Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

sostenible colaborando en la generacion de una vision comun compartida; Por lo que; el Consejo Regional de MORDAZA, en uso de la facultad conferida por el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organizacion y funciones; HA DADO LA SIGUIENTE:

Dado en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil diez. MORDAZA DARGENT MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAYAN Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA

ORDENANZA REGIONAL
Articulo Primero.- CREASE LA COMISION AMBIENTAL REGIONAL de la Region MORDAZA - CAR CUSCO. Articulo Segundo.- La Comision Ambiental Regional de la Region MORDAZA, es un organo consultivo e instancia colegiada en materia ambiental y de recursos naturales del Gobierno Regional de Cusco. Articulo Tercero.- La Comision Ambiental Regional de la Region MORDAZA - CAR MORDAZA, estara presidida por el Presidente Regional o su representante; y estara conformada por los representantes de las siguientes instituciones del Estado y de la sociedad civil en la proporcion establecida por ley: A. Entidades del Estado 1. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente 2. Ministerio del Ambiente - MORDAZA 3. Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo 4. Direccion Regional de Educacion 5. Direccion Regional de Agricultura 6. Direccion Regional de Energia y Minas 7. Direccion Regional de Salud 8. Direccion Regional de Vivienda y Saneamiento 9. Direccion Regional de Produccion 10. Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente IMA 11. PROMUDEH MORDAZA 12. Direccion Regional de Cultura del INC MORDAZA 13. Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA 14. Defensoria del Pueblo 15. Municipalidad Provincial del MORDAZA 16. Municipalidad Provincial de Espinar 17. Municipalidad Provincial de La Convencion 18. Municipalidad Provincial de Urubamba 19. Municipalidad Provincial de Chumbivilcas 20. Municipalidad Provincial de Calca 21. Municipalidad Provincial de Canas 22. Municipalidad Provincial de Paruro 23. Municipalidad Provincial de Anta 24. Municipalidad Provincial de Paucartambo 25. Municipalidad Provincial de Canchis 26. Municipalidad Provincial de Quispicanchis 27. Municipalidad Provincial de Acomayo 28. Municipalidad Distrital de Machupicchu 29. Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas - Enlace territorial Sur SERNANP B. Entidades de la sociedad Civil 1. Asociacion de Agencias de Turismo del MORDAZA AATC 2. Camara de Comercio del MORDAZA 3. Camara Regional de Turismo - CARTUR 4. Consejo Regional de Colegios Profesionales COREPRO 5. Asociacion Ecosistemas Andinos (ECOAN) 6. Instituto de Derecho Ambiental y Cultural - IDAC 7. Instituto Machupicchu 8. Universidad MORDAZA del MORDAZA Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional, la reglamentacion de la presente Ordenanza Regional en un plazo de treinta (30) dias habiles. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion.

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Aprueban Plan Regional de Operaciones de Emergencia del Gobierno Regional del MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 087-2010-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en sesion Ordinaria de fecha diecisiete de Diciembre del ano Dos Mil Diez, ha debatido el Dictamen de la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Medio Ambiente, relativo a la Aprobacion del Plan Regional de Operaciones de Emergencia del Gobierno Regional de Cusco; por tanto; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia..."; Que, en congruencia con lo prescrito por la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificaciones en el Articulo 2° Legitimidad y naturaleza juridica - Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera; un pliego presupuestal; Que, el Articulo 61°de la Ley Organica precedentemente referida, al referirse a las Funciones en materia de Defensa Civil, establece textualmente en sus incisos. a) "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la politica general del Gobierno y los planes sectoriales". "c) Organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas"; Que, el Articulo 1° del Decreto Ley N° 19338 creo el Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, como parte integrante de la Defensa Nacional con la finalidad de proteger a la poblacion, previniendo danos, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, y asegurando su rehabilitacion en caso de desastres o calamidades de toda indole, cualesquiera sea su origen; Que, el Articulo 5° del Decreto Ley precitado, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es el organismo central, rector y conductor del SINADECI, encargado de la organizacion de la poblacion, coordinacion, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil, y en su Articulo 4° establece su constitucion jerarquica, entre las que se encuentran, las Oficinas de Defensa Civil Regionales y Subregionales; Que, el Articulo 2° del Decreto Supremo N° 098-2007PCM, que aprueba el Plan Nacional de Operaciones - PNOE, dispone que los sectores involucrados y los Gobiernos Regionales formulen y aprueben sus planes subsidiarios en el MORDAZA del Plan Nacional de Operaciones de emergencia (PNOE), dentro de los 30 dias naturales de la vigencia del mismo;

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