Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2011 (22/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de febrero de 2011

del Estatuto Social de la empresa La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros; Que, el Representante Legal de la empresa ha cumplido con acompanar a su solicitud la minuta de modificacion parcial de estatuto social otorgada por La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros, formalizando el acuerdo adoptado por la mencionada junta de accionistas; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Asesoria Juridica y de Seguros; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 14° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y, en uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar en los terminos propuestos la modificacion del articulo MORDAZA primero del Estatuto Social de la empresa La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros; y, devuelvase la minuta que la formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a escritura publica, en la que se insertara el texto de la presente Resolucion, para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones de Gobierno Regional; y en su literal f) senala que el Consejo Regional fija la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente y la dieta de los Consejeros; Que, el Memorandum N° 366-2011-GRC/GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, informa que en la Generica 2.1 Personal y Obligaciones Sociales del Presupuesto Institucional de Apertura 2011, se tiene previsto por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios el monto de S/. 2´589,852.00, dentro del cual se encuentra el MORDAZA del Presidente Regional, el Vicepresidente Regional, asi como las dietas de los Senores Consejeros Regionales; Que, mediante Memorando N° 158-2011 GRC/GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica considera procedente que el Consejo determine los ingresos del Presidente y Vicepresidente Regional en atencion a los parametros establecidos en la Ley N° 28212 y sus modificatorias, fijandose las Dietas de cada Consejero Regional sin superar en total el 30% de los ingresos fijados para el Presidente; ACUERDA: 1. Fijar el monto remunerativo del Presidente Regional equivalente a S/. 14,300.00 (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES). 2. Fijar el monto remunerativo del Vicepresidente Regional equivalente a S/. 12,635.00 (DOCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES). 3. Establecer la dieta de los senores Consejeros Regionales en el treinta por ciento (30%) de la remuneracion total del senor Presidente del Gobierno Regional del Callao. 4. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Fijan montos remunerativos del Presidente Regional y del Vicepresidente Regional, y establecen dietas de Consejeros Regionales
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 000012
Callao, 5 de febrero de 2011 El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en Sesion celebrada el 05 de febrero de 2011, con el MORDAZA aprobatorio por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao. VISTOS: El Memorando N° 158-2011-GRC/GAJ emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; el Memorando N° 366-2011GRC/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y la Ley Organica de Gobiernos Regionales-Ley N° 27867 ; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion, economica y financiera un pliego presupuestal; siendo competentes, entre otros para aprobar su organizacion interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el articulo 192 de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley N° 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional y el articulo 2 de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus leyes modificatorias; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867, en su articulo 15° literal a) senala que es atribucion

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GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban modificacion del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 268-2011-G.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 19 de enero del 2011. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion la Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modificatorias; en Sesion Extraordinaria del Consejo Regional de fecha diecinueve de enero del dos mil once, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia

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