Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad de San Borja. Que, de acuerdo con el articulo 15º del Decreto Supremo mencionado, en el caso de las Municipalidades, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) debera aprobarse mediante Ordenanza Municipal. En uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de actas la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad de San MORDAZA, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Disponer que el texto del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) aprobado en el articulo precedente y que forma parte de la presente Ordenanza, sea publicado en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (www.munisanborja.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Articulo 3º.- Dejar sin efecto las Ordenanzas Nº 401MSB y Nº 449-MSB, que aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y su Modificatoria de la Municipalidad de San Borja. Articulo 4º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal. Articulo 5º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 468-MSB San MORDAZA, 17 de noviembre de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, en la XXII-2011 Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 17 de noviembre de 2011, el Dictamen Nº 0622011-MSB-CAL, de la Comision de Asuntos Legales, sobre la propuesta del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad de San Borja. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Ordenanza Nº 401-MSB de fecha 29 de octubre de 2007, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad de San MORDAZA, el mismo que fue modificado por la Ordenanza Nº 449-MSB de fecha 19 de noviembre de 2010. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-2011-MSB-C de fecha 17 de MORDAZA de 2011, se aprobo la Reestructuracion Administrativa y Organica de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante el Informe Nº 117-2011-MSB-GPEUR de fecha 17 de octubre de 2011, la Unidad de Racionalizacion presento informe tecnico sustentatorio de la nueva propuesta del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad de San MORDAZA, el cual optimiza los procesos y funcionamiento de los servicios municipales. Que, mediante el Informe Nº 805-2011-MSB-GAJ de fecha 02 de noviembre de 2011, la Gerencia de

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Aprueban Manual de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 469-MSB San MORDAZA, 17 de noviembre de 2011. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO, en la XXII-2011 Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 17 de noviembre de 2011, el Dictamen N° 0632011-MSB-CAL, de la Comision de Asuntos Legales, sobre la propuesta del Manual de Organizacion y Funciones (MOF) de la Municipalidad de San Borja. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Ordenanza Nº 326-MSB de fecha 25 de enero de 2005, se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 030-2011-MSB-C de fecha 17 de MORDAZA de 2011, se aprobo la Reestructuracion Administrativa y Organica de la Municipalidad de San Borja.

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