Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2011 (22/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de febrero de 2011

De conformidad con !o dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29334 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo N° 0042005-IN, modificado por Decreto Supremo N° 003-2007IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion del MORDAZA SPNP MORDAZA MORDAZA CORIAT MORDAZA, como representante alterno del Ministerio del Interior ante la Comision Nacional de Estudio y Aplicacion del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Director de Derechos Humanos del Estado Mayor General de la Policia Nacional del Peru, como representante alterno del Ministerio del Interior ante la Comision Nacional de Estudio y Aplicacion del Derecho Internacional Humanitario Multisectorial- CONADIH. Registrese, comuniquese y publiquese. E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

F-1, al senor MORDAZA MORDAZA Echecopar Mongilardi, en la Embajada del Peru en el Reino de Espana, con fecha 01 de MORDAZA de 2011. Articulo 2°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

605500-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican tercer parrafo del articulo 33° del Reglamento la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud
DECRETO SUPREMO N° 002-2011-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del articulo 6° de la Ley N° 26790, Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, establecia que el aporte por afiliacion al Seguro Social de Salud de los pensionistas equivale al 4% de la pension, siendo de responsabilidad de la entidad empleadora la retencion, declaracion y pago al IPSS (hoy EsSALUD) dentro de los primeros cinco dias del mes siguiente a aquel en que se devengaron las pensiones afectas; Que, mediante Ley N° 28791 se modifico el literal b) del articulo 6° de la Ley N° 26790, omitiendose la referencia a las pensiones afectas devengadas; Que, no obstante dicha modificacion, en la correspondiente modificacion del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, efectuada mediante Decreto Supremo N° 020-2006-TR, se mantuvo el concepto del devengo como momento de nacimiento de la obligacion de pagar el aporte; Que, en este sentido, resulta necesario adecuar la MORDAZA reglamentaria a los alcances de la Ley N° 28791, a efectos de senalar que el pago del 4% de los afiliados regulares pensionistas debe referirse a las pensiones efectivamente pagadas o puestas a disposicion de los pensionistas, MORDAZA estas de caracter provisional o definitiva; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Sustitucion del tercer parrafo del articulo 33° del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud Sustituyase el tercer parrafo del articulo 33° del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 00997-SA y modificado por Decreto Supremo N° 020-2006TR, por el texto siguiente: "Articulo 33°.- Aportes (...) El aporte de los pensionistas equivale al 4% de la pension. Es de cargo del pensionista, siendo responsabilidad de la entidad empleadora, de la Oficina de Normalizacion Previsional o de la Administradora de Fondos de Pensiones, la afiliacion, retencion, declaracion y pago total a EsSalud, en el mes siguiente a aquel en que se pago o se puso a disposicion las pensiones afectas, MORDAZA estas provisionales o definitivas. (...)" Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo y el Ministro de Economia y Finanzas.

605426-3

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminada designacion de Agregado para Asuntos Culturales en la Embajada del Peru en el Reino de Espana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0154/RE-2011
MORDAZA, 18 de febrero de 2011 VISTAS: La Resolucion Ministerial Nº 0142-2010-RE, que designo en el cargo de confianza de Agregado para Asuntos Culturales, Nivel F-1, al senor MORDAZA MORDAZA Echecopar Mongilardi, en la Embajada del Peru en el Reino de Espana; y, La Resolucion Viceministerial N° 0056-2010-RE, que fijo el 15 de MORDAZA de 2010, como la fecha en que el citado funcionario asumio funciones en la Embajada del Peru en el Reino de Espana; CONSIDERANDO: Que, la designacion consiste en el desempeno de un cargo de responsabilidad directiva o de confianza por decision de la autoridad competente en la misma o diferente entidad; en este ultimo caso se requiere del conocimiento previo de la entidad de origen y del consentimiento del servidor; Que, si el designado es un servidor de MORDAZA, al termino de la designacion reasume funciones en el grupo ocupacional y nivel de MORDAZA que le corresponda en la entidad de origen, y en caso de no pertenecer a la MORDAZA, concluye su relacion con el Estado; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje limite del cual no podra exceder el personal de confianza; y el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y la Resolucion Suprema N° 223-2004-RE, Reglamento para Agregados, Promotores y Consejeros Culturales del Peru en el Exterior; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar termino a la designacion en el cargo de confianza de Agregado para Asuntos Culturales, Nivel

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