Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2011 (22/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 22 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, el articulo 15º inciso e) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que una de las atribuciones del Consejo Regional es aprobar su Reglamento Interno. Asimismo, el Consejo Regional tiene la atribucion de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, a traves de Ordenanzas Regionales, conforme lo establece el articulo 15º inciso a) , concordante con el articulo 38º de la mencionada MORDAZA legal; Que, el Reglamento Interno aprobado con la ORDENANZA REGIONAL Nº 200-2009-G.R.PASCO/CR, y actualmente vigente, adolece de algunos vacios que es necesario superar, debiendo incluirse algunas precisiones que contribuyan a facilitar el trabajo del Consejo Regional. Cuya MORDAZA Disposicion manifiesta que la modificacion del Reglamento Interno del Consejo Regional solo procede mediante ordenanza regional; Que, mediante el OFICIO Nº 001-2011-VRCM-CDG.R.PASCO/CR el Consejero Regional Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA propone la modificacion del Reglamento Interno del Consejo Regional, acompanando el Proyecto de Ordenanza Regional, y sirva como un instrumento legal para el accionar de los Consejeros Regionales, el cual MORDAZA la competencia del MORDAZA organismo del Gobierno Regional, en el ambito de las atribuciones de sus miembros, la formalidad a la que deben cenirse las Sesiones del Consejo y el Funcionamiento de las Comisiones Ordinarias, como tambien en sus funciones Fiscalizadoras, Normativas y Representativas, todo ello en concordancia a lo establecido en la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, es obligacion del Consejo Regional adecuar su Reglamento Interno a las disposiciones MORDAZA en las Leyes, que establecen normas especificas relacionadas al Consejo Regional y el Ejecutivo del Gobierno Regional Pasco; en tal razon habiendose puesto en consideracion del Consejo Regional la modificacion del Reglamento Interno, que norme los derechos, obligaciones y atribuciones de sus integrantes, en la determinacion de las Sesiones Ordinarias, la tramitacion de las normas regionales y el normal desarrollo de las sesiones, siendo necesario su aprobacion por constituir un documento legal para su proposito; Que, el Consejo Regional en pleno, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio unanime de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar la Modificatoria del Reglamento Interno del Consejo Regional, en la necesidad de contar con un instrumento de gestion adecuado que contenga implicitamente principios, fines y objetivos precisos, que la MORDAZA dinamica, operativa y de gestion moderna; Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesion Extraordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el articulo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Articulo Primero.- APRUEBASE, el texto modificado del "Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco", el mismo que en su Texto integral constituye parte de la presente Ordenanza Regional. Cuyo contenido consta de Un Titulo Preliminar, dos (2) Titulos, ochenta y nueve (89) Articulos y cinco (5) Disposiciones Transitorias y Una Final. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto en todos sus extremos el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco aprobado por la Ordenanza Regional Nº 200 ­ 2009 - G.R.PASCO / CR. Articulo Tercero.- DEROGUENSE las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgacion. En la Provincia de Pasco, a los diecinueve dias del mes de enero del dos mil once. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se Publique, Registre y Cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los diecinueve dias del mes de enero del dos mil once. KLEVER U. MORDAZA MORDAZA Presidente

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Designan Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, para el periodo 2011
ACUERDO Nº 001-2011-G.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 3 de enero de 2011. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias, en Sesion Ordinaria del dia tres de enero del ano dos mil once, por unanimidad ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Articulos 11° y 13° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponen que "El Consejo Regional es el Organo Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas". Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28968, Ley que Modifica la Undecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, de fecha 24 de enero de 2007, establece que: "Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional; lo representa y tramita sus Acuerdos, el cual es elegido por mayoria (...); Que, el articulo unico de la Ley Nº 29053, Ley que Modifica la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modifica el Articulo 13º respecto al Consejo Regional, en los siguientes terminos: "(...) Esta integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reeleccion del Consejero Delegado." Que, el articulo 7º del Reglamento Interno del Consejo Regional, entre sus atribuciones dispone "Elegir al Consejero Delegado." Asi mismo, en el articulo 13° dentro de los derechos funcionales manifiesta: "Asumir la Consejeria Delegada, cuando MORDAZA elegidos"; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9°, 10°, 11°, 15° y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; SE ACUERDA: Primero.- DESIGNAR al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejero Regional por la provincia de Pasco, como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, para el periodo 2011.

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