Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2011 (30/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
TEMPORADA PLAYAS Playa Sombrillas I Playas Piedritas Playa los Pavos Playa Yuyos TOTAL ESPACIOS Playa Sombrillas II TOTAL ESPACIOS Playa Sombrillas II Playas Piedritas Playa los Pavos Playa Yuyos TOTAL ESPACIOS 214 214 33 58 20 325 Espacios habilitados 214 33 58 20 325 214

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de enero de 2011 Periodos Horarios Nº Semanas 16 Semanas

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN LA PLAYAS DEL DISTRITO DE BARRANCO 2011
Articulo Primero.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene por objeto determinar la Tasa de Estacionamiento Temporal en las Playas del distrito de Barranco por el periodo comprendido de Enero a Diciembre del 2011 senalado en el articulo 7º y procurar el uso racional de la via publica, conforme a Ley, Articulo 2º.- BASE LEGAL La Siguiente Ordenanza se sustenta en el MORDAZA legal siguiente: 1. Ley Organiza de Municipalidades Nº 27972. 2. Ordenanza Nº 073-94-MML 3. Ordenanza Nº 739-MML. 4. Directiva Nº 001-006-00000001-2004 del Servicio de Administracion Tributaria. 5. Directiva Nº 001-006-00000005-2004 del Servicio de Administracion Tributaria. Articulo 3º.DEFINICION DE TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR La tasa de estacionamiento vehicular temporal es el tributo que se origina por el uso de los espacios de via publica senalados por la Municipalidad de Barranco para el estacionamiento de un vehiculo. Articulo 4º.- DEUDORES TRIBUTARIOS Son deudores tributarios, en calidad de contribuyentes, los conductores de los vehiculos estacionados en las zonas que se detallan en el articulo 10º de la presente Ordenanza. Son deudores tributarios en calidad de responsables solidarios del pago de la tasa los propietarios de los referidos vehiculos conforme a la respectiva tarjeta de propiedad. Articulo 5º.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA La obligacion de pago se origina en el momento que el conductor estaciona su vehiculo en las zonas habilitadas por la Municipalidad para estacionamiento vehicular. Articulo 6º.- PERIODO DE APROVECHAMIENTO El cobro de la tasa por estacionamiento vehicular se establece por cada treinta (30) minutos o fraccion de aprovechamiento de los espacios habilitados para dicho fin. Articulo 7º.- TASA DELTRIBUTO La tasa por el uso de los espacios de la via publica para estacionamiento vehicular temporal es de cincuenta centimos de MORDAZA sol (S/. 0.50), por cada media hora o fraccion que permanezca estacionado el vehiculo en la MORDAZA de parqueo. Articulo 8º.- DETERMINACION DE LA OBLIGACION DE PAGO La Tasa de Estacionamiento Vehicular temporal constituye tributo de realizacion inmediata, debiendo efectuarse el pago al momento en que el vehiculo abandona la MORDAZA de estacionamiento vehicular. Articulo 9º.- PERIODO DE TOLERANCIA El tiempo de tolerancia exento de pago para el estacionamiento vehicular temporal de vehiculos sera de diez (10) minutos. Transcurrido ese tiempo se procedera al cobro de la unidad minima, asi el vehiculo no MORDAZA llegado a usar el total de los 30 minutos. Articulo 10º.- FIJACION DE LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR Las zonas de estacionamiento vehicular temporal sujetas al cobro de la Tasa descrita en el articulo 7º de la presente Ordenanza, comprende a los espacios fisicos determinados por las areas correspondientes en las playas del distrito de Barranco y se han determinado por temporada siendo los siguientes:

Del 1 de Enero 09.00 a.m. al 22 de MORDAZA del a 02 a.m. 2011 horas

Del 24 de MORDAZA 12.00 p.m. a 24 al 8 Octubre del 01.00 a.m. Semanas 2011 horas Del 9 de 09.00 a.m. Octubre al 31 de a 01 a.m Diciembre del horas 2011 12 Semanas

Articulo 11º.- PERIODO Y HORARIO DEL SERVICIO El servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal sera prestado de lunes a MORDAZA durante el periodo Enero a Diciembre del 2011, de acuerdo al detalle senalado en el articulo anterior Articulo 12º.- INAFECTACCIONES AL PAGO DE LA TASA Se encuentran inafectos del pago de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, los conductores de los vehiculos oficiales en cumplimiento de sus funciones que de acuerdo a Ley corresponda o realicen labores propias de su actividad o que MORDAZA de propiedad de: a) El Cuerpo General de Bomberos del Peru. b) La Policia Nacional del Peru. c) Ambulancias en general. d) Vehiculos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local en comision de servicio. e) Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su categoria o actividad publica, segun autorizacion municipal. Articulo 13º.- RENDIMIENTO DEL TRIBUTO El monto recaudado por concepto de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal regulada en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad de Barranco y sera destinado exclusivamente a la implementacion, mantenimiento y mejoramiento de la misma. Su recaudacion podra efectuarse directamente o a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley. Articulo 14º.- INFRACCIONES El conductor que se niegue al pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular en forma Total o parcial MORDAZA lugar a la aplicacion de un multa, que asciende al 2% (dos por ciento) de la UIT vigente. La Municipalidad de Barranco podra ejercer todas las acciones necesarias para hacer efectivo el pago de la tasa y/o multa de acuerdo a lo senalado en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario ­ Decreto Supremo Nº 135-99-EF Articulo 15º.- ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS Apruebese el Cuadro de Estructura de Costos y el Cuadro de Estimacion de Ingresos del servicio de estacionamiento vehicular temporal, cuyos anexos (01 y 02) forman parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primero.- FACULTESE al senor MORDAZA a fin de que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion Tributaria, el cumplimiento de la presente ordenanza a fin de prestar este servicio, a traves de cualquiera de las modalidades permitidas por la Ley. Tercero.- Mediante la presente Ordenanza se aprueba el Informe Tecnico que comprende las Tasas correspondientes de Estacionamiento Temporal en las Playas del distrito de Barranco, y la metodologia para su determinacion por el periodo comprendido de Enero a Diciembre del 2011; asi como el Anexo 01 que comprende, las Estructuras de Costos, y el Anexo 02 sobre los MORDAZA de Estimacion de Ingresos.

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