Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2011 (22/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447031

- Familiar oficial, religioso, estudiante, trabajador, independiente, familiar residente: por un ano renovable. - Inmigrante y rentista: con un plazo de residencia indefinido. Articulo 370º: El visado del pasaporte debe contener: a) Indicacion de la autoridad que la expide; b) Clase de visa y calidad migratoria; c) Vigencia; d) Lugar y fecha; e) Firma del Consul o del funcionario consular autorizado y sello de post-firma; f) MORDAZA efectuada por anotacion marginal que contenga el numero de comunicacion que autoriza la visacion correspondiente, cuando sea el caso; g) Sello redondo oficial de la oficina consular; y h) Sello con la informacion del Registro General de Entradas. Articulo 371º: La visa temporal asi como su prorroga en el MORDAZA, permitiran al titular otros ingresos distintos del inicial, mientras tengan vigencia las mismas. La visa de residente faculta ademas de la residencia en el territorio nacional, las salidas y los reingresos durante el periodo de vigencia de la visa, de acuerdo a las normas establecidas en la Ley de Extranjeria. La visa de residente faculta al ciudadano extranjero gestionar el carne de extranjeria ante la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior y esta sujeta a las disposiciones contempladas en la Ley de Extranjeria. Articulo 372º: Los requisitos generales de una solicitud de visa ante las oficinas consulares del Peru en el exterior son: 1) Pasaporte o documento de viaje vigentes; 2) Pasaje o reserva de ida y vuelta; 3) Pago del derecho correspondiente de acuerdo a la Tarifa de Derechos Consulares; 4) Formulario 5) Dos fotos tamano pasaporte con fondo MORDAZA a colores; 6) Entrevista personal en la que se debera solicitar informacion y contrastarla con la documentacion presentada, Articulo 373º: Los requisitos de una solicitud de visa de turista ante las oficinas consulares del Peru en el exterior, ademas de los requisitos generales, son: 1) Reserva de hotel o paquete turistico que evidencie su calidad de turista; 2) Acreditar solvencia economica que guarde proporcion con el tiempo que soliciten para permanecer en el Peru. Los requisitos de una solicitud de visa de negocios ante las oficinas consulares del Peru en el exterior, ademas de los requisitos generales, son: 1) Carta de solvencia economica de la empresa extranjera o gremio que lo envia al Peru, en la que se precise el objeto de la visita del extranjero y plazo de la misma, y que cuenta con respaldo economico suficiente para sufragar todos los gastos durante su estadia en el pais. 2) Carta de la empresa peruana, cuando el viaje este ligado a una contraparte nacional especifica, senalando el motivo y plazo del mismo, asi como que cuenta con respaldo economico suficiente para sufragar sus gastos. Articulo 374º: La visa de familiar oficial se otorga al extranjero que acredite su condicion de conyuge; hijo menor de 18 anos de edad o mayor de esa edad hasta los 25 anos, siempre que esten siguiendo estudios profesionales u oficio; hijas mayores solteras y padres, dependientes de un ciudadano peruano que retorna al MORDAZA al termino de sus funciones diplomaticas, consulares u oficiales o para cumplir funciones oficiales en el Peru. En ningun caso esta visa podra ser estampada en el pasaporte diplomatico peruano.

El aludido extranjero, al obtener la calidad migratoria de familiar oficial, debera registrarse en el Registro Central de Extranjeria de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, dentro de los 90 dias posteriores a su ingreso al territorio peruano, por conducto de la Direccion de Politica Consular de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores. La visa de familiar oficial esta exenta del pago de los derechos consulares. Los requisitos de una solicitud de visa de familiar oficial ante las oficinas consulares del Peru en el exterior, para el caso de los conyuges, son: 1) Pasaporte o documento de viaje vigentes; 2) Formulario 3) Dos fotos tamano pasaporte con fondo MORDAZA a colores; 4) MORDAZA literal certificada del Acta de matrimonio peruana. Para el caso de los hijos menores de 18 anos, son: 1) Pasaporte o documento de viaje vigentes; 2) Formulario 3) Dos fotos tamano pasaporte con fondo MORDAZA a colores; 4) MORDAZA literal certificada del Acta de nacimiento. Para los hijos mayores de 18 anos hasta los 25 anos, deberan presentar ademas de lo anteriormente senalado: MORDAZA de la entidad competente que acredite estar siguiendo estudios profesionales u oficio. Para el caso de los demas dependientes, son: 1) Pasaporte o documento de viaje vigentes; 2) Formulario 3) Dos fotos tamano pasaporte con fondo MORDAZA a colores; 4) Documentos que evidencien el vinculo familiar. Articulo 375º: Las visas solo pueden ser entregadas a los ciudadanos extranjeros en las oficinas consulares del Peru en su MORDAZA de origen o de su residencia habitual, salvo con autorizacion expresa de la Direccion de Politica Consular de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, por razones excepcionales: Las autorizaciones de visas otorgadas por la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio de Interior podran ser reclamadas por el interesado en la oficina consular peruana en el exterior en un plazo no mayor de 6 meses, luego del cual caducaran. Este plazo se computa desde la fecha de envio del oficio de visa a las oficinas consulares en el exterior. Articulo 376º: Cada Oficina Consular debera registrar en el sistema informatico el otorgamiento, rechazo y/o cancelacion de las visas, sea cual fuere la calidad migratoria. Las Jefaturas de Servicios Consulares deberan registrar en el referido sistema, las visas otorgadas por los Consulados dependientes, a cargo de funcionarios consulares honorarios, cuando fuera del caso. Articulo 377º: La Direccion de Politica Consular de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, de manera excepcional, realiza regularizaciones de visas en el MORDAZA, cuando las mismas no pudieron ser tramitadas oportunamente por el interesado en las oficinas consulares en el exterior. Para ello se aplicara la tasa establecida en la Tarifa de Derechos Consulares, con un recargo del 25%. Para estos efectos, la autoridad migratoria peruana contactara a la mencionada Direccion de Politica Consular de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares a fin de exponer el caso y si la respuesta es afirmativa, debera enviar un oficio (adelantado por via electronica) a la Direccion de Control Migratorio, para autorizar el ingreso del extranjero, quien debera presentarse en la citada Direccion General de Politica Consular el primer dia util luego de su llegada para obtener el visado correspondiente. Para ello, se adjuntara

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