Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2011 (19/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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Entidad Promotora de dicho Proyecto Universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Textil y de Confecciones, 2) Ingenieria en Energias Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias, 5) Gestion Publica y Desarrollo Social, bajo la Ley Nº 29074; Que, por Resolucion N° 157-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, se resuelve Conformar la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, la misma que estuvo conformada por los siguientes profesionales: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tula MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Ludovina MORDAZA MORDAZA en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, con el Oficio Nº 02-2010-CC-P-UNAJ recibido el 19 de agosto de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, remite el Informe Final de Evaluacion del referido Proyecto Universitario, recomendandose al Pleno del CONAFU aprobar el PDI de la Universidad Nacional de Juliaca; Que, mediante Resolucion Nº 368-2010 de fecha 01 de setiembre de 2010, se resolvio Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad Nacional de Juliaca, presentado por el senor Asabedo MORDAZA MORDAZA, Secretario General del Ministerio de Educacion, Entidad Promotora del referido Proyecto Universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Textil y de Confecciones, 2) Ingenieria en Energias Renovables, 3) Ingenieria Ambiental y Forestal, 4) Ingenieria en Industrias Alimentarias, 5) Gestion Publica y Desarrollo Social, bajo la Ley Nº 29074; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, senala: "Titulo Primero, articulo 3º Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de las Universidades Publicas y Privadas a propuesta de los promotores..."; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion, Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, la Comision Organizadora de la Universidad esta compuesta por: 1) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision, con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad, 2) Un Vicepresidente Academico, que asume las funciones que corresponden al Vicerrector Academico y 3) Un Vicepresidente Administrativo que asume las funciones de Vicerrector Administrativo; Que mediante Resolucion Nº 0351-2010-ED de fecha 01 de diciembre de 2010, se resolvio: "Designar a la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, con sede en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, la cual estara conformada por las siguientes personas: MORDAZA MORDAZA SERRUTO COLQUE- Presidente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Vicepresidente Administrativo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA YABAR - Vicepresidenta Academica:"; Que, mediante Oficio Nº 002-2010-CO-UNAJ recibido de fecha el 13 de diciembre de 2010, se remitio a este Consejo Nacional las hojas de MORDAZA documentadas del doctor MORDAZA MORDAZA Serruto MORDAZA y de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yabar, miembros integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca; Que, mediante Carta s/n recibido de fecha 14 de diciembre de 2010, se remitio la hoja de MORDAZA documentada del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembro de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca; Que, de acuerdo al articulo 20º del referido Reglamento, establece que: "Para el reconocimiento del CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, establece: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada";

Que, por Oficio Nº 973-2010-CONAFU-CDAA de fecha 28 de diciembre de 2010, la Comision de Trabajo informa que se ha solicita el reconocimiento de los profesionales designados como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, en virtud a los resuelto mediante Resolucion Nº 0351-2010-ED, habiendose adjuntado sus respectivas hojas de vida; por lo que, opinan: se proceda con el reconocimiento de los profesionales designados, mediante Resolucion Ministerial Nº 0351-2010ED como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, los mismos que cumplen con los requisitos para dicho cargo: MORDAZA MORDAZA Serruto MORDAZA - Presidente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yabar Vicepresidente Academico y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Vicepresidente Administrativo; Que, de conformidad a la Resolucion Nº 268-2006CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Pleno del CONAFU autoriza al Presidente, a expedir Resoluciones de tramite, dentro de sus atribuciones, y con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: ... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECONOCER a los integrantes de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Juliaca, la misma que estara conformada por los siguientes profesionales:

NOMBRE MORDAZA MORDAZA Serruto MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yabar

CARGO Vicepresidente Academico

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente Administrativo
Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. ANGELMIRO MORDAZA MESTANZA Presidente MORDAZA JAQUELINY MORDAZA MORDAZA Secretaria General

590730-1

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Asamblea Nacional de Rectores, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1224-2010-ANR
MORDAZA, 21 de diciembre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES

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