Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2011 (30/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
ACORDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de enero de 2011

Solicitan a la Contraloria General de la Republica disponga una auditoria financiera y presupuestal de la Municipalidad por el periodo 2007 2010
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2011-MDB
Barranco, 17 de enero de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, en virtud al Articulo 5º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras; Que, el Articulo 148º de la citada MORDAZA, senala que los gobiernos locales estan sujetos a las normas de transparencia y sostenibilidad fiscal y a otras conexas en su manejo de los recursos publicos; constituyendo un elemento fundamental para la generacion de confianza de la ciudadania en el accionar del Estado, asi como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos publicos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo aprobo por Unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta. ACORDO: Articulo Primero.- SOLICITAR a la Contraloria General de la Republica, disponga una auditoria Financiera y Presupuestal de la Municipalidad de Barranco del periodo 2007-2010. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Primero.- SOLICITAR al Organo de Control Institucional, inicie Examenes Especiales de la Obras Publicas realizadas, Concesiones otorgadas, Licencias de Edificacion y Funcionamiento emitidas durante los ultimos ocho anos; comunicando a la Contraloria General de la Republica Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo a la MORDAZA, Gerencia de Administracion Financiera y todas aquellas Unidades Organicas comprendidas, el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Regulan y promueven el mantenimiento, limpieza y manejo de residuos solidos en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 214-2010-A/MDC
Carabayllo, 27 de diciembre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica de Peru, reconoce que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el mantenimiento y limpieza del Ornato de la MORDAZA corresponde no solo a la administracion MORDAZA, sino que requiere la participacion conjunta y decidida de la poblacion, y como quiera que a la fecha existan vecinos que no cumplen con el deber de mantener limpia las calles; urge la necesidad de implementar mecanismos orientados a hacer efectivo dicha responsabilidad compartida con los vecinos de Carabayllo. Que, atendiendo a la necesidad existente y de conformidad con lo previsto en el Articulo 40º de la Ley Nª 27972, se procede a establecer la regulacion para el mantenimiento de las Calles, avenidas, parques, bermas, plazuelas, ovalos, faja marginal, erradicacion de botaderos, entre otros. Asi mismo tenemos que, el Articulo 80º de la mencionada MORDAZA, establece en materia de saneamiento, salubridad y salud; que es funcion especifica de las municipalidades distritales, el proveer el servicio de limpieza publica; determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, la Ley Nº 26842 ­ Ley General de Salud, modificada por la Ley Nº 27694, en sus Articulos I al IV del Titulo Preliminar disponen que la "La salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental"; asi mismo se establece que "La proteccion de la salud es de interes publico. Por lo tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla", y por ultimo dispone que "La salud publica es responsabilidad primaria del Estado. La responsabilidad en materia de salud individual es compartida por el individuo, la sociedad y el Estado". Que, mediante Ley Nº 28245 se aprobo la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, la cual tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicacion de las politicas, planes y acciones destinadas a la proteccion del ambiente y contribuir a la conservacion y aprovechamiento

596455-1

Solicitan al Organo de Control Institucional iniciar examenes especiales de las obras publicas realizadas, concesiones otorgadas, licencias de edificacion y funcionamiento emitidas durante los ultimos ocho anos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2011-MDB
Barranco, 17 de enero de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, en virtud al Articulo 5º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras; Que, el Articulo 148º de la citada MORDAZA, senala que los gobiernos locales estan sujetos a las normas de transparencia y sostenibilidad fiscal y a otras conexas en su manejo de los recursos publicos; constituyendo un elemento fundamental para la generacion de confianza de la ciudadania en el accionar del Estado, asi como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos publicos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo aprobo por Unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta.

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