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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2011 (05/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de enero de 2011 433523 recurso desde las 00.00 horas del día 6 de enero hasta las 24:00 horas del día 9 de enero del 2010; señalando que deberán aplicarse las medidas de ordenamiento pesquero contenidas en la Resolución Ministerial Nº 279-2010- PRODUCE durante la ejecución de la pesca exploratoria; Con el visado de la Viceministra de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, modifi cada por el Decreto Legislativo N° 1027, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1047; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Operación Eureka LXVI autorizada por la Resolución Ministerial Nº 364- 2010-PRODUCE. Artículo 2°.- Autorizar la ejecución de actividades de pesca exploratoria del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo hasta los 16°00’S, con la participación de embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extracción del citado recurso y que cuenten con Límite Máximo de Captura por Embarcación (LMCE), asignados para la zona norte-centro, desde las 00.00 horas del día 6 de enero hasta las 24:00 horas del día 9 de enero del 2010. Artículo 3º.- Durante el desarrollo de las actividades extractivas autorizadas en el artículo 2º de la presente Resolución Ministerial, son aplicables las medidas de ordenamiento pesquero contenidas en la Resolución Ministerial Nº 279-2010-PRODUCE, exceptuándose el artículo 6º. Artículo 4°.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución será sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Artículo 5°.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales en Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de la Producción 585607-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario a Chile a fin de acompañar al Ministro de Comercio Exterior en reunión para impulsar iniciativa para una integración profunda con países de la región RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0003/RE Lima, 4 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente, doctor Alan García Pérez, ha lanzado una iniciativa de integración invitando a aquellos países que así lo deseen a avanzar en profundización del comercio de bienes, pero que también se asegure la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al área del Pacífi co y al mundo. Que, dicha iniciativa constituye un elemento de gran importancia en la política exterior del Perú y ha sido reiterada por el señor Presidente a otros mandatarios de la región, acordándose convocar a una reunión de ministros para dar inicio a la elaboración de una hoja de ruta para impulsar esta propuesta. Que, se ha convocado a una primera reunión a nivel ministerial en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, el 06 de enero de 2011, la cual se tiene prevista la participación del señor Ministro de Comercio Exterior y Turismo del Perú. Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 1297/2010, del Gabinete del Ministro, de 27 de diciembre de 2010, y los Memoranda (SAE) N° SAE0567/2010, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, de 23 de diciembre de 2010; y (FIN) N° FIN0834/2010, de la Dirección de Finanzas, de 28 de diciembre de 2010, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065- 2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; la Ley Nº 29626-2010-PCM en su artículo 10.1 inciso d); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Eric Edgardo Guillermo Anderson Machado, Encargado de la Dirección General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, el 06 de enero de 2011, para que acompañe al señor Ministro de Comercio Exterior del Perú en la reunión que se realizará para impulsar la iniciativa presidencial para una integración profunda con los países de la región que así lo deseen. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de esta comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437 Integración Política y Negociaciones Económico comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Eric Edgardo Guill- ermo Anderson Machado 1,284.96 200.00 1+1 400.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 585466-1