Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2011 (22/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2011

Provincial de Pacasmayo ­ San MORDAZA de Lloc, por lo que es necesario rectificar el citado Anexo; Que, asimismo el citado Ministerio mediante Oficio N° 171-2011/VIVIENDA-OGPP informa que en el orden N° 6 del Anexo I del Decreto Supremo N° 119-2011-EF, publicado en su MORDAZA Institucional, por error material se consigno un monto de transferencia por S/. 3 761 012,00 para el proyecto "Mejoramiento, Ampliacion del Sistema de Alcantarillado del Centro Poblado El Tomaque, Provincia de Bagua ­ Amazonas", debiendo corresponder el monto de S/. 3 761 008,00, por lo que resulta necesario rectificar el referido Anexo; Que, en la Reserva de Contingencia existen recursos que permiten financiar la ejecucion de diversos proyectos de inversion de infraestructura MORDAZA y rural que ejecutan los Gobiernos Locales en el MORDAZA del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; por lo que resulta pertinente autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 hasta por la suma de NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 91 534 981,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma de NOVENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 91 534 981,00), para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA y rural, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Gobierno Local y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Infraestructura MORDAZA y Rural" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 2°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Seguimiento y Monitoreo de proyectos El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a traves del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos, es responsable del seguimiento de la ejecucion de los proyectos de inversion comprendidos en la presente transferencia de partidas, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente. Articulo 4°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5º.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los Gobiernos Locales senalados en el Anexo del presente dispositivo, segun corresponda, iniciaran en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles, a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la ejecucion del proyecto a su cargo. Articulo 6°.- Informacion Los Gobiernos Locales habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refiere el articulo 3° del presente Dispositivo. Articulo 7°.- Modificacion del Anexo I del Decreto Supremo Nº 110 - 2011-EF y del Anexo I del Decreto Supremo N° 119 ­ 2011-EF 7.1 Modifiquese el Anexo I del Decreto Supremo Nº 110-2011-EF, en cuanto al codigo de ubigeo y Pliego de destino consignados en los numeros de orden 56 y 57, conforme a lo siguiente:

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administracion General FUNCION 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 91 534 981,00 =========== 91 534 981,00 =========== En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas Gobiernos Locales 1 Recursos Ordinarios 91 534 981,00 =========== 91 534 981,00 ===========

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

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