TEXTO PAGINA: 53
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de enero de 2011 435313 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los once días del mes de enero del año dos mil once. JOSE LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional AURELIO PANTALEÓN ALPACA RUÍZ Consejero Delegado Consejo Regional 596981-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 329-MDB que establece tasa por estacionamiento vehicular temporal en playas del distrito de Barranco ACUERDO DE CONCEJO Nº 536 Lima, 28 de diciembre de 2010 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre de 2010 el Ofi cio Nº 001-090-00005985 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 329-MDB que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Barranco correspondiente a la temporada de verano 2011; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 739 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 24 de marzo, 18 de noviembre y 26 de diciembre del 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Barranco aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al SAT con carácter de declaración jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el informe técnico legal Nº 004-181-00000268, opinando que procede la ratificación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas y las Directivas Nºs. 001-006-00000001 y 001-006- 00000005 del SAT De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 344- 2010-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 329- MDB, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de zonas de playa del Distrito de Barranco, correspondiente a la temporada de verano 2011, dado que cumple con los requisitos establecidos en el marco legal vigente para su aprobación y vigencia. En dicho caso la prestación del servicio se efectuará en la forma siguiente: 1.- Temporada I: las playas Sombrillas, Piedritas, los Pavos y Yuyos durante el período comprendido entre el 1ro. de enero y el 22 de abril del 2011; 2.- Temporada II: Playas Sombrillas durante el período comprendido entre el 24 de abril y 08 de octubre del 2011 3.- Temporada III: Playas Sombrillas, Piedritas, los Pavos y Yuyos, durante el período comprendido entre el 09 de octubre y el 31 de diciembre del 2011. Artículo Segundo.- En lo que se refi ere al horario de prestación del servicio, los artículos 10º y 11º de la Ordenanza 329-MDB establece que la tasa será exigible de lunes a domingo dentro del horario de 09:00. a las 02.00 horas (del 1ro. de enero al 23 de abril del 2011 y del 09 de octubre al 31 de diciembre del 2011) y de 12:00 a 01:00 horas (del 24 de abril al 08 de octubre del 2011), en las zonas antes mencionadas.. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto de la Ordenanza Nº 329- MDP. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la citada Municipalidad, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 596516-1 Designan miembros de la Comisión Bipartita de Transferencia en representación de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 163 Lima, 26 de enero de 2011 Visto el Ofi cio Nº 029 -2011-MML-PGRLM-GR del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 151º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el artículo 65º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto del Régimen Especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en cuyo ámbito las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional son transferidas a aquella; Que el artículo 69º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone para el Régimen Especial de Lima Metropolitana que la transferencia de competencias, funciones y recursos; así como de proyectos de inversión se realizará a través de una Comisión Bipartita de Transferencia, integrada por cuatro representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que por Resolución Presidencial Nº 006-CND-P-2006 del 02 de febrero de 2006, se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana en el marco de las disposiciones legales dispuestas en las normas precitadas; Que mediante Resolución de Alcaldía Nº 029 del 25 de enero de 2010 se designó como miembros de la Comisión Bipartita a representantes que a la fecha no se encuentran en el cargo y funciones, siendo necesario designar a los nuevos representantes de la institución ante la Comisión Bipartita de Transferencia. De conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 029 del 25 de enero del 2010.