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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2011 (22/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de julio de 2011 447026 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Sectores Mujer y Desarrollo Social en los tres niveles de Gobierno DECRETO SUPREMO Nº 012-2011-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública, obteniendo mayores niveles de efi ciencia y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, señalando que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, es el ente del Poder Ejecutivo que desarrolla el Proceso de Modernización de la Gestión del Estado, precisándose en los artículos 36 y 37 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067- 2007-PCM y modifi catorias, el desarrollo de tal facultad; Que, en marzo del año 2002 mediante la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, se modifi có la estructura del Estado, estableciendo que la Descentralización es una forma de organización democrática y que constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, a cuyo efecto se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Poder Ejecutivo como parte del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, señala que la transferencia de competencias, recursos y funciones de las entidades del Poder Ejecutivo a los Gobiernos Regionales y Locales se realiza de acuerdo con lo dispuesto por las normas de descentralización, precisando la responsabilidad de cada nivel de gobierno en cada materia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 188-2008- PCM se aprobó la Directiva Nº 003-2008-PCM/SGP, que establece los “Lineamientos para la elaboración de la Matriz de Competencias y Funciones y de los Anteproyectos de Ley de Organización y Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas”; Que, la Ley Nº 29597, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; establece las Áreas Programáticas de Acción, competencias y funciones exclusivas y compartidas del Ministerio en el marco del proceso de descentralización; Que, es necesario precisar las competencias, funciones y atribuciones compartidas de los sectores Mujer y Desarrollo Social, en los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, con la fi nalidad de tener una visión integral y poder delimitarlas e identifi car las responsabilidades de cada nivel de Gobierno, evitando así la duplicidad y superposición de funciones, siendo que el Poder Ejecutivo no debe asumir funciones y atribuciones que son asumidas por los otros niveles de gobierno, conforme al Principio de Subsidiaridad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2009- PCM se dictan disposiciones para la aprobación de las Matrices de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas, disponiendo que mediante Decreto Supremo, los referidos Ministerios deberán aprobar sus respectivas matrices de delimitación de competencias y distribución de funciones, tomando en cuenta los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 003-2008-PCM/SGP aprobada por Resolución Ministerial Nº 188-2008-PCM; Que, el artículo 2 del referido Decreto Supremo, señala que para aprobar las Matrices de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones, es necesario la opinión previa favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros, para lo cual se debe cumplir previamente los requisitos establecidos en dicho artículo; Que, en ese sentido el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social presentó una propuesta de matriz, la cual fue analizada y consultada en una primera etapa, realizada en el año 2008, en quince (15) Talleres Regionales con representantes de los Gobiernos Regionales, Secretarías de Gestión Pública y Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y, con la participación de los funcionarios y técnicos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, asimismo en cumplimiento de la normativa vigente, en una segunda etapa, se sometió a consulta la Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones del MIMDES, bajo la conducción de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, efectuándose con fecha 20 de abril de 2011, la consulta intersectorial y, con fecha 24 de junio de 2011, la Mesa de Trabajo Intergubernamental, con la participación de representantes de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Secretaría de Gestión Pública - PCM, Secretaria de Descentralización - PCM y representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, con el informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública y opinión previa de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme establece el Decreto Supremo Nº 049- 2009-PCM, es necesario aprobar la Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Sectores Mujer y Desarrollo Social, en los tres niveles de Gobierno; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29597, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Decreto Supremo Nº 049-2009-PCM, que establece disposiciones para la aprobación de las Matrices de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas; y la Resolución Ministerial Nº 188-2008-PCM que aprobó la Directiva Nº 003-2008- PCM/SGP, el cual dispone los Lineamientos para la elaboración de la Matriz de Competencias y Funciones y de los anteproyectos de Ley de Organización y Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobación de la Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Sectores Mujer y Desarrollo Social, en los tres niveles de Gobierno Apruébase la Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Sectores Mujer y Desarrollo Social en los tres niveles de Gobierno, que como anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo y que consta en el Sector Mujer de tres (03) competencias y once (11) procesos esenciales; y, en el Sector Desarrollo Social, de dos (02) competencias y siete (07) procesos esenciales. Artículo 2°.- Implementación de la Matriz El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, de ser necesario, propondrá formulará y emitirá las normas pertinentes, para la mejor implementación de las funciones establecidas en la Matriz objeto de la presente aprobación, con la fi nalidad de tener una visión integral y articulada con las funciones asignadas a los Gobiernos Regionales y Locales.