Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2011 (30/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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asi como, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, su Reglamento y las Ordenanzas Nº 341MML, Nº 836-MML, Nº 1099-MML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el Plano de Replanteo signado con el Nº 0512010-SGPUC-GDU/MDA que forma parte de la presente resolucion; las Obras de Habilitacion MORDAZA de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, seguido por la COMPANIA INMOBILIARIA MORDAZA MORDAZA S.A.C. en representacion de Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "C-Z" del terreno con un area de 59,139.13 m2 constituido por parte de la Parcela Nº 3 del Fundo MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; cuyos Proyectos de Habilitacion MORDAZA Ejecutada fueron aprobados mediante Resolucion de Subgerencia Nº 118 de fecha 10 de MORDAZA de 2009; y en consecuencia autoricese la independizacion de todos los lotes que conforman la presente habilitacion MORDAZA y otorgar la libre disponibilidad de los mismos con excepcion del lote de Educacion, que constituye aporte reglamentario. Del Area Bruta Total del terreno 59,139.13 m2 al descontar el area cedida a Obra de Caracter Nacional de 2,319.74 m2, queda un Area Bruta Habilitable de 56,819.39 m2, y luego del Replanteo de Lotizacion el Area Util Total es de 37,509.24 m2, correspondiendo como aporte al Ministerio de Educacion 905.27 m2, ubicado en el Lote 2 de la manzana "H"; para los fines de vivienda 28,024.95 m2 y fines comerciales 8,579.02 m2; distribuidos de la siguiente manera:

de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao ­ SUNARP para los efectos de su Inscripcion correspondiente; al Ministerio de Educacion para que celebre la Escritura Publica de cesion y transferencia del aporte reglamentario que le corresponde; a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, al Serpar-Lima, a EMILIMA, a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA YAFAC MORDAZA Subgerente Planificacion MORDAZA y Catastro

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MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Establecen regimen de tasa por estacionamiento vehicular temporal en playas del distrito
ORDENANZA Nº 329-MDB
Barranco, 3 de setiembre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; Por cuanto, El Concejo Municipal del Distrito de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 066-2010-OPPR/MDB, de fecha 30 de Agosto del 2010 y el Informe Nº 4422010-OAJ-MDB de fecha 01 de Setiembre del 2010, documentos referentes al proyecto de Ordenanza sobre Tasa de Estacionamiento en Zonas de Playa para el ejercicio 2011; CONSIDERANDO: Que, los Articulos 74º, 194º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 9º numeral 9 de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorgan potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, establece que mediante Ordenanza los Gobiernos Locales pueden crear, modificar, extinguir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias. Que, que conforme lo dispone el Articulo 68º, inciso d) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004, las municipalidades podran imponer tasas, entre otras, por estacionamiento vehicular. Que, de acuerdo a la Ordenanza Nº 073 -94-MLM, la misma que establece disposiciones referidas al uso de las playas del litoral de la provincia de MORDAZA, senala que los distritos que van a cobrar estacionamiento vehicular en playas de veraneo del litoral deberan presentar Informe favorable expedido por la Direccion Municipal de Servicios a la MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Que, en mencionada ordenanza se establece en el articulo 15º que el cobro de la tasa estara en funcion al costo del servicio prestado, el cual debera estar individualizado. De igual modo en su articulo 16º precisa las tarifas que se autoricen cobrar a las municipalidades distritales tienen vigencia por un ano calendario. Que, siendo necesario establecer disposiciones que regulen la tasa de estacionamiento vehicular en el distrito de Barranco; en el MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y en uso de las facultades conferidas en el numeral 89 del Art. 9º y el Art. 40º de la Ley organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y contando con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores presentes y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, ha dado la siguiente ordenanza.

MANZANAS A B C D F G H I J K 10

CANTIDAD LOTES 22 57 28 32 22 25 02 18 22 09 237

NUMERACION 1 al 22 1 al 57 1 al 28 1 al 32 1 al 22 1 al 25 1 al 02 1 al 18 1 al 22 1 al 09 TOTAL

AREA (m2) 2,849.06 7,158.74 3,455.55 4,401.89 6,355.59 3,464.10 3,311.15 2,510.01 2,814.19 1,188.96 37,509.24

La diferencia de area de 19,310.15 m2; corresponde 3,168.45 m2 al area cedidas para Parques (Parque 1 con 1,893.64 m2, MORDAZA 2 con 1,274.81 m2) y el area restante de 16,141.70 m2 corresponde a vias publicas. Articulo Segundo.- DISPONER, que oportunamente se inscriba el Lote destinado como aporte al Ministerio de Educacion, indicada en el Articulo Primero de la presente Resolucion, debidamente saneado mediante la respectiva Escritura Publica de Cesion y Transferencia. Articulo Tercero.- DISPONER, el levantamiento de la carga senalada en el Articulo Tercero de la Resolucion de Sugerencia Nº 118 de fecha 10 de MORDAZA de 2009, al haberse suscrito un convenio de fraccionamiento de pagos del deficit del aporte reglamentario de Renovacion MORDAZA, celebrado entre la COMPANIA INMOBILIARIA MORDAZA MORDAZA S.A.C. y EMILIMA, siendo aplicable el articulo MORDAZA de dicho convenio de fraccionamiento el que prevalecera y ejecutara en caso de incumplimiento de pago de una letra de cambio. Articulo Cuarto.- INCORPORAR en la jurisdiccion del distrito de Ate, la Habilitacion MORDAZA que se recepciona con la presente Resolucion de Sugerencia. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el diario Oficial "El Peruano", en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Articulo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Sub Gerencia al Registro de Propiedad de Inmueble

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