Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2011 (30/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de enero de 2011

N° 27902, senala como atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante Ley N° 28968, se modifica el inciso L) del articulo 21 y la Undecima Disposicion Complementaria y Final de la Ley N° 27867, estableciendose que: Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que Convoca y Preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoria simple. Que, mediante el articulo III de las Disposiciones Generales del Reglamento Interno del Consejo Regional y su modificatoria, Ordenanza Regional Nº 031-2009GRMDD/CR, se ha establecido la eleccion de un Consejero Delegado Accesitario, el mismo que es elegido por mayoria simple, reemplazara al Consejero Delegado, en casos de ausencia temporal o en los casos previstos en la ley, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Que, en atencion a lo dispuesto en las normas precitadas, se hace necesario elegir al Consejero Delegado y Consejero Delegado Accesitario del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para el ano 2011. Que, el Consejo Regional en Sesion, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio mayoritario, ha determinado elegir al senor MORDAZA MORDAZA Alpaca MORDAZA, Consejero Regional por la Provincia de Tambopata, como Consejero Delegado, para el periodo 2011; asimismo, elegir a la senorita Ing. MORDAZA Massiel Reyner MORDAZA, Consejera Regional por la Provincia de MORDAZA, como Consejera Delegada Accesitaria, para el periodo 2011. Motivo por el cual, se hace necesaria la emision del correspondiente acuerdo. Que, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA en uso de sus atribuciones, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 28968, concordante con la Ley N° 29053, asi como en ejercicio de las facultades otorgadas por el Reglamento Interno. ACUERDA: Articulo Primero.- ELEGIR, al senor MORDAZA MORDAZA Alpaca MORDAZA, Consejero Regional por la Provincia de Tambopata, como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para el ano 2011. Articulo Segundo.- ELEGIR, a la senorita Ing. MORDAZA Massiel Reyner MORDAZA, Consejera Regional por la Provincia de MORDAZA, como Consejera Delegada Accesitaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para el ano 2011. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA a los seis dias del mes de enero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional MORDAZA MORDAZA ALPACA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal; siendo competentes, entre otros, para aprobar su organizacion interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el articulo 192 de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional y el articulo 2 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus leyes modificatorias. Que, se hace necesario fijar las Remuneraciones del Presidente y Vicepresidente, asi como las Dietas de los Consejeros Regionales para el periodo 2011. Que, el articulo 15, Inc. "f" de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus Leyes modificatorias, establece la atribucion del Consejo Regional para fijar la remuneracion del Presidente y Vicepresidente, asi como las Dietas de los Consejeros Regionales. Que, los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas, conforme a lo dispuesto por el articulo 19 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, mediante el articulo 5 del Decreto de Urgencia N° 019-2006, se establece que los Presidentes de los Gobiernos Regionales percibiran por todo concepto, la compensacion por el ejercicio de sus funciones que fije el Consejo Regional correspondiente, la misma que no excedera la suma de S/. 14,300.00 (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES). Que, mediante Decreto de Urgencia N° 038-2006, se modifican algunos articulos de la Ley Nº 28212, entre otros, el articulo 5 De las Dietas, 5.2 senalando en cuanto a las Dietas de los Consejeros que: Los Consejeros Regionales reciben unicamente dietas, segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales, de conformidad con lo que dispone la Ley Organica de Gobiernos Regionales. En ningun caso, dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%), de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional. Que, mediante el articulo 2 del Decreto de Urgencia N° 038-2006, se establecen los topes de ingresos, senalando que: Ningun funcionario o servidor publico que presta servicios al Estado, bajo cualquier forma o modalidad contractual y regimen laboral, con excepcion del Presidente de la Republica, percibira ingresos mensuales mayores a 6 (SEIS), Unidades de Ingreso del Sector Publico, salvo en los meses en que corresponda las gratificaciones o aguinaldos de MORDAZA y diciembre. Que, el Consejo Regional en Sesion, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por mayoria, ha determinado fijar las remuneraciones del Presidente y Vicepresidente, asi como fijar las dietas de los Consejeros Regionales para el ano 2011; por lo que, se hace necesario la emision del correspondiente acuerdo. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR, la Remuneracion mensual del Presidente Regional en la suma de S/. 14,300.oo (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) y la Remuneracion mensual del Vicepresidente Regional en la suma de S/. 13,500.oo (TRECE MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), para el ano 2011. Tal y conforme al ano proximo pasado. Articulo Segundo.- FIJAR, las Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente Regional, que equivale a S/. 4,290. oo (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), para el ano 2011. Tal y conforme al ano proximo pasado. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios.

596980-1

Fijan remuneracion mensual del Presidente Regional y dietas de Consejeros Regionales para el ano 2011
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 003-2011-RMDD/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el 10 de enero del 2011, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional.

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