Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2011 (30/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de enero de 2011

de zonificacion y vias Nº 179-2008-MML-GDU-SPHU, de fecha 14 de marzo de 2008, la determinacion correcta del cuadro de areas, donde se consigne el area bruta, el area bruta de cada zonificacion, el area total de vias y el area util total, asi como el cuadro de aportes reglamentarios para cada zonificacion, los mismos que se aplican sobre el area total del terreno de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 836-MML, Que, en relacion a las observaciones advertidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, es necesario mencionar que la Ordenanza Nº 1099-MML, subsana el error material de la zonificacion comercial, adecuandose al presente proyecto de habilitacion MORDAZA, y consecuentemente deberan adecuarse a las normas vigentes, tales como; las Ordenanzas Metropolitanas Nº 341-MML, Nº 836-MML y el Reglamento Nacional de Edificaciones; y de otro lado, se precisa que la denominacion area cedida al Estado de 2,319.74 m2, no es la correcta, siendo dicha area correspondiente a una Obra de Caracter Nacional de mayor jerarquia que una Obra de caracter Regional, que es el derecho de via ferrea; debiendo descontarse para el computo de aportes reglamentarios, de acuerdo con el Articulo 50, capitulo VII, MORDAZA GH.020, Titulo II del R.N.E., subsanando de esta manera las observaciones efectuadas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Que, mediante Expediente Nº 13157-2009, La empresa recurrente solicita la aprobacion del proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada adecuandose a la Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, y a todas las normas vigentes. Y mediante Acuerdo Nº 02 tomado en Sesion Nº 04-09-CTDHU/MDA de fecha 15 de MORDAZA de 2009, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas tomando en cuenta los argumentos MORDAZA senalados aprueba el mencionado proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada denominada urbanizacion "Santa Elvira" para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" del terreno con un area de 59,139.13 m2 constituido por parte de la parcela Nº 3 del Fundo MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate provincia y departamento de MORDAZA, Que, mediante Resolucion de Subgerencia Nº 118 de fecha 10 de MORDAZA de 2009, la Municipalidad Distrital de Ate, aprueba de acuerdo al Plano signado con el Nº 036-2009SGPUC-GDU/MDA, el proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada denominada urbanizacion "Santa Elvira" para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ" del terreno con un area de 59,139.13 m2 constituido por parte de la parcela Nº 3 del Fundo MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate provincia y departamento de Lima; estableciendose como aporte de Recreacion Publica un area total de 3,168.45 m2 constituido por el MORDAZA 1 y 2, asimismo el aporte al Ministerio de Educacion con un area de 905.27 m2 ubicado en el Lote 2 de la Manzana "H", y aceptandose en concordancia con el Articulo 10° de la Ordenanza N° 836-MML, la redencion en dinero del deficit de los siguientes aportes; para "RDM": Parques Zonales con 905.27 m2 Otros Fines con 905.27 m2 y Renovacion MORDAZA con 452.64 m2, y para la zonificacion "CZ": Parques Zonales 577.79 m2, Otros Fines 231.12 m2 y Renovacion MORDAZA con 346.67 m2, los cuales se redimiran en dinero ante las entidades competentes. Y en el articulo tercero se dispone que los lotes del 11 al 18 de la manzana "I" queden en garantia de pago en efectivo del deficit del aporte reglamentario de Renovacion MORDAZA ante EMILIMA con un area total de 799.31 m2, el mismo que debera ser cancelado MORDAZA de la recepcion de obra de habilitacion urbana. Que, mediante Carta Nº 252-2007/ET-C de fecha 30 de Marzo 2007 y Carta ampliatoria Nº 571-2009-EGP-C de fecha 04 de Diciembre de 2009 emitida por SEDAPAL, otorga la Recepcion de la Obra de agua potable y alcantarillado de la urbanizacion MORDAZA MORDAZA, ubicada en el distrito de Ate, Que, mediante Carta SGPD.DPNS.07.0648940 de fecha 22 de Junio de 2007, y su Carta ampliatoria DPHC.09.0840802, de fecha 16 de Octubre de 2009, la empresa LUZ DEL SUR otorga la conformidad de obra de servicios electricos para el predio de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, ubicada en el distrito de Ate, Que, mediante Resolucion de Gerencia Administrativa Nº 1151-2007 de fecha 03 de Diciembre de 2007, SERPARLIMA, aprobo la redencion en dinero del area total del deficit de Parques Zonales de 1,483.06 m2, correspondiente para la zonificacion residencial un area de 905.27 m2, y para la zonificacion comercial un area de 577.79 m2., ascendente

a la suma de U.S. $ 133,475.40. y mediante Oficio Nº 9302008/SERPAR-LIMA/GG/GAPI/MML, dicha Institucion senala que el mencionado aporte reglamentario ha sido cancelado. Que, mediante Valorizacion Nº 035-2009-SGPUCGDU/MDA del 22 de MORDAZA de 2009 se efectuo la liquidacion referente al deficit de Servicios Publicos Complementarios - Otros Fines con 231.12 m2 para uso comercial y de 905.27 m2 para Uso Residencial; asi como por Proyectos y Autorizacion a ejecutar Obras, ascendente a un monto total de S/. 77,913.70 nuevos soles; y mediante Recibo Nº 0005360772 pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, acreditan la cancelacion de la mencionada Valorizacion. Que, mediante Oficio Nº 918-2010-ME/VMGI-OINFE de fecha 04 de Marzo de 2010, el Ministerio de Educacion comunica a la empresa recurrente respecto a la entrega del aporte reglamentario, que se advierte de la Partida Nº 11823338 que ha sido cancelada la anotacion preventiva de habilitacion MORDAZA, otorgada en virtud del articulo 68º del Reglamento General de los Registros Publicos, que adolece de defectos subsanables, por no haber cumplido con subsanar las observaciones advertidas dentro del plazo de ley, debiendo solicitar la inscripcion de la habilitacion e independizacion cumpliendo con todas las formalidades establecidas por Ley. Que, mediante Oficio Nº 0592-2010-EMILIMA-GG de fecha 22 de MORDAZA de 2010, la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. senala que la empresa COMPANIA INMOBILIARIA MORDAZA MORDAZA S.A.C. con fecha 07 de Enero de 2010, ha suscrito un convenio de fraccionamiento con dicha institucion por el monto total del aporte de Renovacion MORDAZA (para uso residencial de 452.64 m2 y para el uso comercial de 346.67 m2) equivalente a US $ 88,705.23 el cual a la fecha, viene cumpliendo con el pago de manera puntual. Y en el articulo MORDAZA se senala que la falta de pago de una letra de cambio en su oportunidad conllevara necesariamente al protesto respectivo, vencimiento automatico de todos los plazos estipulados en la letra de cambio y al inicio de las acciones legales inmediatas. Que, mediante Informe legal Nº 449-2010-JBZ de fecha 09 de MORDAZA de 2010, opina que sobre el aporte de Renovacion MORDAZA, existe un convenio de fraccionamiento de pago de dicho deficit de aporte reglamentario, celebrado entre la COMPANIA INMOBILIARIA MORDAZA MORDAZA S.A.C. y EMILIMA, siendo aplicable el articulo MORDAZA de dicho convenio de fraccionamiento el que prevalecera y ejecutara en caso de incumplimiento de pago de una letra de cambio. En relacion al aporte reglamentario a favor del Ministerio de Educacion, se senala que previo a la suscripcion de la minuta de transferencia del aporte, el administrado debera realizar la inscripcion de la habilitacion MORDAZA y la independizacion de dicho lote, encontrandose dicha area destinada al Ministerio de Educacion, conforme a lo determinado en el Oficio Nº 918-2010-ME/VMGI-OINFE de fecha 04 de Marzo de 2010, emitido por el jefe de la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion, Que, de conformidad con el articulo 19° de la Ley Nº 29090, se senala que una vez concluidas las obras de habilitacion MORDAZA se solicitara la recepcion de las mismas, para lo cual se debera presentar ante la municipalidad que otorgo la licencia de habilitacion MORDAZA, los documentos requeridos; asimismo dicho requerimiento tiene la condicion de declaracion jurada de los que suscriben. En tal sentido, la empresa recurrente acogiendose a lo establecido en la precitada Ley de Regulacion de Habilitacion MORDAZA solicita la Recepcion de Obra de Habilitacion MORDAZA, habiendo ejecutado las obras de habilitacion MORDAZA de acuerdo con el Plano signado con el Nº 036-2009-SGPUCGDU/MDA, aprobados por la Municipalidad Distrital de Ate, con Resolucion de Subgerencia Nº 118 de fecha 10 de MORDAZA de 2009, Que, mediante Informe Nº 055-2010-JLCHG de fecha 24 de Junio de 2010 emitido por el Area de Habilitaciones Urbanas de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, se concluye que el presente tramite corresponde a una Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA al haberse verificado la ejecucion de dichas obras y cumplido con presentar la documentacion segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 79°, inciso 3.6.1 del Capitulo II de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972; Articulo 75° de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444,

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