Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2011 (22/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de febrero de 2011

de las fechas de la "1era. Olimpiada Nacional Registral MORDAZA 2011", en atencion a lo solicitado por la Jefatura de la MORDAZA Registral N° V ­ Sede MORDAZA, encargada de la organizacion de la mencionada actividad; Que, por razones organizativas, relacionadas con la correcta difusion y participacion de personal del Sistema Nacional de los Registros Publicos, es necesario que se desarrolle el evento mencionado en fechas distintas a las reprogramadas; Que, en atencion que el objetivo de la 1era. Olimpiada Nacional Registral es la promocion de la MORDAZA de las relaciones laborales y mejora del clima laboral en la SUNARP, es conveniente se otorgue un mayor plazo para la difusion e inscripcion de trabajadores participantes; De conformidad al literal v) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar las fechas de la 1era. Olimpiada Nacional Registral ­ MORDAZA 2011, que se llevara a cabo del 15 al 17 de MORDAZA del 2011; debiendo las Jefaturas de las Zonas Registrales y Gerente General de la Sede Central, disponer las acciones necesarias para la motivacion y participacion de los trabajadores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Superintendente Nacional de Registros Publicos SUNARP

El personero legal ha cumplido con firmar el Plan de Trabajo, presentar el Formato Resumen del Plan de Trabajo y cargarlo en la pagina web del MORDAZA Nacional de Elecciones y presentar la MORDAZA de Registro del Plan de Gobierno, levantandose las observaciones advertidas a este respecto. Con escrito de subsanacion, presentado con fecha 17 de febrero de 2011 por el personero legal de la organizacion politica PARTIDO APRISTA PERUANO se senalo lo siguiente: a) Respecto del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se adjunta el cargo original de la solicitud de licencia sin goce de haber presentada el 9 de febrero del presente ano al Banco de la Nacion y el cargo original de la solicitud de licencia y la renuncia a dietas presentada a ESSALUD el 9 de febrero de 2011; con lo que, se tiene por cumplido el mandato, levantandose la observacion al respecto. b) Respecto del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se adjunta el cargo original de la solicitud de suspension del contrato suscrito con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones bajo la modalidad de contratacion administrativa de servicios; con lo que, se tiene por cumplido el mandato, levantandose la observacion al respecto. c) Respecto de la candidata MORDAZA Beriozka MORDAZA Landaeta, se adjunta MORDAZA de la solicitud de suspension del contrato bajo la modalidad de contratacion administrativa de servicios presentada ante el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Lago Titicaca; con lo que, se tiene por cumplido el mandato. Asimismo, se solicita tomar en cuenta la Declaracion Jurada de MORDAZA de la candidata que se adjunta con la subsanacion, la cual coincide con la obrante en autos y se encuentra correctamente firmada por la candidata, por lo que es procedente dicho pedido. d) Respecto de la candidata Dhioskora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se adjunta MORDAZA de la solicitud de licencia sin goce de haber presentada ante el Ministerio de Justicia con fecha 6 de febrero de 2011 con lo que se tiene por cumplido el mandato levantandose la observacion al respecto. e) Respecto de la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo se adjunta una Declaracion Jurada en la que senala que no labora en el sector publico desde el 31 de enero de 2010 por lo que no percibe ingresos del sector publico, existiendo un error al llenar su Hoja de MORDAZA y el original de la primera hoja de una carta dirigida al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA en la que indica que ha culminado su vinculo contractual con la referida institucion. De acuerdo con lo expuesto y advirtiendose que en la Declaracion Jurada de MORDAZA presentada a este JEE se senala que trabajo hasta diciembre 2010 en el Gobierno Regional de MORDAZA se aprecia una equivocacion manifiesta al registrar en su hoja de MORDAZA que percibe ingresos publicos; por lo que se levantan las observaciones al respecto correspondiendo ordenar a la Direccion de Registros, Estadistica y Desarrollo Tecnologico del JNE a realizar el cambio o consignar como observacion en el punto VIII en la declaracion de patrimonio S/. 00.00 como ingresos obtenidos en el sector publico. f) Respecto de la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se adjunta Declaracion Jurada de la indicada candidata en la que senala que no labora en el sector privado por lo que no percibe ingresos del sector publico, existiendo un error al llenar su Hoja de Vida. En tal sentido, este MORDAZA Electoral considera pertinente tener por levantada la observacion, al desprenderse esta asi como su absolucion de una declaracion jurada con identico valor probatorio y MORDAZA las razones aducidas; por lo que, la Direccion de Registros, Estadistica y Desarrollo Tecnologico del JNE debe realizar el cambio o consignar como observacion en el punto VIII en la declaracion de patrimonio S/. 00.00 como ingresos obtenidos en el sector publico. g) Respecto del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha registrado su Hoja de MORDAZA en el MORDAZA web del MORDAZA Nacional de Elecciones en la lista de candidatos del APRA al Parlamento MORDAZA, con lo cual, se tiene por levantada la observacion advertida. En tal sentido, habiendo cumplido la organizacion politica PARTIDO APRISTA PERUANO con subsanar las observaciones advertidas con la Resolucion Nº 0001-2011JEELC, procede admitir la lista de candidatos presentada,

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ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Admiten y disponen la publicacion de lista de candidatos a representantes ante el Parlamento MORDAZA presentado por el partido politico Partido Aprista Peruano
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DE MORDAZA CENTRO RESOLUCION N° 00002-2011-JEELC
EXPEDIENTE N° 00133-2011-036 MORDAZA MORDAZA, 18 de febrero de dos mil once VISTO la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos de representantes ante el Parlamento MORDAZA, presentada por el partido politico PARTIDO APRISTA PERUANO, con motivo de participar en las Elecciones Generales del ano 2011 y el escrito de subsanacion presentado con fecha 17 de febrero de 2011 por el personero legal de la indicada organizacion politica. CONSIDERANDO Este MORDAZA Electoral Especial JEE es competente para recibir, calificar, publicar e inscribir las listas de candidatos a representantes ante el Parlamento MORDAZA conforme a lo senalado en el articulo 16 de la Resolucion Nº 50042010-JNE. Mediante Resolucion N° 00001-2011-JEELC, de fecha 14 de febrero de 2011, se declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de la Lista de candidatos de representantes ante el Parlamento MORDAZA presentada por la organizacion politica PARTIDO APRISTA PERUANO e inadmisibles las candidaturas de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Beriozka MORDAZA Landaeta, Dhioskora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gallo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pereira.

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