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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de febrero de 2011 436006 UNIVERSIDADES Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco a los EE.UU., en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-034-2011-UNSAAC Cusco, 3 de febrero de 2011 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO Vista la comunicación escrita S/N, cursada por el Sr. Richard C. Levin, de la Universidad de Yale de Estados Unidos de Norte América, invitando al Dr. Víctor Raúl Aguilar Callo, Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a visitar a dicha Universidad, a fi n de llegar a los términos de colaboración en base a la propuesta del Memorándum de Entendimiento y Acuerdo fi rmado entre ambas Universidades; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del Visto, el Sr. Richard C. Levin, de la Universidad de Yale de Estados Unidos de Norte América, invita al Dr. Víctor Raúl Aguilar Callo, Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a fi n de que se constituya en la referida Universidad, el día 11 de febrero de 2011, con motivo de fi rmar el Memorándum de Entendimiento en base a la propuesta del acuerdo fi rmado entre la Universidad de Yale y la UNSAAC, el día 23 de noviembre de 2010; asimismo dicha Universidad asumirá los gastos de pasajes nacionales e internacionales y estadía del referido día; Que, sobre el asunto, el Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de enero de 2011, ha tomado conocimiento de la referida comunicación, aprobando por unanimidad el viaje del Dr. Víctor Raúl Aguilar Callo, Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a Estados Unidos de Norte América; Que, en este entender se deberá declarar en Comisión de Servicio al Dr. Víctor Raúl Aguilar Callo, Rector de la UNSAAC, a partir del 09 de febrero de 2011 y por el término de cinco días, quien se constituirá en Estados Unidos de Norte América; por lo que se debe otorgar Seguro de Viaje, Trámite de Visa y viáticos internacionales (03 días) y viáticos nacionales (01 día y medio); igualmente de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Presupuesto para Año 2011, la presente Resolución debe ser publicada en el diario El Peruano; Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, es vigente la Ley de Presupuesto Nro. 29626; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Reglamentado por el D.S Nro.047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fi nes; Que, al respecto el Art. 1º de la Ley Nº 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la UNSAAC. Por otro lado el Art. 11 del D.S. 047-2002-PCM, prescribe que en el caso de viajes al exterior para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante resolución del Titular de la Entidad correspondiente. En el presente caso la entidad que invita asumirá los gastos de pasajes internacionales y estadía del referido día; Que, sobre el asunto, obra en el expediente el Informe Nro. 115-APEP-OPU-2011, de la Jefe del Área de Programación y Evaluación Presupuestal, que señala que lo solicitado se atenderá con saldos de balance afectando el egreso a la asignación presupuestal que se señala en la parte Resolutiva, por consiguiente deberá emitirse la Resolución correspondiente; Estando a lo solicitado; Ley 29626, Ley Nº 27619, Ley Nº 27753, Art. 5 y 10 del DS.047-2002-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley Nº 23733 y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- DECLARAR EN COMISIÓN DE SERVICIO, al Dr. Víctor Raúl Aguilar Callo, Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a partir del 09 de febrero de 2011 y por el período de cinco (05) días, a fi n de constituirse en la Universidad de Yale Estados Unidos de Norte América el día 11 de febrero de 2011, para cumplir con lo descrito en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente cronograma de viaje: Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor del señor Rector como sigue: - Viáticos por tres (03) días internacional en la suma de US$. 220.00 dólares americanos por día, al cambio del día en moneda nacional - Viático nacional por un día y medio (1 1/2) días, en la suma de total de S/. 375.00 nuevos soles - Seguros de Vida en el monto de $ 46.00 dólares americanos al cambio del día en moneda nacional - Trámite de Visa en la suma de $ 130.00 dólares americanos al cambio del día en moneda nacional Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a la Actividad 1000110 Conducción y Orientación Superior, Componente 3000010 Acciones de Alta Dirección, Cadena de Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignación por Comisión de Servicio (Internacionales); 2.3.21.21 Pasajes y Gastos de Transporte y 2.3.21.22 Viáticos y Asignación por Comisión de Servicio (Nacionales), 23.26.31 Seguros de Vida y 23.27.11.99 Servicios Diversos, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Cuarto.- ESTABLECER, que la Universidad de Yale de Estados Unidos de Norte América, cubrirá los gastos de desplazamiento internacional, alojamiento y manutención del Comisionado del día 11 de febrero de 2011. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA, la obligación del señor Rector de la UNSAAC, de presentar informe documentado de los gastos efectuados ante la Dirección General de Administración, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones Nros. CU-0101-2007- UNSAAC, R-248-2008-UNSAAC, R-281-2009-UNSAAC y Art. 10 del D.S. Nº 047-2002-PCM, en el plazo de quince (15) días, de haber retornado a esta ciudad, perdiendo dicho derecho al fi nalizar el plazo indicado. Séxto.- DISPONER, que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley Nº 27619. El Vicerrectorado Administrativo y la Dirección General de Administración, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. LAURO ENCISO RODAS Rector (e) 601623-1