Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

458406

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

Que, mediante Ley Nº 28172, que modifica el articulo 15º y 23º de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Ley Nº 27181 y formaliza el Transporte Terrestre de Pasajeros Interprovincial o Interregional en automoviles colectivos, en su articulo 2º adiciona el articulo 16-A a la Ley Nº 27181, estableciendo que "Los Gobiernos Regionales tienen en materia de transportes, competencia normativa de gestion y fiscalizacion conforme a lo senalado en el articulo 56º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales", por lo que los Gobiernos Regionales podran aprobar normas especificas en materia de transportes, con sujecion a lo establecido en cada reglamento; en este sentido habiendose identificado la necesidad de regular el regimen de sustitucion de los vehiculos con la autorizacion extraordinaria, se debe autorizar la indicada habilitacion por sustitucion de los vehiculos automoviles colectivos de la categoria M1 por otra igual, bajo la condicion de que la antiguedad para acceder al servicio de transporte no sea mayor de tres (03) anos y soliciten baja; Que, con Oficio N° 01032-2011-GRJ/GGR, el Gerente General del Gobierno Regional MORDAZA, eleva el proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la Habilitacion vehicular por sustitucion a los vehiculos automoviles colectivos de la Categoria M1 por M1, anexando los documentos favorables siguientes: Informe Tecnico N° 001-2011-GR-JUNIN-DRTC/15.18, del Director Regional de Transportes y Comunicaciones, y del Director de Circulacion Terrestre; Informe Legal N° 001-2011-DRTCJUNIN-AL/EJS, del Asesor Legal de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, con el que opinan la procedencia de la emision de la Ordenanza Regional que complemente el Transporte Publico de Personas en M1 en el ambito de la Region Junin; y se incluya la conformacion de una Comision Tripartita, integrado por representantes de la Comision de Transporte del Consejo Regional, de la Direccion Regional de Trasportes y Comunicaciones, y un representante de las empresas debidamente formalizadas; y el Informe Legal N° 12722011-GR/ORAJ, de la Directora de la Oficina Regional de Asesoria Juridica con el que remite los proyecto de Ordenanzas Regionales, con sus respectivos Informes Legales que a su entender se encuentran dentro del MORDAZA legal a efectos de que se eleven al Consejo Regional; Que, el Proyecto de Ordenanza que aprueba "La habilitacion vehicular por sustitucion a los vehiculos automoviles colectivos de la categoria M1 por M1" cuenta con el dictamen favorable de Comision Permanente de Infraestructura, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional MORDAZA a los 22 dias del mes de diciembre de 2011. EDDY R. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 26 dias del mes de diciembre de 2011. MORDAZA ROY MORDAZA MORDAZA Presidente

734576-1

Aprueban incorporacion de normas complementarias sustentadas en el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte sobre Condiciones Tecnicas Legales y de Operacion exigibles a vehiculos destinados al servicio publico de transporte terrestre de pasajeros
ORDENANZA REGIONAL N° 121-2011-GRJ/CR
EL PRESIDENTE JUNIN. POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria celebrada a los 22 dias del mes de diciembre de 2011, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192° de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senalan que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de Derecho Publico Interno que gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los literales a) y g) del articulo 56° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobierno Regionales, prescribe que es funcion de los Gobiernos Regionales en funcion de transporte formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales; y, autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestacion de servicios de transporte interprovincial dentro del ambito regional en coordinacion con los gobiernos locales; Que, el articulo 3° de la Ley N° 27181, Ley General de Transportes y MORDAZA, estipula que la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad; en el numeral 1) y 3) de su articulo 4° senala que el rol estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre proviene de las definiciones nacionales de politica economica y social. El Estado incentiva la libre y MORDAZA competencia en el transporte, cumpliendo funciones que, siendo importantes para la comunidad, no pueden ser desarrolladas por el sector privado; y, procura la proteccion de los intereses de los usuarios, el cuidado de la salud y seguridad de DEL GOBIERNO REGIONAL

"ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA HABILITACION VEHICULAR POR SUSTITUCION A LOS VEHICULOS AUTOMOVILES COLECTIVOS DE LA CATEGORIA M1 POR M1"
Articulo Primero.- APRUEBESE la habilitacion vehicular por sustitucion a los vehiculos automoviles colectivos de la categoria M1 por M1, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Regional; de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, vigente. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, la formulacion del Reglamento de Sustitucion Vehicular de la Region MORDAZA en el plazo de treinta (30) dias calendario de vigencia de la presente MORDAZA Regional, la misma que sera aprobada mediante Decreto Regional. Articulo Tercero.- CONFORMESE la Comision Tripartita integrada por un (01) representante de la Comision de Infraestructura del Consejo Regional, un (01) representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, y un (01) representante de las empresas autorizadas en el servicio de transportes terrestre de pasajeros en automovil colectivo de ambito regional (categoria M1), en un plazo de quince (15) dias calendario, con el objetivo de solicitar al Poder Legislativo y Ejecutivo Nacional se prorrogue la permanencia en el servicio de transporte de pasajeros. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE, a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones MORDAZA la publicacion de la presente MORDAZA Regional.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.